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Demanda Ejecutivo Mercantil


Enviado por   •  21 de Enero de 2014  •  1.048 Palabras (5 Páginas)  •  432 Visitas

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LUIS ENRIQUE ESCARCEGA AGUILAR.

VS.

EMMA FROITZHEIM MEDINA.

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL.

EXPEDIENTE INICIAL.

Tlalnepantla, Estado de México, abril del 2008.

JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO DE TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEXICO.

LUIS ENRIQUE ESCARCEGA AGUILAR, promoviendo por mi propio derecho y en mi carácter de tenedor y titular del título de crédito que se adjunta, base de la acción, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, el ubicado en los estrados de este H. Juzgado, autorizando en para tal efecto los Licenciados en Derecho OSCAR JAVIER OLVERA GUZMAN y/o JUAN CARLOS RAMIREZ VITAL, con números de cédulas profesionales 3732230 y 4534278, respectivamente, expedidas por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, a quienes igualmente confiero facultades conforme al numeral 1069 del Código de Comercio, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:

En la Vía Ejecutiva Mercantil y en ejercicio de la acción cambiaria directa, vengo a demandar de EMMA FROITZHEIM MEDINA, con domicilio en calle Sirio número 2, fraccionamiento Las Rosas, Tlalnepantla, Estado de México, el cumplimiento de las siguientes:

P R E S T A C I O N E S.

A).- El pago de la cantidad de $120,000.00 (CIENTO VEINTE MIL PESOS 00/100 M. N.), por concepto de suerte principal de un cheque que se exhibe como base de la acción.

B).- El pago del 20% por concepto de indemnización de los daños y perjuicios ocasionados consistente en la cantidad de $24,000.00 (VEINTICUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.), que me deberá cubrir, en términos del ordinal 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

C).- El pago de gastos y costas.

Me fundo en los siguientes:

H E C H O S.

1.- Según se acredita con el CHEQUE de la Institución Bancaria HSBC, que en original se exhibe como documento base de la acción, la señora EMMA FROITZHEIM MEDINA, me lo libro con fecha 15 de febrero del 2008, por la cantidad de $120,000.00 (CIENTO VEINTE MIL PESOS 00/100 M. N.); presentándolo para su cobro el 04 de abril del 2008, mismo que me fue devuelto en virtud de que la cuenta bancaria de EMMA FROITZHEIM MEDINA, NO TIENE FONDOS SUFICIENTES, tal como se justifica al reverso del título de crédito que se adjunta.

2.- En efecto, en términos del ordinal 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, la parte demandada deberá cubrir a mi favor el pago del 20% por concepto de indemnización de los daños y perjuicios ocasionados consistente en la cantidad de $24,000.00 (VEINTICUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.).

3.- En consecuencia de lo anterior, y al no haber obtenido mi pago oportuno, es por lo que se exige su cumplimento en la vía y forma propuesta.

P R U E B A S.

De conformidad con los artículos 1061 fracción III, 1194, 1198, 1238, 1217, 1278 y 1401 del Código de Comercio, oferto las siguientes:

I.- La documental privada consistente en el Título de Crédito “cheque”, instrumento base de la acción, suscrito por EMMA FROITZHEIM MEDINA, de fecha 15 de febrero del 2008, por la cantidad de $120,000.00 (CIENTO VEINTE MIL PESOS 00/100 M. N.), de la Institución Bancaria HSBC, la cual constituye una probanza preconstituida.

II.- La instrumental de actuaciones, en todo lo que favorezca a nuestros

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