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Dicriminación Laboral


Enviado por   •  13 de Noviembre de 2012  •  2.430 Palabras (10 Páginas)  •  391 Visitas

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DISCRIMINACIÓN LABORAL

La discriminación laboral en México existe desde siempre, en la conquista española la podemos apreciar con la división de castas, la opresión, segregación y la no existencia de ningún derecho a los indígenas mexicanos convirtiéndolos en esclavos.

Después de la independencia y de la abolición de los esclavos lamentablemente esto no mejoró, ya que continuamente hasta nuestros días existen muchas clases de discriminación y diferencias entre los mexicanos, los diferentes tipos de discriminación por citar algunos son: Religión, color, etnia, generó, edad, diferentes discapacidades, todo lo que en un momento se nos pueda ocurrir que sea diferente a lo que dictan de acuerdo a su criterio un grupo de personas en la sociedad o gobierno.

El significado de discriminación literalmente es: La acción de separa o distinguir uno de los otros atendiendo un criterio especifico, usado por lo general en sentido negativo aludiendo a condiciones de inferioridad que se dan en una persona o grupo.

Lo que se expone en estas páginas es la discriminación laboral por edad.

Este tipo de discriminación en el país está documentada desde el año 2005, al momento esta discriminación va en aumento, y a pesar de que se cuenta con leyes y convenios para evitarla, encontramos que es una práctica común en el diario vivir.

Lamentablemente al momento, encontramos que no se respetan ninguna de las leyes o convenios, y mucho menos se ejerce alguna acción legal al respecto, lo más grave de todo es que este derecho es un derecho constitucional y se encuentra expresado en la ley federal del trabajo y los derechos humanos en la actualidad.

En la constitución Mexicana está comprendido en el artículo 123 que dice: TODA PERSONA TIENE DERECHO AL TRABAJO DIGNO Y SOCIALMENTE UTIL; AL EFECTO, SE PROMOVERAN LA CREACION DE EMPLEOS Y LA ORGANIZACION SOCIAL PARA EL TRABAJO, CONFORME A LA LEY. (ADICIONADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 19 DE DICIEMBRE DE 1978) EL CONGRESO DE LA UNION, SIN CONTRAVENIR A LAS BASES SIGUIENTES, DEBERA EXPEDIR LEYES SOBRE EL TRABAJO, LAS CUALES REGIRAN: (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 19 DE DICIEMBRE DE 1978) La ley federal del trabajo en su titulo primero Principio s Generales en su Artículo 3 dice: ARTÍCULO 3 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO EL TRABAJO ES UN DERECHO Y UN DEBER SOCIALES. NO ES ARTÍCULO DE COMERCIO, EXIGE RESPETO PARA LAS LIBERTADES Y DIGNIDAD DE QUIEN LO PRESTA Y DEBE EFECTUARSE EN CONDICIONES QUE ASEGUREN LA VIDA, LA SALUD Y UN NIVEL ECONÓMICO DECOROSO PARA EL TRABAJADOR Y SU FAMILIA. NO PODRÁN ESTABLECERSE DISTINCIONES ENTRE LOS TRABAJADORES POR MOTIVO DE RAZA, SEXO, EDAD, CREDO RELIGIOSO, DOCTRINA POLÍTICA O CONDICIÓN SOCIAL. ASIMISMO, ES DE INTERÉS SOCIAL PROMOVER Y VIGILAR LA CAPACITACIÓN Y EL ADIESTRAMIENTO DE LOS TRABAJADORES. La ignorancia, el desconocimiento, la falta de unión entre los ciudadanos, hasta el miedo a provocado que este tipo de discriminación continúe, con impunidad incontrolable, con una carencia de acción legal y voluntad política para que se respete este derecho. La violación de este derecho así como la discriminación tienen excusas que son ilegales por completo, y muchas condiciones laborales inaceptables bajo estos artículos. Más de lo que nos gustaría son prácticas comunes y continuas sin denuncia alguna. Esto ha creado un ambiente de abuso y discriminación intolerable para el país, y le proporciona una ventaja al empleador que se transforma en un abuso para el empleado. Ya que el empleador se aprovecha de las necesidades, usando una amenaza directa o indirecta sabiendo que si el empleado renuncia siempre abra quien ocupe esa plaza por la gran demanda de trabajo y poca oferta y el empleado con el pensamiento de quien sabe si encontrara otro empleo por los factores

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ya mencionados lo acepta y sigue laborando, en caso de ser despedido las repercusiones que esto tiene al momento de las recomendaciones, o la investigación efectuada por el empleador. El periódico El Universal en el año 2009 da a conocer estadísticas sobre este tema donde destaca que el 90% de la oferta laboral deja fuera a todo aquel mayor de 35 años y solo el 2.7 % está dispuesto a contratar personal en este rango de edades, lo preocupante es que estos trabajos en su gran mayoría son en aéreas de limpieza, guardias de seguridad, ventas fraudulentas o engañosas donde la práctica común es que el empleado compre los productos y los revenda. En este mismo periodo de tiempo se presenta aproximadamente un promedio de 1 millón 144 mil 329 personas desocupadas por discriminación en la ciudad de México. El Consejo para la Prevención de la Discriminación “CONAPRED” por sus siglas, da a conocer que dejan de contratar personal calificado basándose en color de tez, color de ojos, estatura y edad conllevando a los empleadores hasta la negación de la entrevista. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajador reconoce que la oferta laboral está delimitada por la edad, mas no hacen nada. Los médicos aseguran que una persona que tenga más de 35 años goza de salud óptima para desempeñar una labor profesional. La discriminacion laboral es evidente y permanente en las ofertas de trabajo y lo podemos constatar en cualquiera de las bolsas de trabajo en línea así como en los anuncios de ocasión de los periódicos. Incluso lamentablemente en la gaceta quincenal que promueve el empleo de la Secretaria del Trabajo. Siendo este un trato desfavorable y de forma abierta para los postulantes. Los que llegan a la entrevista se enfrentan a que los empleadores, utilizan la forma más antigua y disfrazada para negarles la posición con la objeción de: “Estar sobre calificado para esta” La discriminación por edad no solo afecta la búsqueda de trabajo o ser empleado, afecta notablemente a los que ya están colocados, trabajando y con algún tiempo ya laborando, negándoles el acceso a programas de formación, promoción, muchos son obligados a el retiro voluntario en el peor de los casos se les invita a que renuncien ya que si se les despide, y se efectúa el proceso conforme a ley este implica un desembolso considerado innecesario para el empleador siendo este una empresa privada o el mismo gobierno (claro para los que no tienen una base o plaza gubernamental) y son conocidos como empleados de confianza. Cuando se tiene algún tipo de recorte en cualquier fuente de trabajo el primer criterio que es utilizado es la edad, se evitan la evaluación personal, del trabajo, rendimiento, talento, motivación y con estos despidos por edad, y sin oportunidad de conseguir trabajo. Estas personas que no tienen o no encuentran trabajo que han sido despedidas se encuentran en

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