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Dicha ley


Enviado por   •  27 de Octubre de 2013  •  Informes  •  906 Palabras (4 Páginas)  •  192 Visitas

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dicha ley

En la creación de las leyes para el Distrito Federal y también, de aquellas leyes que son obligatorias en toda la República, intervienen el Poder Legislativo federal, representando por el Congreso de la Unión Cámara de Diputados y Cámara de Senadores y el Poder Ejecutivo, cuyo ejercicio se deposita en el Presidente de la República. Pueden también intervenir, en algunos casos, las legislaturas de los Estados Congresos locales, tratándose de reformas a la Constitución federal.

Los artículos constitucionales que dan sustento jurídico a un iniciativa de ley son el articulo 71 y 72 que son los que explican quiénes y como se iniciara y se aprobaran una ley.

Las fases del proceso legislativo son seis: iniciativa, discusión, aprobación, sanción, publicación e iniciación de la vigencia.

Iniciativa. Es la facultad que tienen determinados órganos del Estado para proponer ante el Congreso o Poder Legislativo un proyecto de ley. Dicha facultad pertenece en exclusiva, de acuerdo con el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

Al presidente de la República; A los diputados y senadores al Congreso de la Unión, y A las legislaturas de los Estados

Discusión.- Es el acto de las Cámaras, que consiste en examina un proyecto o iniciativa de ley sobre él para decidir, por medio de la votación mayoritaria, si debe ser aprobado o no. Las iniciativas de ley deben ser discutidas sucesivamente en las cámaras, de acuerdo con el artículo 72 de la Constitución Mexicana.

Aprobación.- La aprobación consiste en dar las Cámaras su asentimiento o conformidad a una iniciativa de ley. La aprobación se da cuando la mayoría de los miembros presentes han otorgado su voto afirmativo al proyecto que previamente se ha discutido. Obtenida la aprobación en una de las Cámaras de origen, por supuesto el proyecto deberá ser remitido a la Cámara revisora para su discusión; y en caso de ser también aprobado por ésta, se enviara al Congreso Representante del Poder Ejecutivo para los efectos e que se tratará enseguida.

Sanción.- Se llama sanción al acto por medio del cual el Presidente manifiesta, bajo su firma, su conformidad o inconformidad con una iniciativa de ley aprobada por las Cámaras si en caso de mostrar una inconformidad la iniciativa será devuelta con observaciones que serán únicamente discutidas por la cámara de origen.

Publicación.- Una vez que el proyecto de ley obtiene la sanción del Poder Ejecutivo, tiene lugar la publicación o promulgación, que consiste en dar a conocer la ley a quienes deben cumplirla. Para que una ley pueda obligar a su cumplimiento, debe ponerse al alcance del público el texto de la misma.

Iniciación de la vigencia.-Es para determinar la fecha a partir de la dicha ley entra en vigor.

En

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