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EDUCANDO PARA LA DIVERSIDAD


Enviado por   •  5 de Julio de 2016  •  Informes  •  1.230 Palabras (5 Páginas)  •  183 Visitas

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ESCUELA BELLAVISTA

“EDUCANDO PARA LA DIVERSIDAD”

_________________________________________

REGLAMENTO

 DE

EVALUACIÓN

_________________________________________________________________

Escuela Bellavista

Avenida Central 0890, Bellavista

Fono 2650665

Contacto: utpbellavista@gmail.com

MARCO REFERENCIAL.

El presente reglamento de evaluación está señalado en el Decreto Nº 511 del 08 de mayo de 1997 del Mineduc, y que la nueva matriz curricular básica aprobada por el Decreto Supremo de educación Nº 40 de 1996, otorga un período de dos años para el logro de los objetivos y contenidos  de los planes y programas de estudio de 1º a 4º año de enseñanza básica (NB.1 y NB.2) y de un año para cada uno de los cursos de 5º a 8º año de esta enseñanza (NB.3, NB.4, NB.5 y NB.6) y fija las normas de evaluación y promoción de los niños y niñas de esta unidad educativa.

La escuela E-420 “Bellavista” está comprometida a que todos los estudiantes adquieran las habilidades, capacidades y destrezas que les permitirán enfrentar estudios superiores y desarrollarse como personas en un futuro cercano.

Este reglamento de evaluación contempla el respeto por la diversidad de nuestros niños y niñas aplicando modalidades evaluativas para medir los aspectos del currículum correspondientes a cada nivel en todos los subsectores de aprendizaje, atendiendo con principal énfasis las NEE de quienes lo necesiten para lograr una mayor autoestima y un mejor conocimiento de sí mismos/as.

De la evaluación y Promoción de los estudiantes.

Disposiciones Generales.

Art. 1º. Apruébense las siguientes disposiciones sobre evaluación y promoción de niños y niñas de enseñanza básica las que iniciarán su aplicación a partir de la fecha señalada en el Calendario Regional cada año.

Art. 2º. La planificación del proceso de evaluación se realizará según lo determinado por la Unidad Técnico Pedagógica  de acuerdo al Nº de evaluaciones por semestre en  cada subsector de aprendizaje, las cuales variarán según la cantidad de horas por subsector.

Art. 3º.  Las  evaluaciones que se aplicarán serán:

Diagnóstica. Al inicio de cada semestre.

De Proceso. Al inicio de cada clase.

Sumativa. Al término de cada unidad de aprendizaje (1 mensual), además de otras evaluaciones que el docente considere necesario (trabajos de investigación con disertaciones, dictados).

La cantidad de evaluaciones será proporcional al nº de horas por subsector:

Los subsectores con 4 horas o más deberán tener mínimo 6 notas.

Los subsectores con menos de 4 horas deberán tener como mínimo 4 notas.

Los subsectores del área artística, tecnológica y de educación física serán evaluados previa rúbrica, lista de cotejo o escala de apreciación confeccionada por el docente y revisada previamente por la Unidad Técnico Pedagógica.

Art.4º. De las evaluaciones.-

Los alumnos y alumnas que no se presenten a una evaluación sin justificación de su apoderado podrán rendirla en una nueva fecha y serán calificados con la nota máxima de 4,0, si no se presentan en esa fecha serán evaluados con la nota mínima de 2,0.  

 En caso de justificaciones por enfermedad, controles médicos o razón de fuerza mayor con previa justificación de su apoderado, se realizará la evaluación en fecha acordada con el docente y con las mismas condiciones de sus demás compañeros/as.

Art. 5º De los alumnos sorprendidos copiando. El alumno y/o alumna que sea sorprendido tratando de copiar o entregando información en una evaluación se le retirará la prueba y será evaluado con lo respondido hasta el momento en que se produjo el hecho.

De las Calificaciones:

Art. 6º.  La escala de notas utilizadas para calificar a los estudiantes debe tener un nivel de exigencia de un 60%. Los alumnos y alumnas tendrán evaluaciones sumativas con una escala numérica de nota de 2.0 a 7.0. Los promedios serán calculados con dos decimales y deberán aproximarse a la décima o nota superior según corresponda cuando la centésima sea igual o superior a 5. Ejemplo: 4,56= 4,6.

Art. 7º. Los alumnos y alumnas de 2º a 6º año básico que en una evaluación cometan faltas de ortografía, éstas no serán objeto de bajar la calificación, deberán ser tomadas como una oportunidad de aprendizaje, no así para los alumnos y alumnas de 7º y 8º año básico a los/as cuales se les descontarán puntos según el criterio del docente en todos los subsectores de aprendizaje en los cuales deban escribir.

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