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Derecho civil cuatro


Enviado por   •  15 de Octubre de 2020  •  Exámen  •  1.091 Palabras (5 Páginas)  •  101 Visitas

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DERECHO CIVIL

NOMBRE DEL ALUMNO:      ____________________________       _

NOMBRE DEL PROFESOR:_______________________________        MATERIA: DERECHO CIVIL lV

INSTRUCCIONES:  RESPONDE LAS SIGUIENTES PREGUNTAS

1.- Dé tres ejemplos gráficos, es decir, con nombres ficticios de parentesco civil.

Juan Manuel López y Rosa María García están unidos en matrimonio y adoptaron a María Cristina y por los efectos del matrimonio y la adopción se ven reflejados los ejemplos de parentesco civil.[pic 1]

                

2.- Dé tres ejemplos gráficos, es decir, con nombres ficticios de parentesco por afinidad.

Roberto y Norma forman un matrimonio, y la hermana de Norma que se llama Clara es cuñada de Roberto, así como su mamá de Roberto que se llama Rocío es Suegra de Norma y a su vez Roberto es Yerno de la mamá de Norma, y Norma es Nuera del Papá de Roberto.

3.-Dé tres ejemplos gráficos, es decir, con nombres ficticios de parentesco por consanguinidad.

Se establece entre personas que descienden de un mismo progenitor, por ejemplo, el abuelo Juan tuvo tres hijos Octavio, Casimiro y Alfonso, quien a su vez Alfonso tuvo dos hijas Ana y María, pero Ana es madre soltera de Julio, entonces Alfonso es Hijo del Abuelo Juan y Ana es Nieta del Abuelo Juan, por lo que Julio también mantiene un parentesco consanguíneo con juan, pues Julio es su bisnieto del abuelo Juan y sus hijos de Julio serán Tataranietos de Juan.

4.-Explique la diferencia entre matrimonio y concubinato.

El matrimonio es la unión formal de dos personas y el concubinato es la unión libre de dos personas que simplemente no desean o no pueden hacer su unión formal ante la ley.

5.-explique la diferencia entre la sucesión testamentaria y la intestamentaria.

La sucesión testamentaria, es la manifestación de una persona en un testamento, para que después de su muerte se disponga de sus bienes de acuerdo a su voluntad y La intestamentaria es cuando no existe tal manifestación en un testamento.

6.-Elabore un resumen de una cuartilla sobre el tema de las sucesiones.

La sucesión hereditaria surge en el momento que una persona fallece, así lo dice la ley en materia civil, independientemente que se inicie o no el trámite. Pues es a partir de este momento donde se inicia la transferencia de todos los bienes que en vida pertenecían a la persona que muere, así como los derechos y obligaciones que no se dispensan con su muerte, vale la pena aclarar que hay derechos que son de índole muy personal como por ejemplo el estado civil de las personas, derechos de autor o franquicias, ciertos derechos que con la muerte terminan, pero también hay otros derechos que no terminan, como por ejemplo podríamos citar al arrendamiento donde la familia se puede convertir en causahabiente del arrendatario donde no solamente se pueda seguir ocupando la localidad arrendada si no también continuar pagando la renta del local, de esta manera sigue la relación contractuando por lo que la relación del arrendador y el arrendatario no termina con su muerte.

Pero que es lo que pasa cuando una persona fallece, o lo que se debe hacer cuando alguien muere, sin duda hay muchas cosas que se pueden hacer antes, pues todos nosotros deberíamos tomar algunas medidas antes de morir y tocando el tema de las sucesiones hereditarias nos podríamos auxiliar de los testamentos, donde esta manifestación se puede hacer en vida ante un notario público, no por ello quiere decir que un testamento antiguo en el que no se dio fe ante un notario público ya no sea válido, pero recientemente el colegio de notarios han hecho campañas para que anualmente haya un programa en pro del testamento. Pues resulta muy importante que las personas aún que tengan un bien pequeño, estas dispongan como va a ser para después de su muerte. Pero en el supuesto de que no hayamos tomado esa providencia, entonces tendríamos que atender una sucesión de carácter intestamentaria o legitima. Esto quiere decir que los bienes se van a transmitir conforme a las reglas que marca la ley. Por ello en el caso de pérdida de un familiar cercano aparte de atender la situación de duelo y las costumbres de familia, es tratar de proteger los bienes que se encuentren susceptibles a herencia de la persona que falleció. Los juicios hereditarios no inician con demanda, simplemente hay que hacerle saber al juez, es decir, hay que denunciar que determinada persona ya murió, aportando para ello el certificado por defunción y exhibiendo un testamento público abierto preferentemente, si no es así, atender algún trámite previo que avale la existencia o no de algún testamento ológrafo, por ejemplo.  Lo anterior para dar pie a un acto pre procesal que declare la formalidad del testamento e indagar quienes son los parientes más cercanos del intestado para que el juez los notifique y les cite.

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