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Desahucio


Enviado por   •  7 de Diciembre de 2012  •  989 Palabras (4 Páginas)  •  1.030 Visitas

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EL DESAHUCIO

CONCEPTO.- (Art. 184, del Código del Trabajo) Desahucio es el aviso con el que una de las partes contratantes hace saber a la otra que su voluntad es la de dar por terminado el contrato.

En los contratos a plazo fijo, cuya duración no podrá exceder de dos años no renovables, su terminación deberá notificarse cuando menos con treinta días de anticipación, y de no hacerlo así, se convertirá en contrato por tiempo indefinido. El desahucio se notificará en la forma prevista en el Capítulo “De la Competencia y del Procedimiento”.

De la disposición que se acaba de transcribir se desprende:

1. Que el desahucio es un aviso, una prevención que la una parte hace a la otra.

2. Que el desahucio opera en los contratos a plazo fijo.

3. Que el desahucio debe notificarse con anticipación de por lo menos treinta días para las dos partes.

Ahora bien, el desahucio debe darse mediante solicitud escrita presentada ante el Inspector o Subinspector del Trabajo, quien hará la notificación correspondiente a la otra parte dentro de las veinticuatro horas siguientes.

En los lugares donde no exista Inspectores Provinciales ni Subinspectores, harán las veces de éstos los Jueces de Trabajo. Arts. 624 y 625, del Código del Trabajo.

En el caso de que no se haya fijado plazo de duración del contrato, ninguna de las partes puede hacerlo cesar sino en virtud de Desahucio, con anticipación de un mes por lo menos, por parte del empleador y, de quince días por parte del trabajador.

Art. 185, del Código del Trabajo.- Bonificación por Desahucio.- En los casos de terminación de la relación laboral por desahucio solicitado por el empleador o por el trabajador, el empleador bonificará al trabajador con el veinticinco por ciento del equivalente a la última remuneración mensual por cada uno de los años de servicio prestados a la misma empresa o empleador.

PROCEDIMIENTO: La solicitud de desahucio debe contener lo siguiente:

1. Destinatario.- El Inspector o Subinspector del Trabajo o Juez de Trabajo donde no existe los primeros.

2. Compareciente.- Nombres y apellidos completos y mas generales de ley de la persona que comparece, con el señalamiento de que si lo hace por su propio derecho o a nombre o en representación de una persona jurídica; se mencionará también si comparece como trabajador o empleador.

3. Antecedentes.- Se indicará los antecedentes de la relación laboral; es decir, el tipo de contrato, remuneración, objeto, plazo del mismo, etc.

4. Fundamento legal.- Arts. 184, 185, 624 y otros del Código del Trabajo.

5. Petición concreta.- Que se notifique a la otra parte la voluntad de dar por terminado el contrato.

6. Si es el empleador el que desahucia expresará su voluntad de pagar la bonificación a la que se refiere el Art. 185 del Código del Trabajo; y si es el trabajador, pedirá que se haga saber a su empleador la obligación de pagar la bonificación.

7. Seguro Social.- Si es el empleador el que desahucia, indicará encontrarse al día en las obligaciones patronales para con el

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