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Derechos De 2da, 3ra Y 4ta Generacion

dierianmys25 de Septiembre de 2012

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La división de los derechos humanos en tres generaciones fue concebida por primera vez por Karel Vasak en 1979. Cada una se asocia a uno de los grandes valores proclamados en la Revolución francesa: libertad, igualdad, fraternidad.

4.1.- Los Derechos de Primera Generación o Derechos Civiles y Políticos se refieren a los primeros derechos que fueron consagrados en los ordenamientos jurídicos internos e internacionales. Estos Derechos surgieron como respuesta a los reclamos que motivaron los principales movimientos revolucionarios de finales del siglo XVIII en occidente. Estas exigencias fueron consagradas como auténticos derechos y como tales difundidos internacionalmente.

Los Derechos Civiles y Políticos están destinados a la protección del ser humano individualmente, contra cualquier agresión de algún órgano público. Se caracterizan porque imponen al Estado el deber de abstenerse de interferir en el ejercicio y pleno goce de estos derechos por parte del ser humano.

El Estado debe limitarse a garantizar el libre goce de estos derechos, organizando la fuerza pública y creando mecanismos judiciales que los protejan. Los Derechos Civiles y Políticos pueden ser reclamados en todo momento y en cualquier lugar, salvo en aquellas circunstancias de emergencia que permiten el establecimiento de ciertas limitaciones de sólo algunas garantías.

Derechos de Primera Generación:

• Toda persona tiene los derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, sexo, color, idioma, posición social o económica

• Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica

• Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre

• Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral

• Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación

• Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia

• Toda persona tiene derecho a una nacionalidad

• En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país

• Los hombres y las mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el número de hijos que desean

• Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión

• Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión de ideas

• Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica

Los derechos de Segunda Generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico, el acceso al trabajo, la educación y a la cultura, de tal forma que asegure el desarrollo de los seres humanos y de los pueblos. Su reconocimiento en la historia de los Derechos Humanos fue posterior a la de los derechos civiles y políticos, de allí que también sean denominados derechos de la segunda generación.

La razón de ser de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales se basa en el hecho de que el pleno respeto a la dignidad del ser humano, a su libertad y a la vigencia de la democracia, solo es posible si existen las condiciones económicas, sociales y culturales que garanticen el desarrollo de esos hombres y esos pueblos.

La vigencia de estos derechos se encuentra condicionada a las posibilidades reales de cada país, de allí que la capacidad para lograr la realización de los mismos varía de país a país.

Estos derechos económicos, sociales y culturales, pueden exigirse al Estado en la medida de los recursos que efectivamente él tenga, pero esto no significa que el Estado puede utilizar como excusa para el cumplimiento de sus obligaciones, el no poseer recursos cuando en realidad dispone de ellos. En este aspecto, deben verificarse los indicadores de desarrollo integral en relación con la distribución que hace el Poder Público de sus ingresos en razón de la justicia social.

4.2.- Derechos de segunda Generación: incluyen los derechos sociales y culturales, y surgieron a partir del siglo XIX, cuando los ricos burgueses, dueños de las fábricas, debieron afrontar ahora el surgimiento de los movimientos obreros, que luchaban por lograr condiciones dignas de trabajo, que les habían sido desconocidas a partir de la Revolución Industrial, y que no habían sido contempladas luego de la Revolución Francesa, ya que a los ricos burgueses, sus patrones, les convenía más tener una masa de trabajadores marginados, como mano de obra dócil y barata. A partir de esta etapa los trabajadores apoyados por los movimientos socialistas, lograrán progresivamente, el establecimiento de jornadas de labor de ocho horas, condiciones dignas, descanso dominical, el derecho a constituir sindicatos, etcétera. El estado aparece ahora como garante de la igualdad de oportunidades entre los ciudadanos, impidiendo abusos de parte de los socialmente más favorecidos.

Derechos de Segunda generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales

• Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales

• Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias

• Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses

• Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios

• Toda persona tiene derecho a la salud física y mental

• Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y asistencia especiales

• Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades

• La educación primaria y secundaria es obligatoria y gratuita

4.3.- Los derechos de tercera generación aparecieron en el siglo XX, cuando nuevas circunstancias en el mundo hicieron palpable la necesidad de proteger no solo a las personas en su individualidad (derechos de primera generación) o en relación a oros miembros del cuerpo social (de segunda generación) sino que ahora los sujetos de derechos son colectivos, considerando el derecho de los pueblos.

En efecto, las guerras mundiales demostraron la necesidad de los pueblos de ver garantizado su derecho a la paz, el mundo globalizado dio nacimiento al reconocimiento del derecho a la solidaridad, el ambiente víctima de la acción humana durante tantos años, comenzó a dar muestras de que necesitaba protección para el bien de todos, y las nuevas condiciones del consumo a gran escala, dejaron desprotegido al consumidor, muchas veces, víctima de contratos de adhesión (en los que su voluntad no es tenida en cuenta, sino que solo firma las condiciones de quien realiza la oferta, sin darse cuenta de algunas, colocadas en “letra chica”). Así también surgen los derechos del consumidor. O sea, que entre estos derechos de tercera generación se incluyen: el derecho a la paz, el derecho a la solidaridad, el derecho a un ambiente sano, y los derechos del consumidor

Esta la tercera generación de derechos, se vincula con la solidaridad. Afecta en la vida de todos, a escala universal, por lo que para su realización serie de esfuerzos y cooperaciones en un nivel planetario. Normalmente se incluyen en ella derechos heterogéneos como el derecho a la paz, a la calidad de vida o las garantías frente a la manipulación genética, aunque diferentes juristas asocian estos derechos a otras generaciones: por ejemplo, mientras que para Vallespín Pérez la protección contra la manipulación genética sería un derecho de cuarta generación, para Roberto González Álvarez es una manifestación, ante nuevas amenazas, de derechos de primera generación como el derecho a la vida, la libertad y la integridad física.

Derechos de Tercera generación o Derechos de Los Pueblos

• Derecho a la autodeterminación

• Derecho a la independencia económica y política

• Derecho a la identidad nacional y cultural

• Derecho a la paz

• Derecho a la coexistencia pacífica

• Derecho al entendimiento y confianza

• La cooperación internacional y regional

• La justicia internacional

• El uso de los avances de las ciencias y la tecnología

• La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos

• El medio ambiente

• El patrimonio común de la humanidad

• El desarrollo que permita una vida digna

V.- OTROS AUTORES:

Autores como David Vallespín Pérez, Franz Matcher, Antonio Pérez Luño, Augusto Mario Morello, Robert B. Gelman y Javier Bustamante Donas afirman que está surgiendo una cuarta generación de derechos humanos. Siendo no muy claro, el contenido de la misma, ya que estos autores no presentan una propuesta única. Sino toman algunos derechos de la tercera generación y los incluyen en la cuarta, como lo es el derecho al medio ambiente o aspectos relacionados con la bioética.

Javier Bustamante afirma que la cuarta generación viene dada por los derechos humanos en relación con las nuevas tecnologías; otros, que el elemento diferenciador sería que, mientras las tres primeras generaciones se refieren al ser humano como miembro de la sociedad, los derechos de la cuarta harían referencia al ser

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