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Diferencias Entre El Sistema Acusatorio Y El Inquisitorial


Enviado por   •  10 de Marzo de 2014  •  840 Palabras (4 Páginas)  •  670 Visitas

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Diferencias entre el sistema acusatorio y el inquisitorial

“Pero yo no soy culpable –dijo K–, eso es un malentendido. Y viniendo a ello, ¿cómo puede ser llamado culpable ningún hombre? Aquí somos todos simplemente hombres, unos al igual que otros”.

“Es cierto –dijo el sacerdote–; pero así es como hablan los hombres culpables”.

FRANZ KAFKA: el proceso

El proceso penal aplicado por la Inquisición en sus diferentes épocas y modalidades se caracterizó por su oposición a algunas o todas las normas generales del Derecho penal común reconocidas hasta el momento.

Por inspiración del Derecho romano, los procesos penales medievales y modernos se basaban en el esquema del proceso acusatorio romano, de carácter relativamente garantista, pero las características de aquel proceso fueron invertidas por el llamado proceso inquisitorial canónico.

Frente al proceso penal acusatorio, de carácter ordinario, oral, público y probatorio, el proceso inquisitorial se establecía como especial, escrito, secreto e indiciario. Según tales premisas, el proceso quedaba fuera del conocimiento y escrutinio público, realizándose, según las instrucciones dadas en su momento, sine strepitu (sin hacerse notar). Así mismo, el proceso inquisitorial era arbitrario: es decir, el juez puede determinar la pena sin sujetarse a ninguna ley que lo limite, frente al legalismo propio del Derecho común.

Si en las causas penales ordinarias el proceso se iniciaba a instancia de parte (es decir, mediante una accusatio formal, en la cual el ofendido denunciaba públicamente al ofensor, explicitando también la ofensa) los procesos inquisitoriales se iniciaban, por lo general, de oficio. La acusación pública exigida por el Derecho penal ordinario, que garantizaba, al menos en teoría, la igualdad de partes, era sustituida así por la denuncia secreta y anónima, que consagraba, precisamente, la desigualdad de partes. En realidad, el iudex ordinario, que mediaba entre dos partes (acusado y acusador) en el proceso penal común, era sustituido por un fiscal. Esto implicaba la coincidencia del acusador con el juez en una sola persona, eliminándose el principio general nemo iudex in sua causa (ningún juez lo ha de ser de su propia causa) y desapareciendo así el principio de contradicción.

La acusación pública en el proceso ordinario tradicional era contrarrestada por el principio de presunción de inocencia, castigándose el perjurio. En cambio, la acusación secreta, que daba inicio al proceso inquisitorial, se basaba en la difamación y la sospecha que establecía una presunción de culpabilidad (opinio malis), invirtiendo así la carga de la prueba (onus probandi). Según tal principio probatorio, vigente en la actualidad, la prueba recae sobre el que afirma (affirmanti incumbit probatio):

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