Derecho Comercial
FioGui21 de Agosto de 2014
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Objeción de Conciencia
Según la constitución Gaudium et spes, la conciencia juega un papel decisivo en la vida moral: “En lo más profundo de su conciencia descubre el hombre la existencia de una ley que él no se dicta a sí mismo, pero a la cual debe obedecer, y cuya voz resuena, cuando es necesario, en los oídos de su corazón, advirtiéndole que debe amar y practicar el bien y que debe evitar el mal: haz esto, evita aquello. Porque el hombre tiene una ley escrita por Dios en su corazón, en cuya obediencia consiste la dignidad humana y por la cual será juzgado personalmente. La conciencia es el núcleo mas secreto y el sagrario del hombre, en el que este se siente a solas con Dios, cuya voz resuena en el recinto mas intimo de aquella. Es la conciencia la que de modo admirable da a conocer esa ley cuyo cumplimiento consiste en el amor de Dios y del prójimo”.
Pues bien, cuando el creyente se siente en el deber de cumplir otra ley que se opone a esa ley “que él no se dicta a sí mismo” y juzga que dicha ley no está de acuerdo con esa voz que le dice: “practica el bien y evita el mal”, el creyente reclama para sí la exclusión de su cumplimiento, apelando a su conciencia: es la objeción de conciencia.
La objeción de conciencia se reclama hoy en tres ámbitos distintos:
1. Objeción de conciencia al servicio armado: es la de quienes, por convicciones pacificas, se niegan a tomar parte en el ejército o en otras acciones relacionadas con la guerra.
2. Objeción de conciencia por motivos sanitarios: responde al hecho de que no pocos agentes de la medicina, por motivos de conciencia, rehúsan colaborar en operaciones que, o bien mutúan a la persona (diversos modos de esterilización) o provocan su muerte, como son los casos relacionados directa o indirectamente con el aborto, la eutanasia y otros supuestos relacionados con la bioética, por ejemplo, encargarse de manipular los embriones crio preservados.
3. Objeción de conciencia fiscal: mas discutida es la llamada “objeción fiscal”, mediante esta actitud se pretende apelar a la conciencia para eximirse del pago de impuestos como protesta contra los excesivos gastos del Estado en la fabricación, venta y uso de armas bélicas o la dedicación del presupuesto nacional a prácticas medicas contrarias a la moral católica, pues lesionan gravemente la vida humana: son todas las que justifican la objeción de conciencia en temas médicos del apartado anterior.
Las dificultades técnicas de la objeción de conciencia fiscal son muchas y algunas no fácilmente superables. No obstante, estas actitudes, si están justificadas, reciben también una legitimidad ética, si bien son más
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