ENSAYO DEL SEGURO DE EMBARAZADADAS
SOLEZEPEDA2 de Noviembre de 2013
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INTRODUCCIÓN
Una de las prestaciones a las que tiene derecho como trabajadora afiliada al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es el Seguro de Enfermedades y Maternidad, que cubre todos los gastos médicos cuando enfermas o durante y después del embarazo, sin embargo este seguro también es válido si la persona se encuentra pensionada por incapacidad total o parcial permanente, así como por su edad. Cubre los servicios médicos de sus hijos y demás familiares asegurados y cuando es pareja, esposa o viuda de un trabajador asegurado
Para disfrutar de estos derechos como asegurada, es necesario seguir los lineamientos que nos dice la Ley del Seguro Social.
A partir del titulo segundo del régimen obligatorio en el capitulo IV nos habla de las prestaciones a que se tiene derecho como trabajadora afiliada al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es el Seguro de Enfermedades y Maternidad, que cubre todos los gastos médicos cuando enfermas o durante y después del embarazo.
Este seguro también es válido si la persona se encuentra pensionada por incapacidad total o parcial permanente, así como por su edad. Cubre los servicios médicos de sus hijos y demás familiares asegurados y cuando es pareja, esposa o viuda de un trabajador asegurado.
El seguro de enfermedades y maternidad le da derecho a tener prestaciones en especie y en dinero.
Las prestaciones en especie son:
1. Consultas médicas, operaciones y medicinas
2. Hospitalización
3. Aparatos de prótesis y ortopedia
4. Terapias de rehabilitación
Las prestaciones en dinero son:
1. Pensión por invalidez
2. Pensión por vejez
3. Pensión por cesantía en edad avanzada
4. Pensión de viudez
5. Pensión por orfandad
6. Pensión a otros familiares cuando no exista esposo, concubino o hijos
7. Ayuda económica para tu esposo o concubino e hijos
8. Aguinaldo
9. Aumento del pago por pensión
10. Pago de dos años de pensión si te vas a vivir al extranjero
11. Ayuda para gastos de matrimonio
Seguro de maternidad
Este seguro cubre todos los gastos cuando la mujer va a ser madre, durante el embarazo y después del parto. Las prestaciones a las que tiene derecho son atención médica del especialista en obstetricia, ayuda en especie por seis meses para que amamantes a su hijo y una canastilla para el recién nacido.
Como asegurada embarazada también tiene derecho a que durante el embarazo y después del parto le paguen su salario completo mientras disfruta de una licencia por maternidad (dos meses con 24 días) que se divide en dos periodos: 42 días antes del parto y 42 días después del parto.
Seguro de guarderías
Cuando la asegurada es la trabajadora, tiene derecho a inscribir a sus hijos en las guarderías del IMSS para que los cuiden mientras trabaja, los niños podrán asistir a la guardería desde los 43 días de nacidos y hasta que cumplan 4 años de edad. En las guarderías sus hijos tienen derecho a la educación, el aseo, la alimentación, el cuidado de su salud, a jugar y a descansar.
Seguro de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte
Invalidez es cuando una persona ya no puede volver a trabajar porque está enferma y no hay forma de que se alivie. El seguro de vejez se da a las personas que tienen 65 años o más de edad y que ya no pueden seguir trabajando. El pago por cesantía en edad avanzada se le da a los trabajadores mayores de 60 años que han perdido su trabajo pero que han pagado al IMSS sus cuotas mientras trabajaban. Por último, el seguro por muerte se paga a los familiares del asegurado cuando éste muere.
CONCLUSIÓN
Existen varias leyes que nos rigen a través de nuestra constitución, en la actualidad tenemos
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