ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

ELEMENTOS DEL CONTRATO- ELEMENTO DESCRIPCIàN CARACTERÖSTICAS


Enviado por   •  16 de Mayo de 2016  •  Apuntes  •  530 Palabras (3 Páginas)  •  131 Visitas

Página 1 de 3

ELEMENTOS ESCENCIALES DEL CONTRATO

ELEMENTO DESCRIPCIàN CARACTERÖSTICAS

1. CAPACIDAD "Refiere la capacidad Legal de una persona que seg£n el Art 1502 del C¢digo Civil consiste en ""poderse obligar por s¡ mismo y sin el ministerio o autorizaci¢n de otro"".

" "* Se pueden obligar personas naturales y jur¡dicas.

* Seg£n el C¢digo Civil las personas jur¡dicas por ser entes jur¡dicos requieren personas naturales llamadas representantes para poder obligarse."

2. CONSENTIMIENTO "Manifestaci¢n de la voluntad de las partes en un acto jur¡dico.

Para obligarse es necesario que entre las partes no adolezca ning£n vicio (Error, fuerza, dolo).

" "* Sin este elemento el contrato es inexistente.

* Existen dos teor¡as: De la Voluntad declarada y de la manifestaci¢n sobre la intenci¢n (Ninguna de las dos se da de forma absoluta en la pr ctica).

* El C¢digo Civil ordena en su Art. 1618 que ""Conocida claramente la intenci¢n de los contratantes, debe estarse a ella (la voluntad) m s que a lo literal de las palabras""."

2.1. Vicios del Consentimiento 2.1.1 ERROR: Puede ser de hecho o de derecho.

* De Hecho: Vicia el consentimiento. Y puede recaer sobre: *Error in Negotio: La especie de acto o contrato que se ejecuta o celebra. Art. 1510 CC.

*Error in Corpore:La identidad de la cosa espec¡fica que se trata. Art. 1510.

*Error in substancia: La sustancia o validad esencial del objeto del contrato.

"* Error in causa: Cualquier otra calidad no vicia el consentimiento, salvo que tal validad fuese el principal motivo del contrato:"

* Error in persona: La persona con quien se tiene intenci¢n de contratar.

"* De Derecho: (de acuerdo con el art. 1509) no lo vicia, pues nadie puede alegar la ignorancia de la ley para excusarse."

2.1.2. FUERZA: "* Todo acto que infunde una persona en justo temor de verse expuesta a ella, su consorte o alguno de sus scendientes o descendientes a un mal irreparable y grave.

* Art. 1513 CC: ""La fuerza no vicia el consentimiento sino cuando es capaz de producir una impresi¢n fuerte en una persona de sano juicio, tomando en cuenta edad, sexo y condici¢n"".

* Lo que vicia el consentimiento no es la fuerza en si sino el temor que esa fuerza causa en la siquis de la persona contratante."

3. CAUSA Se entiende por Causa el motivo que indice al acto o contrato. """No puede haber obligaci¢n sin causa real y l¡cita, pero no es necesario expresarla. La pura liberalidad o beneficiencia es causa suficiente"""

"3.1. Requisitos de la Causa

Art. 1524 y 1501 del C¢digo Civil" * Real "Debe tener una existencia

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (3 Kb)   pdf (59 Kb)   docx (10 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com