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Derecho Civil


Enviado por   •  1 de Octubre de 2014  •  1.428 Palabras (6 Páginas)  •  174 Visitas

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CONCEPTO DE CONSTITUCION: La palabra constitucion, tiene un origen latino, y procede del termino COSTITUERE, que significa, establecer algo de forma definitiva. El constitucionalismo, va a ser aquel movimiento ideologico y politico que surge durante el estado liberal, de forma excepcional aparece en la Declaracion de los Derechos en el Art. 16. de 1789. EN este momento la constitucion tiene como finalidad, garantizar la libertad del individuo, limitando la actuacion del poder publico. Va a ser en America donde surge el concepto de constitucion como norma suprema, concretamente en EEUU. En el resto de etados la constitucion era una ley mas.

Importante hay que conocer la sentencia SENT MARBURY VS MADISON AÑO 1803 el juez Marshall es quien la dicta. Este juez fue quien dijo por primera vez que la constitucion es una norma superior a todas las demas. La constitucion se llama tambien Norma normalum.

Es superior al resto, se elabora y se reforma de forma distinta al resto de normas y porque va a ser el limite para controlar al resto de normas. Como consecuencia de esta ultima idea surge “La Justicia Constitucional” la necesidad de que un tribunal especifico controle la constitucionalidad de las normas. En el caso de España, la justicia constitucional esta representada en el Tribunal Constitucional. Es el unico tribunal que puede expulsar cualquier ley, por ser inconstitucional. En EEUU, eso no pasa, cualquier juez puede expulsar una ley por ser inconstitucional.

Hoy en dia CUAL ES EL SIGNIFICADO ACTUAL DE LA CONSTITUCION?

A dia de hoy, se considera como una norma abierta e inacabada, porque es sucesptible, de las diferentes demandas sociales y se tiene que adaptar a ellas.

Esta constitucion tiene una funcion ideologica, que es el establecimiento de un sistema democratico. Una funcion organizativa, la constitucion es la base de organizacion del poder politico. Una funcion transformadora del sistema, porque la constitucion sirvio para consolidar un nuevo sistema, el democratico frente al anterior que en nuestro caso era el autoritario.

Toda esta idea de norma suprema abierta a la demanda social, queda plasmada tambien en la Sentencia del Tribunal STC 9/1981 del 31 de marzo. Hasta que no sale esta sentencia, en España no se reconoce la fuerza suprema de la Constitucion.

Vamos a ver cual es su posicion en el sistema de fuentes (piramide). Es la norma suprema, cualquier norma que vaya contra ella. Su supremacia tiene limites frente los Tratados Internacionales, estos son Infraconstitucionales, es decir estan por debajo de la Constitucion Art. 95. Por ejemplo: Se negocia un tratado internacional, si algo de ese tratado va en contra de la constitucion, previamente hay que reformar la constitucion o no se firma el tratado internacional.

El Derecho de la Union Europea Art.93 de la Constitucion, este articulo dice, que nuestro estado puede ceder a otra organizacion el poder. En este caso a la Union Europea.

2.El poder constituyente: 26-9-14

Hace referencia a quienes elaboran la constitucion, en definitiva, se trata de un poder originario, creador de un orden nuevo y no se basa en ninguna norma anterior. Es por tanto un poder de caracter prejuridico, que se corresponde una colectividad identificada con la nacion o el pueblo, es decir con quien tiene la soberania.

Frente al poder constituyente, existe el poder constituido, que es el poder que deriva de la constitucion y que esta limitado por ella.

Por ultimo, existe un poder constituyente-constituido. El poder de reforma, es un poder constituynte-constituido. En la propia constitucion, pone como se puede reformar esta.

Las constituciones, tradicionalmente se dice que tenian dos partes, una DOGMATICA y otra parte ORGANICA. Se decia que la parte DOGMATICA, era la que se referia a los derechos y libertades. La ORGANICA, es la que se refiere a las instituciones gubernamentales y la estructura del poder politico.

Que otras partes fijas tiene la constitucion, un PREAMBULO, es aquella parte mediante la que se promulga la constitucion y en la que se estabece quien es el titular del poder constituyente. El TITULO PREELIMINAR, se dedica a los principios fundamentales del ordenamiento juridico. Luego hay otra parte, que es El DERECHO TRANSITORIO, son aquellas normas que sirven para acomodar las situaciones juridicas previas a las nuevas normas.

El Preambulo, no tiene eficacia juridica. La constitucion esta dividida en Titulos y estos en capitulos.

La interpretacion constitucional: Es la labor de un juez, interpreta conforme a la constitucion

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