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Derecho Y Poder


Enviado por   •  21 de Octubre de 2013  •  1.541 Palabras (7 Páginas)  •  233 Visitas

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-DERECHO Y PODER-

Introducción.

La existencia de una estrecha conexión entre el Derecho y el poder ha aparecido ya, en los anteriores capítulos. Por ejemplo:

• Cuando apuntábamos a que el concepto de Estado tendría que permitirnos, en principio, resolver los casos de penumbra sobre la existencia o no de Derecho.

• Incluso cuando, hablando de definiciones legislativas, sugeríamos que en ellas había un elemento de poder, que contribuían a establecer un reparto de poder entre el legislador y el juez.

• Y, desde luego, cuando confrontábamos la concepción iusnaturalista con la iuspositivista.

Los autores iusnaturalistas entienden que la característica central del Derecho no se encuentra en la coactividad, sino en la justicia.

Mientras que los iuspositivistas, al separar el Derecho de la moral, entienden el Derecho como un fenómeno histórico y social, tienden a subrayar el elemento coactivo del Derecho.

Rudolph von Ihering, probablemente el más importante jurista (positivista) del siglo XIX, mostraba esa conexión al escribir que “el Derecho sin la fuerza es una palabra vacía”.

Sin embargo, ninguna concepción es tan radical. En realidad, ninguna concepción del Derecho ha negado la existencia de una vinculación estrecha entre el Derecho y el poder, aunque el peso atribuido al poder pueda ser muy diferente.

Pero asumir, por ejemplo, una concepción iusnaturalista no tiene por qué suponer desterrar del Derecho el elemento de la coerción.

Es bastante razonable que un autor iusnaturalista, después de identificar la justicia como el fin al que ha de tender el Derecho, añada que, dadas ciertas características bien conocidas de la naturaleza humana, eso no puede lograrse si no es recurriendo a medios coactivos: el poder (poder coactivo) es el instrumento de que se sirve el Derecho para poder realizar sus fines.

En general, el iusnaturalismo de la época moderna (categoría en la que caben autores como Hobbes, Locke o Rousseau) sostuvo una concepción del Derecho en la que éste aparece estrechamente vinculado al poder político, al Estado.

El Derecho y el Estado no son ya productos de la razón o de la voluntad de Dios, sino que son fruto del acuerdo racional entre los hombres. Así se explica que todos estos autores partan de alguna teoría del pacto social que les permite dar cuenta del paso desde el estado de naturaleza al estado de sociedad civil.

La idea general es que, en el estado de naturaleza, los individuos tienen ciertos derechos naturales (como la vida, la libertad, etc.) que no pueden poseer de manera segura si no es instituyendo un poder político. Esto es, un poder capaz de imponerse a cada uno de los individuos: ese poder soberano, que surge y se fundamenta con el pacto social, es lo que hace que los derechos naturales pasen a ser derechos civiles.

En definitiva, el Derecho es inseparable del Estado: el Derecho, necesita para existir de la tutela del Estado; y el Estado, necesita del Derecho para justificarse pues, lo que legitima al Estado es la protección de los derechos de los individuos.

Desde el lado del positivismo jurídico, en una concepción como la de Hart, el aspecto coercitivo está sin duda presente y, dos de las características que constituyen lo que denomina “contenido mínimo de Derecho natural” (la comprensión y fuerza de voluntad e igualdad aproximada) cumplen, la función de mostrar la necesidad y la posibilidad de la coerción.

El concepto de poder.

Max Weber escribió que el concepto de poderes sociológicamente amorfo. Lo que quería decir con esto es que, si se entiende por poder la probabilidad de imponer la propia voluntad en una relación social, entonces existen innumerables formas de poder, pues prácticamente todas las cualidades imaginables de un hombre (fuerza física, sus conocimientos, su riqueza…) y todas las relaciones sociales (de amistad, familiares…) pueden colocar a alguien en esa posición.

Por ejemplo, tenemos el poder sobre la naturaleza, que es el poder (científico o técnico) para modificar, utilizar y explotar los recursos naturales.

El Derecho tiene, desde luego, que ver con el poder sobre la naturaleza, y en diversos sentidos:

• Por ejemplo, la investigación científica y técnica está hoy ampliamente regulada por normas jurídicas. Son los llamados “derechos ecológicos” que implican la obligación de poner un límite a la explotación de los recursos naturales que, como se sabe, son bienes escasos.

Sin embargo, lo que aquí nos interesa es el poder social.

- Elementos del poder:

Ese poder social podemos entenderlo como la capacidad de un individuo o un conjunto de individuos tiene para afectar al comportamiento de otro o de otros.

En una relación de poder pueden distinguirse así diversos elementos:

• Los individuos o los grupos entre los que se establece la relación.

• El objeto (aquello sobre lo que se tiene poder)

• El comportamiento o los intereses (…)

Por

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