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Denominaciones del Término Tratadoю


Enviado por   •  23 de Agosto de 2016  •  Síntesis  •  1.142 Palabras (5 Páginas)  •  195 Visitas

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Denominaciones del Término Tratado

Modus vivendi:

En Derecho Internacional se utiliza para determinar la interinidad con que se regulan las relaciones entre dos Estados sobre determinados asuntos, frecuentemente sobre materia comercial, respecto a los cuales no existe tratado, y en tanto no se lo suscriba. (Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales, Manuel Osorio).

Estatuto:

Régimen de Derecho al cual están sometidas las personas o las cosas en relación con la nacionalidad o el territorio (Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales, Manuel Osorio).

Convenio:

En sentido general, ajuste y concierto entre dos o más personas o entidades. En esta acepción es tanto como convenio, pacto o contrato. También, conveniencia y conformidad. De ahí que con referencia a ciertos usos y costumbres sociales, como el saludo, los regalos, las felicitaciones, se diga que representan un convencionalismo, lo mismo que con relación a aquellas cosas a las cuales se atribuye un valor del que en realidad carecen. (Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales, Manuel Osorio).

Tratado:

En general, convenio o contrato. Más en especial, nombre de las estipulaciones entre dos o más Estados, sobre cualquier materia o acerca de un complejo de cuestiones. (Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales, Manuel Osorio).

Acuerdo internacional:

Se designa con ese nombre, o con el de tratados-acuerdos (para diferenciarlos de los tratados-contratos), el que tiene como finalidad crear, desenvolver o modificar alguna norma positiva en Derecho Internacional, mediante la concurrencia de las voluntades de los diversos Estados que lo adoptan o suscriben o que se adhieren posteriormente. (Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales, Manuel Osorio).

Convención internacional

Acuerdo entre dos o más Estados para resolver y regular la ejecución y desarrollo de sus relaciones sobre materias de interés recíproco, como los convenios o convencionespostules, monetarias, comerciales. Es, en definitiva, un tratado cuya finalidad no es estrictamente política y que requiere menor solemnidad. (Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales, Manuel Osorio).

Carta

Despacho o previsión de un tribunal superior; Constitución escrita de un Estado; en especial, la otorgada por un soberano. (Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales, Manuel Osorio).

Compromiso:

Obligación contraída unilateralmente, como en el ofrecimiento hecho bajo palabra de honor. (Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales, Manuel Osorio).

Concordato Eclesiástico:

Tratado o convenio que sobre asuntos concernientes a la Iglesia católica celebra un Estado con la Santa Sede, y que se refiere a cuestiones que afectan a ambas potestades y regulan las relaciones entre una y otra. Así, pues, el concordato equivale a los tratados internacionales celebrados entre dos Estados. Es lógico que esos pactos o convenios afecten a los Estados católicos, pero no todos ellos han concordado con la Santa Sede. La Argentina figura entre los países no concordatarios, pues todo intento de hacerlo ha provocado fuertes resistencias doctrinales y políticas. (Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales, Manuel Osorio).

Pacto:

Concierto o acuerdo en que dos o más personas o entidades se convienen para una cosa determinada, obligándose a su observancia. En términos generales equivale a contrato, convención o convenio, pero puede también referirse a las condiciones, cláusulas o estipulaciones que integran el contrato. Además, nombre de ciertos tratados internacionales. (Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales, Manuel Osorio).

Acta y actas finales:

Documento escrito en el que se hace constar –por quien en calidad de secretario deba extenderla- la relación de lo acontecido, o acordado en una asamblea, junta, congreso, sesión, o cualquier tipo de reunión (final o de rectificación). Acta. Documento que recoge las intervenciones de los delegados a una conferencia y que obra como constancia de los debates y deliberaciones que en ellas se desarrollan. En sentido propio es el documento que da fe de un hecho determinado. (Los tratados internacionales como fuente de derecho nacional, Elma del Carmen Trejo García).

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