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Derecho Internacional Publico


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2013  •  9.874 Palabras (40 Páginas)  •  336 Visitas

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Apuntes de Derecho Internacional Público.

Para determinar el origen del Derecho Internacional Público existen dos teorías: 1.- La Ptolemaica (Desde la antigüedad). 2.- La Copérnica (Aparición de los Estados Modernos, “Tratados de Westfalia”.

El fundador y padre del Derechos Internacional Público es el español Francisco de Vittoria; Hugo Grocio es cofundador del D.I.P.

Los sujetos del D.I.P. como titulares de derechos y obligaciones internacionales son: 1.- Los Estados y 2.- Las organizaciones internacionales.

Hay receptores de algunas normas internacionales como los pueblos y los individuos.

Los Estados se reúnen y dan vida a las organizaciones internacionales.

Los Estados como sujetos del Derecho Internacional se encuentran supeditados al reconocimiento internacional, a pesar de que no toda la doctrina está de acuerdo en que el Estado empieza a existir con el reconocimiento.

El reconocimiento puede ser: 1.- Declarativo, y 2.- Constitutivo.

El Estado como sujeto de D.I. puede terminar su existencia como unidad soberana en los siguientes casos: 1.- Se forma una unión real, que es cuando dos o mas Estados deciden disolverse jurídica y políticamente para formar un nuevo Estado, como ocurrió con Egipto y Siria que decidieron formar la Republica Árabe Unida, después se disolvió ésta y Egipto y Siria regresaron a su vida independiente.

2.- Se forma una unión personal, procede cuando dos o mas Estados tienen como cabeza de gobierno a una misma persona sin que estos pierdan su propia identidad ejemplo; Andorra, Francia, Dinamarca, Noruega e Islandia.

3.- Se produce la sucesión de Estados, es cuando una Nación se extingue jurídica y políticamente para dar paso a un nuevo Estado, ejemplo; la Unión Soviética desapareció y se forma CEL (Comunidad de Estados Independientes) y luego se convirtió en la Federación Rusa.

Los Estado como sujetos del Derecho Internacional tienen los siguientes Derechos:

1.- Que se respete su integridad territorial.

2.- Que se respete su independencia política.

3.- Que se respete su derecho al libre uso de sus recursos naturales.

4.- A formar parte de las organizaciones internacionales, sean universales o regionales.

Obligaciones:

1.- Respetar la autodeterminación de los pueblos.

2.- No intervenir en guerras de agresión.

3.- Cumplir de buena fe los tratados internacionales que hayan firmado y ratificado.

4.- Cumplir con las resoluciones de las organizaciones internacionales de las que formen

parte.

5.- Coadyuvar con las tareas y gastos de las organizaciones internacionales.

6.- Respetar los derechos humanos de sus gobernados y de todos los habitantes en su

territorio.

Las organizaciones internacionales son plenos sujetos de Derecho Internacional y en ello a trabajado la Corte Internacional de Justicia, sobre todo para clarificar los Derechos y Obligaciones que asisten a estas organizaciones.

Conceptos de Derecho Internacional Público: “Es un conjunto de normas, principios y costumbres que obligan tanto a los Estados como a la comunidad que éstos integran, las organizaciones internacionales y los individuos, regulando las relaciones que surgen entre ellas”.

Para el tratadista Cesar Sepúlveda: “Es el derecho de gentes que rige las relaciones entre los sujetos o personas de la comunidad internacional”.

La doctrina ha tratado de explicar la presunta impotencia del Derecho internacional llamándolo de diversas maneras, como: derecho primitivo, derecho en formación, derecho imperfecto, etc.

El objeto del Derecho Internacional es: “El conjunto de normas, principios y costumbres que regulan las relaciones de los sujetos típicos y atípicos de la comunidad internacional”.

General: Catálogo de normas vigentes en la mayoría de los Estados y

la comunidad internacional (tratados y convenciones que han

habilitado la creación de organizaciones internacionales aglutinadoras

de Estados, como “La carta de naciones unidas” (1945) o las que

regulan las relaciones que surgen entre ellas como la convención de

Viena sobre derecho de los tratados (1969), etc.

Objeto

Particular: Conjunto de normas de carácter predominantemente

contractual que regula las relaciones entre algunos miembros de la

comunidad internacional su obligatoriedad se circunscribe solo a los

sujetos que celebran la convención o acuerdo. (Tratados bilaterales o

regionales que se celebran en materia de derechos humanos, libre

comercio o cooperación económica).

DERECHO INTERNO Y DERECHO INTERNACIONAL.

Hay quienes ven al derecho interno y al derecho internacional como ámbitos diferentes, otros piensan que el derecho internacional esta subordinado al interno y otros a la inversa.

El derecho interno es diferente al derecho internacional, las evidencias indican que hay sujetos distintos en ambos derechos y que la ley priva en el interno, mientras que el tratado en el internacional.

Los constitucionalistas sostienen la pirámide kelsiana y de acuerdo a ella por encima de la Constitución (derecho interno) no hay nada.

Existen dos teorías para tratar de clarificar la situación del derecho interno con el derecho internacional y así tenemos a los Dualistas, quienes dicen que el derecho interno y el derecho internacional están separados por lo que son distintos.

El Monismo indica que no hay separación entre el Derecho internacional y el Derecho Interno.

La tendencia de unificación, indica que no existe subordinación del derecho

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