ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE EMERGENCIAS
jairbarco10 de Junio de 2015
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1. ALCANCE.
Este plan es una herramienta para facilitar la gestión del Instituto de Casas Fiscales del Ejército en las viviendas fiscales del Conjunto Brigada Trece y San Jorge, en la prevención y control de posibles emergencias y a su vez presenta una estrategia para que esta gestión sea definida en planes de acción a corto y mediano plazo. El presente documento es compatible y puede integrarse fácilmente con los organismos de socorro de la zona. 0
1.1 OBJETIVO GENERAL.
Diseñar el plan de emergencias de las viviendas fiscales del Conjunto Brigada Trece y san Jorge con el fin de evitar pérdidas (humanas, materiales y ambientales.) y minimizar el alto impacto económico en eventos asociados a la ocurrencia de una emergencia al interior o inmediaciones de las instalaciones, que afecten directamente el normal desarrollo de las actividades, a través del establecimiento de los lineamientos preventivos, administrativos, y operativos.
1.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS.
1. Identificar y analizar los diferentes factores de riesgo que involucren peligros potenciales que podrían afectar las condiciones socio-ambientales de las viviendas fiscales del Conjunto Brigada Trece y san Jorge
2. Establecer con fundamento en el análisis de riesgos, las bases para la preparación del Plan de Emergencias.
3. Establecer las medidas preventivas y protectoras para los escenarios identificados como posibles generadores de emergencia.
4. Capacitar y entrenar al personal en general en el uso de las medidas correctivas, preventivas y operativas para el éxito en el control y manejo de cualquier situación de emergencia.
5. Dar cumplimiento a los requerimientos señalados en la legislación colombiana en materia de Seguridad e Higiene Industrial (Resolución 1016 de 1989), emergencias y Ley 1523 de 2012 Por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones.
6. Aplicar los procedimientos operativos normalizados (PONS) y administrativos pre establecidos, y en el menor tiempo posible se puedan restablecer las condiciones normales de operación.
7. Brindar las herramientas cognitivas y conductuales necesarias, que permitan una evacuación segura de los usuarios y personas que se encuentran expuestas ha determinado peligro, y su paso a lugares seguros de menor riesgo.
8. Cumplir con los requerimientos sobre emergencias establecidos por las entidades gubernamentales.
1.3 LEGISLACIÓN.
• Constitución Política de Colombia de 1991, Titulo II, capitulo 1 artículo 25. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.
• Ley 9 del 24 enero de 1979, normas para preservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones.
• Ley 352 del 17 de enero de 1997, Seguridad Social para las Fuerzas Militares y Policía Nacional.
• Ley 400 de Agosto de 1997 “Por el cual se adoptan normas sobre Construcciones Sismo resistentes”.
• Ley 46 de noviembre 2 de 1998 “Por el cual se crea y organiza el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, SNPAD”.
• Decreto 614 del 14 de marzo de 1984, “Bases para la organización y administración de la Salud Ocupacional en el país”.
• Decreto 1295 del 27 de junio de 1994, “Organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales.
• Decreto 1609 del 31 de julio de 2003, “Reglamenta el manejo de transporte terrestre automotor de mercancías peligrosas por carretera”.
• Decreto No. 919 de mayo 1 de 1979, “Por el cual se organiza el sistema nacional para la prevención y atención de desastres”. (SNPAD)
• Decreto 93 del 13 de enero de 1998
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