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Elementos del contrato.


Enviado por   •  22 de Mayo de 2015  •  Síntesis  •  2.359 Palabras (10 Páginas)  •  136 Visitas

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Elementos del contrato.

Esenciales son el riesgo la prima, la prestación que es la cobertura y la empresa.

La empresa a raíz de la teorías de vivante impulsor del código civil italiano establece que la figura del contrato de seguro no lo pueden hacer personas físicas por la subsistencia ya q queda supeditado a la vida de este por eso es mejor a través d duna persona moral de naturaleza mercantil y esto lo garantizaba.

La empresa va a a organizar el sistema mutualista aplicando la técnica aseguradora la ley de los grandes números para ello recurre a una figura jurídica que es el contrato de seguro y el contrato de seguro es un acuerdo d e voluntades en virtud de la cual la contratante y la empresa aseguradora convienen para que esta asuma un riesgo a cambio de una prima.

Las características del contrato de seguros son:

Adhesión y de no adhesión pero son más populares la de adhesión.

Es oneroso.

Es principal.

Es aleatorio.

De garantía con vida propia.

Es sinalagmatico.

Mercantil art. 75 f. IX

El contrato se conforma por dos momentos la policitación es la invitación que hace uno d ellos contratantes al otro y el otro aceptaba.

En seguros va a haber un intermediario de seguros que es un agente q es un profesional en la intermediación de seguros en donde va a a intercambiar policitación es para q se generen aceptaciones, en la práctica el agente le propone al prospecto del cliente un negocio siendo q lo lógico debería ser que el q acepta es el cliente pero en seguros es la aseguradora quien lo hace.

Ahora bien, este agente realiza la intermediación para que el cliente realice una propuesta.

El agente d e seguros realiza la contratación, mantenimiento y cancelación en su caso.

El agente realiza una propuesta de diversas empresas de seguros en donde éste le muestra al cliente su cartera que le conviene más de acuerdo a sus necesidades y el cliente acepta.

El cliente hace la solicitud, llena cuestionarios y se le entrega al agente y el agente lleva a la compañía de seguros para q acepte. Han algunas compras de seguros en donde les autorizan a los agentes emitir pólizas.

Todo lo anterior respecto al agente, es que este debe estar autorizado por la cía de seguros.

El perfeccionamiento d ellos contratos se dan con las diferentes teoría.

La expedición, recepción e información.

El contrato de seguro se perfecciona cuando la compañía de seguros da a conocer su aceptación respecto a la oferta que le hace el cliente, es hasta en entonces en donde se perfecciona el contrato y se vuelve de prospecto a asegurado.

Ley Sobre contrato de seguro art. 21:

Artículo 21.- El contrato de seguro:

I.- Se perfecciona desde el momento en que el proponente tuviere conocimiento de la aceptación de la oferta. En los seguros mutuos será necesario, además, cumplir con los requisitos que la ley o los estatutos de la empresa establezcan para la admisión de nuevos socios.

II.- No puede sujetarse a la condición suspensiva de la entrega de la póliza o de cualquier otro documento en que conste la aceptación, ni tampoco a la condición del pago de la prima;

III.- Puede celebrarse sujeto a plazo, a cuyo vencimiento se iniciará su eficacia para las partes, pero tratándose de seguro de vida, el plazo que se fije no podrá exceder de treinta días a partir del examen médico, si éste fuere necesario, y si no lo fuere, a partir de la oferta.

Esto s e traduce en que la naturaleza jurídica de la póliza no es un título de crédito como lo dicen algunas leyes por q no reúne las características de un título de crédito q son autonomía, incorporación y exigibilidad.

Incorporación q los derechos se contemplen el póliza y esto no ya q puede o no existir póliza y hay contrato de seguros.

No es autónoma por q implicaría q con la solo póliza exigiéramos la obligación de la cía aseguradora o el pago de la suma asegurada.

No es literal ya que la póliza no es la medida y la pauta del contrato de seguro ya q este estará formado ya q es un contrato de seguros entre quien hace la oferta y el q acepta y aquí generan actos como la solicitud el cuestionario, los avisos de privacidad, la póliza etc....

La naturaleza jurídica de la póliza es meramente probatoria y lo podemos probar mediante testimonial y recibo de pago q su concepto sea prima de riesgo.

La naturaleza jurídica de la póliza no es formal, es un dof que emite la compañía de seguros en respuesta a la solicitud u oferta que hace el cliente. La póliza es el acto por el cual le dan a conocer al cliente q fue asegurado y también le podemos decir q ya está asegurado aunque no haya póliza y el ya sabe d q esta asegurado por q al formular la policitación el agente le debió informar su cobertura.

Que pasa si la compañía de seguros por error, mala fe, error del agente etc.. Le emite una póliza distinta a lo q se solicitó?

El art. 25 dice q tendrá tiene 30 días el policía te para rectificar y hacer declaraciones si no lo hace se tendrá por aceptado.

Artículo 19.- Para fines de prueba, el contrato de seguro, así como sus adiciones y reformas, se harán constar por escrito. Ninguna otra prueba, salvo la confesional, será admisible para probar su existencia, así como la del hecho del conocimiento de la aceptación, a que se refiere la primera parte de la fracción I del artículo 21.

Que requisitos debe contener la póliza?

Carátula de póliza es la hoja en donde se resume las condiciones generales y especiales de póliza y ahí por disposición de la comisión se les transcribe el art. 25 para modificarla.

Artículo 20.- La empresa aseguradora estará obligada a entregar al contratante del seguro, una póliza en la que consten los derechos y obligaciones de las partes. La póliza deberá contener:

I.-

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