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ENAJENACION DE INMUEBLES


Enviado por   •  10 de Julio de 2015  •  1.346 Palabras (6 Páginas)  •  345 Visitas

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De los Ingresos por Enajenación de Bienes.

Tipo de bienes: Muebles e Inmuebles.

Requisito.

La enajenación debe ser realizada por persona físicas que no realicenActividades Empresariales, pues en caso contrario tendrá que tributarse en capitulo II

¿Qué se considera Ingreso?

Art. 146 LISR.

El monto de la contraprestación obtenida, inclusive en crédito; cuando por la naturaleza de la transmisión no haya contraprestación se atenderá al valorde avalúo practicado por persona autorizada por el SAT.

En los casos de permuta se considerará que hay dos enajenaciones.

Ingresos no objeto.

Art. 146 LISR.

No se considerarán ingresos por enajenación, los que deriven de latrasmisión de propiedad de bienes por causa de muerte, donación ofusión de sociedades ni los que deriven de la enajenación de bonos, de valores y de otros títulos de crédito, siempre que el ingresos por la enajenación se considere interés en los términos del artículo 9° de la Ley del ISR.

Exentos.

Art. 109, frac. XV, XXV, y XXVI.

No se pagará el Impuesto Sobre la Renta por la obtención de los siguientes ingresos:

XV. Los derivados de la enajenación de:

a) La casa habitación del contribuyente, siempre que el monto de la contraprestación obtenida no exceda de un millón quinientos mil unidades deinversión y la transmisión se formalice ante fedatario público. Por elexcedente se determinará la ganancia y se calcularán el impuesto anual y el pagoprovisional en los términos del Capítulo IV de este Título, considerando lasdeducciones en la proporción que resulte de dividir el excedente entre el montode la contraprestación obtenida. El cálculo y entero del impuesto que corresponda al pago provisional se realizará por el fedatario público.(Valor de UDI = $ 4.579661 x 1, 500,000 = $ 6, 869,491.50)

Qué se considera que comprende la casa habitación?

Art. 129 RISR.

Para los efectos del artículo 109, fracción XV, inciso a) de la Ley, se considera que la casa habitación del contribuyente comprende además la superficie del terreno que no exceda de tres veces el área cubierta por lasconstrucciones que integran la casa habitación.

Ingresos por enajenación de bienes inmuebles destinados a casa habitación.

Para los efectos de la exención establecida en el artículo 109, fracción XV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en el supuesto de que sólo una parte de la superficie del inmueble sea destinada a casa habitación y la otra se utilice para un fin diverso o no se destinen exclusivamente para el uso habitacional, el Impuesto Sobre la Renta se pagará sólo por la parte queno corresponda a la superficie destinada a casa habitación.

Ahora bien, el artículo 129 del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece que, para los efectos de esta misma exención, la casa habitación comprende de también al terreno donde se encuentre ésta construida, siempre que la superficie del terreno no exceda de tresveces el área cubierta por la construcciones que integran la casa habitación.

Documentos comprobatorios para acreditar que el inmueble es la casa habitación del contribuyente.

Arts. 130 RISR.

Los contribuyentes deberán acreditar ante el Fedatario Público que formalice laoperación, que el inmueble objeto de la operación, es la casa habitación del contribuyente,con cualquiera de los documentos comprobatorios que se mencionan a continuación, siempre que el domicilio consignado en dicha documentación coincida con el domicilio del bien inmueble enajenado:

I. La credencial de elector, expedida por el IFE.

II. Los comprobantes de los pagos efectuados por la prestación de los servicios de energía eléctrica o de telefonía fija.

III. Los estados de cuenta que proporcionan las instituciones que componen el sistema financiero o por casas comerciales o de tarjetas de crédito no bancarias

Documentos a nombre de terceros.

La documentación anterior, deberá estar a nombre del contribuyente, de su cónyuge o de sus ascendientes o descendientes en línea recta

Obligaciones del notario en la enajenación de casa habitación.

Art. 109 frac. XV a) último párrafo.

El Fedatario Público deberá consultar al SAT, a través de su página de Internet,de acuerdo a Reglas de Resolución Miscelánea, si previamente el contribuyente ha enajenado alguna casa habitación durante los cinco años anteriores a la fecha de la enajenación de que se trate, por la que hubiera obtenido la exención prevista en el inciso a) de la fracción XV, del artículo 109 de la LISR, y dará aviso al citado órgano desconcentrado de dicha

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