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Derecho Individual Del Trabajo

jalonvs13 de Febrero de 2014

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1. Con sus propias palabras defina el Derecho del Trabajo, estableciendo el tipo de trabajos que regula, sus fundamentos, fines y características.

Podemos definir el Derecho del Trabajo, como el conjunto de principios, normas y leyes que regulan las relaciones entre empleadores y colaboradores de tal manera que se dignifique el esfuerzo físico o intelectual de las personas mediante un trajo justo y una remuneración adecuada que permita al colaborador las condiciones adecuadas para el desarrollo de las actividades.

El Derecho del Trabajo no regula toda actividad útil que persiga satisfacer las necesidades humanas, ya que no siempre el trabajo da lugar a relaciones jurídicas, por lo que sólo regula el trabajo en el cual el subordinado realiza la actividad de forma voluntaria y es retribuido por dicha acción.

El fundamento del Derecho del Trabajo, se encuentra en la necesidad de superar las condiciones de explotación en que se desarrolló históricamente el trabajo por cuenta ajena y en el esfuerzo de sus protagonista del trabajo, y a la participación de políticos y pensadores progresistas, que han hecho posible el reconocimiento de instituciones, como la libertad sindical, negociación colectiva, huelga y participación en la empresa a favor de los trabajadores.

En el mercado del trabajo se encuentran empleadores y trabajadores el fin de intercambiar prestaciones es compensar la desigualdad económica.

Una síntesis de sus características serían su particular dinamismo, sus contradicciones internas y su universalismo. Se trata de un ordenamiento inestable, sometido a constante evolución como consecuencia de los cambios tecnológicos, los conflictos ideológicos y por la presión que ejerce sobre él la política económica.

2. Enumere y explique las características del Derecho del Trabajo, así como los problemas que actualmente confronta.

Las características del Derecho del Trabajo son:

a) Regular las relaciones que surgen del trabajo por cuenta ajena, subordinado y dependiente.

b) Es un derecho eminentemente protector del trabajo, porque tiende a compensar la desigualdad económica en que se halla frente al empleador.

c) Es un derecho cuya fuerza expansiva se ha puesto de manifiesto a través del tiempo. Inicialmente protegió al obrero industrial, posteriormente a los que realizaban actividades comerciales actualmente a ampliado su protección a relaciones laborales en la que la subordinación o dependencia no es muy nítida.

d) Sus normas son de orden público y por tanto, forzosas, imperativas e irrenunciables, porque establecen derechos mínimos que solamente pueden ser superados por acuerdo de ambas partes.

e) Es un derecho nuevo por encontrarse aún en formación.

f) Es un derecho inconcluso que está en plena evolución, cuya misión es lograr que los contenidos mínimos que protege “crezcan continuamente y en la proporción que determinen los cambios sociales económicos, la necesidad de los trabajadores y las posibilidades de la empresa.”

g) Responde a un propósito específico de justicia social, que lleva implícito el concepto de respeto a la persona humana.

h) Se trata de un ordenamiento inestable, sometido a constante evolución como consecuencia de los cambios tecnológicos, los conflictos ideológicos y por la presión que ejerce sobre el la política económica.

Problemas actuales del Derecho del Trabajo:

Las grandes transformaciones tecnológicas y productivas, la globalización económica ejercen influencia significativa en las relaciones de trabajo, las empresas entornos cada vez más agiles y tecnificados, creando la sub contratación y redimensionando las planillas dando como consecuencia el crecimiento del desempleo.

Las reducciones de actividades de las empresas, cierres temporales, quiebres o abandono de los propietarios lo que origina muchas veces la imposibilidad de cumplir las obligaciones con los empleados y pagar las deudas contraídas con el estado por lo que se recurre a los mercados externos disminuyendo la demanda interna.

La flexibilidad y afán de cubrir la desocupación laborar origina la creación de puestos de trabajo que suelen generar más desempleo y precarizar el mercado laboral.

Otro de los problemas es la “migración” de grupos de trabajadores identificados como subordinados que ahora se han trasladado a la categoría de independientes y por lo tanto su labor se regula por las normas del Derecho Civil o Comercial.

3. En su opinión cuales serían las partes del Derecho del Trabajo.

Se pueden agrupar las partes del Derecho del Trabajo en dos grupos:

a) Derecho Individual del Trabajo y Derecho Colectivo del Trabajo:

El primero comprende las normas sobre la relación individual del trabajo y sobre el contrato que la origina, la regulación de las condiciones mínimas de trabajo y la extinción del vínculo laboral.

El Derecho Colectivo del Trabajo por su parte abarca las normas sobre organización y acción de las representaciones profesionales, es decir el derecho a la organización sindical, la negación colectiva y el derecho de huelga.

b) Derecho Procesal del Trabajo y Derecho de la Administración Laboral:

Tanto el Derecho Procesal del Trabajo como las normas especiales sobre la Administración del Trabajo y sobre los procedimientos administrativos laborales forman parte tradicional del Derecho del Trabajo como un sector de ordenamiento que integra toda la regulación adjetiva y de refuerzo de cumplimiento referente al trabajo asalariado y a las relaciones colectivas del trabajo.

4. Defina lo que entiende por fuentes del Derecho del Trabajo y diga cuál es la clasificación que le parece más acertada.

Las fuentes del Derecho del Trabajo son los hechos y los actos de los cuales se originan normas que otorgan facultades o imponen obligaciones a los miembros de la sociedad.

En cuanto a su clasificación podemos decir que se distinguen dos clases de fuentes:

a) Fuentes en sentido propio, que son los órganos o poderes sociales que tienen la facultad de crear, modificar o suprimir actos normativos.

b) Fuentes en sentido traslativo, que son los medios o formas que adquieren los actos normativos para expresar la facultad normativa de los órganos de los poderes sociales.

5. Haga un resumen de las fuentes del Derecho del Trabajo

Las principales fuentes del Derecho del Trabajo son:

a) Constitución Política del Estado

Es la Ley Fundamental que rige en todo Estado de Derecho. La denominación de fundamental se debe a dos hechos concretos: Porque consagra los principios básicos de la organización del Estado; y porque todas las normas jurídicas deben subordinarse a ella.

En nuestro país fue la Constitución Política de 1979 la que consolida el proceso de constitucionalización de los Derechos Laborales.

Las disposiciones referidas al Derecho Laboral, en la Constitución del Estado, podemos agruparlas en cuatro bloques:

• Concepción del Trabajo.- Artículo 22° y 23°, concibe al trabajo como deber y derecho, base del bienestar social y un medio de realización de la persona y objeto de atención prioritaria.

• Derechos individuales.- Artículos 24°, 25°, 27° y 28°, referidos a la cuantía de las remuneraciones, jornada de trabajo, descansos, duración de la relación laboral y participación en la empresa.

• Derechos Colectivos.- Contenidos en el artículo 28°, reúne los tres derechos fundamentales de los trabajadores: Libertad Sindical, Derecho a la Negociación Colectiva y el Derecho a la Huelga.

• Principios Laborales.- Contenidos en el artículo 26° de la Constitución siendo: igualdad de oportunidades sin discriminación, carácter irrenunciable de los derechos reconocidos por la constitución y la ley, interpretación favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de una norma.

b) Los Tratados

Dentro del concepto de tratados se incluye, no solamente los acuerdos a que pueden llegar determinados Estados, regulando sus relaciones en el nivel internacional, sino también las Declaraciones Universales de algunos organismos internacionales, como la Organización de Estados Americanos (OEA) o la Organización de las Naciones Unidas (ONU), además de los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

En los Tratados Internacionales genéricos de ámbito mundial, se hace referencia expresa a los Derechos Laborales, tal como ocurre con los siguientes documentos:

Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948, ratificada por el Perú por Resolución Legislativa N° 13282, de 15 de diciembre de 1959) que dedica el artículo 23.1 a los derechos derivados de las relaciones de trabajo: Derecho al trabajo y a la libre elección del trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo, a la protección contra el desempleo, a igual salario por trabajo igual, a una remuneración equitativa y satisfactoria que asegure al trabajador y a su familia una existencia conforme a la dignidad humana.

Los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos (1966), ratificado por nuestro País, por Decreto Ley N° 22128 del 28 de marzo de 1978, contiene derechos laborales referidos a la prohibición de discriminación, el derecho de reunión pacifica, el derecho de libre asociación y en particular el derecho a fundar sindicatos y afiliarse a ellos para

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