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Derecho Del Trabajo

2 de Mayo de 2014

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UNIDAD N º I

EL TRABAJO Y EL DERECHO DEL TRABAJO

PRIMERA PARTE:

EL TRABAJO :

Concepto

“ Es toda actividad lícita a favor de quien tiene la facultad de dirigirla mediante una remuneración”

Existe entre las prtes una relación de intercambio

art 4 de la LCT “ Constituye trabajo a los fines de esta ley , toda actividad lícita que se preste a favor de quien tiene la facultad de dirigirla , mediante una remuneración . El contrato de trabajo tiene como principal objeto la actividad productiva y creadora del hombre en sí. Sólo después ha de entenderse que media entre las partes una relación de intercambio y un fin económico en cuanto se disciplina por esta ley”

Nociones Generales :

La LCT no regula todo tipo de trabajo, quedan fuera de su alcance el trabajo benévolo , el familiar y el trabajo autónomo , es decir, no se ocupa de todo el trabajo humano sino sólo aquellos trabajos en relación de dependencia

Trabajo benévolo: es aquel que se presta en forma desinteresada sin buscar el beneficio propio. Por ej: el trabajo realizado en una parroquia.

Trabajo familiar: el trabajo de los cónyuge respecto a sus hijos que esta bajo su patria potestad, tampoco puede celebrar contrato entre esposo, no puede existir contrato de trabajo entre padre e hijos siendo este menor de edad.

Trabajo autónomo: es retribuido pero no incluye la nota típica (es una subordinación jurídica donde la ley establece derecho al empleador que depende del estado) de la dependencia por que trabaja por su cuenta y riesgos. Su característica esencial es que no trabaja sometida a una organización ajena sino que lo hace en su propia organización o trabaja solo y puede ganar mucho, poco, o nada no esta protegido por la LCT ni por ninguna otra norma de tipo laboral.

Diversos aspectos :

- social : significa dar y hacer aportes a la comunidad , otorga un cierto status dentro de una comunidad.

- Económico : porque da la posibilidad de obtener una compensación económica , constituye uno de los factores de producción .

- Humano: satisface sus necesidades y las del grupo familiar.

- Normativo : influye en las normas, en especial cuando hay un trabajador y un empleador , es decir una relación de dependencia .

Clases :

1. Trabajo autónomo : trabaja a cuenta propia sin someterse a organización ajena

es retribuido pero no incluye la nota típica (es una subordinación jurídica donde la ley establece derecho al empleador que depende del estado) de la dependencia por que trabaja por su cuenta y riesgos. Su característica esencial es que no trabaja sometida a una organización ajena sino que lo hace en su propia organización o trabaja solo y puede ganar mucho, poco, o nada no esta protegido por la LCT ni por ninguna otra norma de tipo laboral. A Cuenta propia.

2. Trabajo dependiente: tarea o actividad que realiza una persona a favor de otra , llamado empleador , dentro de los límites del contrato de trabajo .

Es aquel que presta su actividad personal a cambio de una remuneración, en relación de dependencia o subordinación respecto de otro empleador (persona física o empresa) que requiere de sus servicios.

El trabajador dependiente se caracteriza por:

 Ser una persona física

 Trabajar en una organización ajena, sometido alas directivas o instrucciones que se les impartes

 Trabajar bajo el riesgo de otro, que recibe la tarea y la dirige no asume riesgo económicos

 Estar protegido por la constitución y la legislación de fondo.

La dependencia es solo una forma de relación jurídica.

La subordinación es el determinante para establecer si existe trabajo dependientes como y en que condiciones se la efectúa esta se da en un triple sentido:

 Jurídico: surge del contrato e trabajo en sí, es el marco jurídico

 Técnico: directivas del empleador para el desarrollo de la actividad

 Económico: el trabajador pone su fuerza de trabajo a disposición del empleador a cambio de una remuneración , no recibe el producto de su trabajo ni comparte el riesgo empresario .

1) Trabajo público : en la relación laboral aparece como una de las partes el estado en la figura del empleador ( nación, provincia o municipio) . Está fuera de la órbita del derecho de trabajo . Se rige por el Estatuto de los trabajadores público .

2) Trabajo privado : en la relación laboral contratan dos particulares , sin la intervención del estado , es este tipo de relación la que protege el derecho de trabajo

Política social :

Noción :

Puede definirse ésta como el arte de "solucionar las deficien¬cias sociales". Debe fundarse en una ciencia que permita apreciar, a través de los distintos indica¬dores, el grado de desarrollo o subdesarrollo de una comunidad.

Como toda política, opera o actúa teniendo en cuenta:

a) un objetivo (en el caso, la desaparición o reducción de las dife¬rencias que marginan a algunos -personas y grupos-, impidiéndole el acceso a los bienes sociales, culturales, económicos);

b) una realidad de la cual "se parte",

c) medios disponibles que deben ser utilizados en forma coherente, estableciendo los cursos de acción y su ritmo, a fin de alcanzar aquel logro en un plazo y costo determinados.

Objeto :

la política social que persigue un aumento de los bie¬nes y servicios que se ponen a disposición de la comunidad tiene en cuenta este hecho, que es funda¬mental para lograr la erradicación de la pobreza o la mejora de los niveles de vida, y también el de facilitar su distribución.

Por lo tanto, su objetivo no se satisface con sólo conseguir "más"; exige al mismo tiempo que la mayor cantidad posible de miembros de la comunidad acceda a ellos, a fin de satisfacer más y mejor sus indigencias.

Finalidad :

se logra mediante la promoción del desarrollo social. No sólo atiende a lo económico; com¬prende también un proceso de cambio de mentalidad, de condi¬ciones de vida, hacia otras que se consideran preferibles por quienes integran la sociedad y deben ser a la vez protagonistas y beneficiarios de él.

Su contenido, por tanto, es vasto y variable. Trata de asegu¬rar por una parte:

a) una renta suficiente para los asalariados, autónomos, para hacer frente a sus necesidades reales o eventuales, personales y familiares;

b) prevenir los riesgos profesionales

c) promoción -a largo plazo- de un alto nivel de relacio¬nes industriales, mediante la creación de organismos paritarios de colaboración y hasta de cogestión a nivel de la empresa y de la comunidad nacional

d) asegurar a la familia el cumplimiento de su función de célula de la sociedad y

e) creación de nue¬vas estructuras sociales que faciliten el desarrollo del hombre a través de la creación de un clima apropiado

En el desarrollo histórico pueden anotarse algunos "cam¬pos", propios de la política social, en que se han desplegado determinadas técnicas para lograr sus objetivos:

a) ASISTENCIAL Trata de encarar situaciones carenciales; a tal efecto presta una ayuda que permita acceder al goce del bien o servicio necesario. Sin embargo, no siempre persigue la capacitación del "indigente" para que por sus medios logre la solución de su problema. Se mantiene en el nivel de la ayuda más que en el de la promoción.

b) DEFENSA. En muchos casos, la situación de deficiencia se debe a una falta de capacidad para lograr un cierto equilibrio en la relación de cambio, por lo cual una de las partes abusa de su situación. A este fin, la política social utiliza determinados mecanismos para asegurar -mediante la defensa del más débil-el libre juego de la justicia conmutativa: que ni una ni otra par¬te, como consecuencia del intercambio, pueda enriquecerse a expensas de la otra. Esa, precisamente, es la función que ha cumplido el derecho del trabajo, que tiende a garantizar a los hombres y grupos el ejercicio de sus derechos.

c) PROTECCIÓN. Frente a situaciones de desigualdad que se presentan a causa de la convivencia, en algunas etapas de la vida se produce más de lo que se consume o viceversa. Por lo tanto, para evitar situaciones que puedan suscitarse como consecuencia lógica del ciclo de la vida y sus alternativas -enfermedades, etc.-, se requiere que quienes se hallen en la plenitud y madu¬rez, ahorren a fin de prever lo que ocurrirá en su vejez y en las situaciones de desgracia, en las que la falta de ingresos provoca consecuencias no sólo de orden económico, sino también social y moral.

Formación del derecho del trabajo

En la historia del trabajo humano cabe distinguir dos épocas claramente diferenciables cuyo punto de inflexión esta dado por el surgimiento del movimiento social y económica denomina“ revolución industrial” .

Etapas:

 Preindustrial, abarca desde las prestaciones rudimentarias de la roma clásica hasta la aparición de los primeros emprendimiento industriales en el siglo XVIII.

 Industrial, se incluye todas las formas de prestaciones laborales que han aparecido durante la revolución industrial.

 Pos industrial, es la época actual en la que vivimos.

En la republica Argentina la legislación del trabajo hizo su aparición como en casi todos los ordenamientos con medidas

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