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Derecho Civil


Enviado por   •  20 de Septiembre de 2014  •  2.635 Palabras (11 Páginas)  •  188 Visitas

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2.1 Las Fuentes del Derecho

Es una voluntad humana que tiende a dictar nuevo Derecho. En un sentido técnico preciso, la expresión sólo se emplea cuando lo que hace nacer es derecho objetivo, a diferencia del Derecho en sentido subjetivo. La expresión “fuentes de derecho”, de acuerdo con un criterio casi unánime, el origen de Derecho positivo, no es uno, sino varios. Este error consiste en clasificar como fuente lo que realmente no lo es, tiene en su origen la consideración de la ley, de la costumbre, de los principios generales del Derecho.

Clasificación de las fuentes de Derecho

Las fuentes de Derecho se clasifican en materiales y formales.

Materiales: son de naturaleza metajurìdica y radican principalmente en la esfera sociológica. Son ciertos datos ideales (incitaciones y pensamiento) o social-vitales que, para convertirse en preceptos jurídicos, necesitan recorrer un camino que es, el de las fuentes formales.

Formales: radican en el ámbito propiamente normativo y son las formas de manifestarse la voluntad creadora de Derecho, en tanto mediante dichas formas existe el fundamento de la validez jurídica de una norma.

La Fuentes del Derecho Positivo Mexicano

Son aquellas que están expresamente señaladas y reconocidas por el legislador. La ley, los principios generales del Derecho, la costumbre y los usos, la equidad y la jurisprudencia.

La Ley: es la expresión o el resultado de la voluntad mayoritaria de las Cámaras legislativas, o de un órgano de poder centralizado en una persona o en un organismo integrado por un corto número de personas, respecto a la ordenación de la conducta humana o a la constitución de órganos o instituciones necesarias para el desenvolvimiento de la vida, individual y social.

Los Principios Generales del Derecho: son fuentes de todas las ramas de Derecho con excepción del derecho penal. En su calidad de fuentes de Derecho positivo ocupan en orden a su jerarquía un lugar preeminente, después del que le corresponde a la ley, siendo estimado por la generalidad de los legisladores como fuente no solo directa, sino imprescindible en Derecho.

La costumbre: lo es del derecho civil, del mercantil, agrario, administrativo (aunque muy limitadamente) pero no del procesal, ni del penal. Es la norma de conducta creada en forma espontánea por una colectividad o grupo social y aceptada voluntariamente por los individuos que la constituyen como rectora de determinadas relaciones.

La equidad: solo tiene este carácter en relación con el Derecho laboral (material)

La jurisprudencia: tiene naturaleza exclusivamente interpretativa de las normas jurídicas, sin que mediante ellas puedan crearse otra clase de normas. Es el criterio de interpretación judicial de las normas jurídicas de un Estado, que prevalece en las resoluciones del Tribunal Supremo o de varios Tribunales Superiores. 2

2.1 Las Fuentes del Derecho

En la terminología jurídica tiene la palabra fuentes tres acepciones que es necesario distinguir. Se habla, en efecto, de fuentes formales, reales e históricas. Cada fuente formal esta constituida por diversas etapas que se suceden en cierto orden y deben realizar determinados supuestos.

Las fuentes formales del Derecho son:

-La Legislación: es el proceso por el cual uno o varios órganos del Estado formulan y promulgan determinadas reglas jurídicas de observancia general, a las que se da el nombre específico de leyes.

-Costumbre: es un uso implantado en una colectividad y considerando por ésta como jurídicamente obligatorio; es el derecho nacido consuetudinariamente.

-Jurisprudencia: posee dos acepciones distintas. En una de ellas equivale a ciencia del derecho o teoría del orden jurídico positivo. En la otra, sirve para designar al conjunto de principios y doctrinas contenidas en las decisiones de los tribunales.

-La Doctrina: son los estudios de carácter científico que los juristas realizan acerca del derecho, ya sea con el propósito puramente teórico de sistematización de sus preceptos, ya con la finalidad de interpretar sus normas y señalar las reglas de su aplicación.

Fuente formal: son los procesos de creación de las normas jurídicas.

Fuentes reales: son los factores y elementos que determinan el contenido de tales normas.

Fuente histórica: aplíquese a los documentos (inscripciones, papiros, libros, etc.), que encierran el texto de una ley o conjunto de leyes. 3

2.1 Las Fuentes del Derecho

Las fuentes formales del derecho: Son formas externas o procesos de manifestación. Por consiguiente debe de haber alguna forma de verificarlas externamente. Esto no ofrece ningún problema tratándose de la legislación, la jurisprudencia o de la doctrina, pero puede ser un trabajo laborioso de las costumbres jurídicas.

La costumbre como fuente formal del derecho: Es la más antigua fuente formal del derecho. Es un uso existente en un grupo social, que expresa un sentimiento jurídico de los individuos que componen dicho grupo.

La legislación: Es el proceso por el uno o varios órganos del estado formulan y promulgan determinadas reglas jurídicas de observancia general, a las que se da el nombre especifico de leyes.

La jurisprudencia: Se extendió en el sentido al de la ciencia del Derecho en cuanto criterio de aplicación del Derecho por los tribunales.

Jurisprudencia es la labor de los tribunales.

Designa la labor de determinados tribunales en cuanto que el sentido de sus sentencias es obligatorio para los tribunales que les son inferiores.

En los sistemas de Derecho consuetudinario, la Jurisprudencia tiene, al lado de las costumbres jurídicas, el lugar de fuente primaria de Derecho.

La doctrina: Es una forma de transmisión de las fuentes materiales que influye en todas las fuentes formales. 4

2.1 Las Fuentes del Derecho

Fuentes Formales: Son aquellos procedimientos o medios que sirven para concretar la norma jurídica y señalar su fuerza obligatoria.

Las fuentes formales se clasifican:

La Ley: es la fuente del Derecho en virtud de que al elaborarse una norma jurídica se consultan todas aquellas que ya existen.

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