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Derecho Al Desarrollo Integral Y Eficiente

jamie971625 de Octubre de 2012

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DERECHO AL DESARROLLO INTEGRAL Y EFICIENTE

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA

FACULTAD DE INGENIERÍA

ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE INGENIERÍA DE SISTEMAS

MATERIA:

DEFENSA NACIONAL Y DERECHOS HUMANOS

CATEDRÁTICO:

DIAZ LEÓN, HUGO HOLDEN

TEMA:

DERECHO AL DESARROLLO INTEGRALY EFICIENTE

MODALIDAD:

ORDINARIA

TURNO:

ÚNICO

INTEGRANTES:

BALCAZAR RUIZ, SHEYLA YAMALY

BERNAL GUEVARA, LITA (Coordinadora)

ESTELA BLANCO, JOSE ULICES

GUTIERREZ JARA, KATTERINE

LLANOS BARDALES, JAIME

MENDOZA SANCHEZ, MAGALY

TOLEDO CHAVEZ, MIGUEL ÁNGEL

CAJAMARCA, NOVIEMBRE DE 2011

DEDICATORIA

A NUESTRA FAMILIA:

Sin su Ejemplo y Apoyo nunca hubiéramos Llegado a Realizar con éxito esta Investigación y constituir nuestra Formación Profesional.

AGRADECIMIENTO

Agradecemos a cada una de las personas que contribuyeron en nuestra investigación desde el docente hasta los amigos más cercanos.

ÍNDICE

ÍNDICE 5

INTRODUCCIÓN 8

1 OBJETIVOS 11

1.1Objetivos Generales 11

1.2Objetivos Específicos 11

2 METODOLOGIA DE LA INVESTIGACIÓN 11

2.1Método 11

2.2Metodología 122

2.3Técnica 12

3 MARCO TEORICO 13

Capítulo I: REFERENTES TEÓRICOS DEL DERECHO AL DESARROLLO 13

A.Derechos Humanos 13

1.Concepto 13

2.Gregorio Peces-Barba 13

3.José Caston Tobeñas 13

4.Jorge Carpizo 13

5.Actualidad 14

B.Denominaciones 16

C.Fundamento 17

1.Iusnaturalismo 17

2.Fundamentación Axiológica 18

3.Fundamentación Historicista 18

4.Iuspositivismo 18

5.Nuestra Concepción 19

D.Rasgos Distintivos de los Derechos Humanos. 19

1.Carlos Santiago Nino 19

2.Valle Labrada Rubio 20

3.Pedro Nikken 20

E.Clasificación 21

a.Gómez Lara 21

b.Margarita Herrera 22

Capítulo II: DERECHO AL DESARROLLO HUMANO 24

Capítulo III: DERECHO AL DESARROLLO 25

a. Antecedentes 25

b.Concepto 28

c.Contenido 31

1.Derechos civiles y políticos 31

2.Derechos económicos, sociales y culturales 32

3.Derechos de solidaridad 34

d.Derecho del Desarrollo 36

Capítulo IV: INSTRUMENTOS INTERNACIONALES DEL DERECHO AL DESARROLLO 38

1.Carta de las Naciones Unidas de 1945. 38

2.Carta de la Organización de los Estados Americanos de 1948. 39

3.Declaración Universal de Derecho Humanos de 1948. 39

4.Pacto Internacional de Derechos Civiles y políticos. 40

5.La Proclamación de Teherán. 40

6.Declaración sobre el Progreso y el Desarrollo en lo Social. 40

7.Declaración sobre el Derecho al Desarrollo. 41

8.Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo de 1994. 42

9.Conferencia Mundial de Derechos Humanos. Declaración y programa de Acción de Viena. 44

10.Declaración de Copenhague sobre Desarrollo Social de 1995 44

11.Programa de Desarrollo de las Naciones Unidas de 1997. 44

12.El Derecho al Desarrollo en los Instrumentos Internacionales 45

Capítulo V: EL DESARROLLO HUMANO EN LA ACTUALIDAD 46

1.Evolución 46

a.Antecedentes 46

b.Desarrollo Económico 48

c.Desarrollo Social 50

d.Desarrollo Cultural 53

e.Desarrollo Político 55

f.Nuestras Perspectivas 56

2.Análisis comparativo acerca del desarrollo humano 59

a)Cuadro Comparativo ente Perú, África, Asia, Oceanía, Europa, Latinoamérica………………………………………………………………………………………………60

b)Cuadro de índices de desarrollo en el Perú 61

c)Cuadro Comparativo en Sudamérica y junto con noruega 62

d)Cuadro Comparativo entre los Diferentes Tipos de Desarrollo. 63

Capítulo VI: LA IGUALDAD Y TOLERANCIA DEL DERECHO AL DESARROLLO 64

1.Derecho al Desarrollo 64

2.Realización Internacional del Derecho al Desarrollo 67

3.Realización del Derecho al Desarrollo en el Perú. 69

4. ASPECTO REFLEXIVO 70

a. Critica 70

b. Aporte 71

5. CONCLUSIONES 74

6. ANEXOS 76

6.1Índice de Desarrollo Humano (IDH) - Clasificación de 2011 76

6.2Noruega: Indicadores de Desarrollo Humano 77

6.3Perú: Indicadores de Desarrollo Humano 79

7. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS 83

INTRODUCCIÓN

A finales del siglo XX y en este siglo presente se cae en observación de que existe una persistente desigualdad entre cada uno de los niveles de Desarrollo Humano, tanto entre individuos como en naciones, por tanto conlleva a las personas como ser humano a motivarse a la reflexión y obliga ala búsqueda de vías de solución por parte de sí mismo y para sí mismo. El Derecho sin lugar a dudas debe, y puede, encabezar el esfuerzo para resolver los grandes problemas que se presente continuamente en la Humanidad.

Ciertamente el género humano ha avanzado de manera sustancial en la tutela y vigencia de los derechos humanos, cuya época moderna inició con el reconocimiento y respeto de los derechos clásicos a partir del siglo XVIII. en los diversos ordenamientos internos, y que posteriormente, durante el presente siglo, incorporó los derechos económicos, sociales y culturales.

Más recientemente, durante la década de los años sesenta, empezó a conceptualizarse una nueva generación de derechos humanos, para cuya vigencia no bastaba con la simple abstención por parte del Estado, como fue el caso de los derechos clásicos, o del deber estatal de hacer para favorecer la realización de los derechos de determinados sectores de la sociedad, como en el caso de los derechos económicos, sociales y culturales. Se trató entonces de derechos cuyo sujeto activo es la humanidad, como lo son, el derecho al desarrollo, a la paz, a la libre determinación y a un medio ambiente sano, derechos cuya realización precisa no sólo de la acción interna de los Estados, sino también de la cooperación y la solidaridad de la comunidad internacional.

El problema del desarrollo es de una complejidad extrema, toda vez que no únicamente se refiere al aspecto económico, sino que involucra también los ámbitos social, cultural y político, por ello, la ciencia del Derecho tiene la responsabilidad de buscar las mejores alternativas para crear las condiciones que permitan superar gradualmente las enormes desigualdades actuales existentes entre personas y entre países, que ofenden el sentido de la justicia social y vulneran la dignidad humana.

El derecho al desarrollo, como tal, empezó a configurarse durante la década de los años sesenta, en esta época se le consideró como derecho colectivo, un derecho que propendió a la superación de los países subdesarrollados para disminuir las enormes diferencias entre éstos y los países desarrollados, era fundamentalmente un derecho de los países pobres.

Con posterioridad, ya en la década de los años setenta, la doctrina sostuvo de manera persistente que el derecho al desarrollo también podía ser concebido como un derecho del individuo, como el derecho de todo ser humano a vivir mejor. Como la síntesis de todos los derechos humanos.

La Declaración sobre el Derecho al Desarrollo del 4 de diciembre de 1986 lo define como "un derecho humano inalienable en virtud del cual todo ser humano y todos los pueblos están facultados para participar en un desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan realizarse plenamente todos los Derechos Humanos y libertades fundamentales, a contribuir a ese desarrollo y a disfrutar de él."

"El derecho humano al desarrollo implica también la plena realización del derecho de los pueblos a la libre determinación, que incluye, con sujeción a las disposiciones pertinentes de ambos Pactos Internacionales de Derechos Humanos, el ejercicio de su derecho inalienable a la plena soberanía sobre todas sus riquezas y recursos naturales."

Sin embargo, no debemos perder de vista que el mencionado es únicamente un instrumento declarativo. El reto estriba entonces en avanzar hacia su positivización para que gradualmente se pueda alcanzar en todos los países, su vigencia sociológica.

El

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