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Derecho aduanero. Es una rama del derecho administrativo, fiscal, económico, corporativo, privado


Enviado por   •  20 de Marzo de 2017  •  Apuntes  •  7.033 Palabras (29 Páginas)  •  437 Visitas

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DERECHO ADUANERO.

Es una rama del derecho administrativo, fiscal, económico, corporativo, privado.

DERECHO ADUANERO: conjunto de normas jurídicas de carácter administrativo que controlan la entrada y salida de mercaderías de comercio exterior a través de un ente público denominado aduana para proteger el comercio nacional, (domestico) e imponer medidas y sanciones para lograr el bien común.

Es un conjunto de normas jurídicas por que encuentran su sustento en la constitución política de los estados unidos mexicanos y leyes secundarias como el código de comercio , código fiscal, código penal, código procesal penal, y un conjunto de diversas leyes como la propia ley aduanera o código aduanero, ley de comercio exterior, ley de tratados internacionales,  en materia de comercio ley de títulos y operaciones de crédito, ley de sociedades mercantiles,  ley de autotransporte federal, ley de armas de fuego, ley de navegación, ley de aviación, y todas las leyes y reglamentos que tienen que ver con toda la exportación e importación de mercaderías.

Ejemplo: ley de ecología, ley de sanidad vegetal, lay de sanidad animal, ley general de población, ley fitosanitaria o de salud, ley de salud entre muchos otros. Ley de propiedad industrial e intelectual, y ley de patentes y marcas.

¿El derecho aduanero es autónomo o dependiente?

Tiene un proceso legislativo o de creación; que consiste en un acto de positivacion de determinadas conductas → iniciativa.

FUENTES FORMALES DEL DERECHO ADUANERO.

Fuentes formales, reales e históricas.

No hay fuentes que den pauta al derecho aduanero, cada país tiene sus derechos y tradiciones.

La única fuente del derecho aduanero es la fuente formal.

→tratados internacionales: fundamento.- artículo 133 constitucional.

La formalidad es parte del derecho aduanero→ viene de etapas legislativas= IDASPI

DERECHO ADUANERO→ TRATADOS INTERNACIONALES: se celebran para mantener un trato comercial entre particulares de diferentes países y diferentes estados, a fin de mantener una relación de carácter diplomático en el que prevalezca la reciprocidad internacional y diversos convenios que beneficien colectivamente a quienes sigan a este tratado.

Existen tratados de carácter cultural de apoyo en caso de desastre, de ayuda humanitaria, de carácter civil, penal, mercantil.

Para la materia el tipo de tratado que importa es el de carácter comercial, cuyo origen se tiene a partir de la celebración de una cumbre, en la que los países manifiestan su interés por mantener tratados comerciales.

La ley de tratados internacionales establece con toda precisión el procedimiento para la celebración de dichos tratados, para su adición o a través de convenios su modificación.

Bajo estas circunstancias y estando conforme con las condiciones, términos y circunstancias particulares, las partes intervinientes pueden proceder a la firma del mismo siempre y cuando no se oponga a las constituciones locales de cada país signatario, prevaleciendo el principio de reciprocidad internacional.

Por supuesto en términos del artículo 133 constitucional debe reunir las características de:

1.        Que no sea contrario a la constitución.

2.        Que sea aprobado por el senado de la republica

3.        Que sea firmado por el presidente de la república.

El objetivo final de los tratados internacionales para actos de comercio o comerciales es la protección en primer lugar de la economía doméstica; en segundo lugar privilegiar la exportación de productos  nacionales, siendo recíprocos con la importación de otros productos, cuyos países tienen interés en comercializar.

Además debe establecer un alto impuesto para el ingreso de mercancías al país cuando esos productos provengan de países no signatarios.

Por el contrario, cuando se trata de productos que provengan de países signatarios debe disminuirse el arancel para permitir el ingreso de mercaderías y hacer mas agiles los tramites sin tanto burocratismo.

La finalidad es disminuir los aranceles hasta desaparecerlos y permitir el libre trancito de mercancías entre los países signatarios.

El conjunto de normas incluye el fundamento constitucional que sustenta la vigencia del derecho aduanero y son:

•        ARTICULOS: 31, fracción IV; 27, 29 (libre tránsito de mercancías), 49, 73, 131, 133, 117 fracción V, 118 fracción I, 89 fracción XII.

ACTIVIDAD PRIMARIA O PRINCIPAL Y ACTIVIDAD SECUNDARIA DEL ESTADO.

El estado mexicano en materia aduanera busca que los ingresos que perciba o percibe por la aplicación del arancel y la grabación de mercancía a través del impuesto a la importación y del comercio exterior, tenga como finalidad la ejecución de diversos programas para otorgar el bien común a la colectividad.

La actividad principal es de carácter fiscal, económico y social.

La actividad secundaria es de carácter financiero, internacional, de seguridad y de salud.

La actividad principal de carácter fiscal.

Es aquella a través de la cual el estado mexicano obtiene ingresos por la aplicación de los impuestos, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos extraordinarios, pero particularmente en materia aduanera como sanciones económicas y multas, o ingresos especiales como la aplicación de medidas de salvaguarda o salvaguardia de carácter comercial, conocidas como antidoping, cuota compensatoria que se derivan del dumpin y de las subvenciones respectivamente.

Actividad principal de carácter económico.

Establece políticas comerciales a través de las cuales en conjunto con organismos institucionales o autónomos, paraestatales a través del banco de México, la secretaria de economía, la secretaria de hacienda y la PROFECO, mantienen vigente una política de precios al consumidor, procurando mantener equilibrada a nivel internacional la balanza de pagos, la balanza comercial y de estos la bolsa de valores, equilibrando la reserva económica con el PIB.

Actividad principal social.

Gran parte de los ingresos que por actos de comercio exterior percibe mexico, son destinados a combatir la pobreza, la educación,  la salud, la alimentación y la seguridad publica.

Sin embargo los temas mencionados se han sincronizado, la alimentación a través de programas como empleo temporal, 70 y mas, oportunidades, y otros alternos como piso firme, techo digno, guarderías, estancias infantiles.

Todos estos programas pretenden apoyar al pueblo mexicano.

En materia de salud existe el programa de seguro popular, educación: pronabes, desayunos escolares,  escuela de tiempo completo, ITEA.

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