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Diferencia Entre Tercería y Oposición


Enviado por   •  9 de Agosto de 2013  •  2.415 Palabras (10 Páginas)  •  437 Visitas

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Diferencia Entre Tercería y Oposición

La Tercería y La Oposición se asemejan en el hecho de que tanto uno como el otro, es un recurso interpuesto por una persona que no se defendió en el proceso que origino la sentencia impugnada, pero a diferencia de la oposición que tiene como objeto el proceder de la parte que no se defendió por no haber comparecido o por no haber concluido, la tercería es un recurso que solo puede ser interpuesto por terceros no emplazados ni citados.

Aplicación

Conforme lo estipula el artículo 475 del código de procedimiento civil la tercería puede ser deducida como acción principal y como acción incidental. Como acción principal puede se someterá al tribunal que haya pronunciado la sentencia impugnada y la incidental, surgida en un proceso pendiente ante un tribunal cualquiera, se incoara por instancia dirigida a ese tribunal si fuere igual o superior al que dicto la sentencia motivo del recurso de tercería.

Tercería incoada por terceros

La ley protege a los terceros por tres medios diferentes, para que no sean afectados por una sentencia: 1) Intervención; 2) Medios de inadmisión o defensas invocando el efecto relativo de las sentencias (Art. 1351); 3) Tercería.

Condiciones para la admisibilidad de la tercería

Existen dos condiciones indispensables para que pueda ser admitido este recurso para terceros puros y simples:

a) que el recurrente sea efectivamente un tercero y no lo es quien ha sido parte o ha sido representado en el proceso.

b) Que la sentencia le cause un perjuicio actual o eventual, material o moral.

Tercería en caso de fraude

La sentencia también surte efecto entre los herederos y sus acreedores quirografarios, pero si la sentencia es obtenida mediante el dolo o fraude, ellos pasan a ser terceros y tienen derecho a recurrir en tercería para los casos que afecte la legítima hereditaria o el patrimonio del deudor. Se asemeja a la acción pauliana que es ejercitable por los acreedores contra los actos fraudulentos consentidos por el deudor (artículo 1167 del Código Civil).

Condiciones para la admisibilidad de esta tercería

a-) el recurrente debe probar que ha sido representado o es un causahabiente. Si se trata de un causahabiente deberá probar que su derecho es anterior a la sentencia impugnada;

b-) el recurrente deberá demostrar el fraude mediante el cual fue obtenida la sentencia impugnada.

Decisiones impugnables

Todas sentencia es, en principio impugnable por tercería, sea cual sea su naturaleza, civil o comercial, contradictoria o en defecto, en primera o última instancia, definitiva o previa; sea cual sea el tribunal que la haya dictad: el juzgado de primera instancia, corte de apelación o juzgado de paz. No es posible contra las decisiones de la SCJ como corte de casación, pero sí en caso de ser acogido el recurso, ante el tribunal de envío, o en caso de ser rechazado, por ante el tribunal que dictó la decisión.

El recurso de casación es un recurso extraordinario que tiene por objeto anular una sentencia que contiene una incorrecta interpretación o aplicación de la ley o que ha sido dictada en un procedimiento que no ha cumplido las solemnidades legales, y puede ser interpuesta por las partes interesadas que hubiesen figurado en el juicio, mientras que la oposición pide retractar una sentencia dictada en defecto, y solo está abierta al defectuante

Mientras que la revisión civil, es un recurso de apelación que se pide a un tribunal de segundo grado de jurisdicción de reformar o revocar la sentencia irregulares pronunciadas por el juez de la primera instancia.

Clasificación de Los Casos de Revisión

Los casos de revisión pueden ser distribuidos en dos grupos; en el primero se incluyen todos los casos en que el recurso tiene como base un error de hecho, en el cual ha incurrido involuntariamente el tribunal, en cuyo origen se encuentre en la actuación de las partes o en la de sus mandatarios.

En el segundo se encuentra fundamento para la revisión civil cuando existe una omisión o una violación de las normas jurídicas, mediante las cuales el proceso debe ser instruido y juzgado, esto es lo que se designa como “error in procedendo”

Revisión Causada por Error de Hecho

El artículo 480 de nuestro código de procedimiento civil, enumera los casos entre ellos estas: el dolo personal, el uso de documentos falsos, la retención de documentos decisivos, falta de defensas de incapaces y de las personas morales.

Existencia del dolo personal: según lo estable el citado artículo en su acápite primero, ademas se sostiene que el dolo a que se refiere esta ley es el mismo que puede motivar la nulidad de un contrato, como puede ser maniobras fraudulentas, ejercidas por las partes o su representante, que haya determinado la convicción del tribunal. Se dan como por ejemplos: el soborno de testigos, la disimulación de un hecho decisivo, la colusión de unas de las partes con el representante de la contraparte.

El empleo de documentos falsos: esto si se ha juzgado en virtud de documentos que se hayan reconocidos o declarado falsos después de pronunciadas las sentencias , para que se pueda incoar la revisión civil por este caso es necesario que se presenten los requisitos siguientes;

a-) que la sentencia impugnada este fundamentada en el documento falso.

b-) que la falsedad haya sido reconocida por la parte gananciosa o pronunciada por una sentencia.

c-) que el reconocimiento o la comprobación de falsedad haya surgido después de del pronunciamiento

Retención de documentos decisivos

La revisión civil es admisible si después de dictada la sentencia se han recuperado documentos decisivos que se encontraban retenidos por causa de la parte contraria. Dos condiciones son exigidas para justificar este recurso;

1- la retención de los documentos decisivos durante el proceso.

2- que dichos documentos hayan sido recuperados después de la sentencia.

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