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ESTUDIO COMPARATIVO DE POSIBILIDADES DE LAS INSTITUCIONES DE DERECHOS HUMANOS EN LATINOAMERICA


Enviado por   •  27 de Marzo de 2016  •  Trabajos  •  2.577 Palabras (11 Páginas)  •  267 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA

DIRECCION DE INVESTIGACIONES Y POSTGRADO

PROGRAMA: ESPECIALIZACION EN DERECHOS HUMANOS

SISTEMA NACIONAL DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

ESTUDIO COMPARATIVO DE POSIBILIDADES DE LAS INSTITUCIONES DE DERECHOS HUMANOS EN LATINOAMERICA

Facilitador:

Prof. Lilia Coromoto de Sn F. Irady de Diez

        Autores:

        Elio Josué García Z.         C.I. 9.887.363

        Wilmer M. González M.         C.I. 8.788.077

        Marisela Orta Rivero         C.I. 8.998.057

        Grupo No. 03

        Centro Local Guárico

San Juan de los Morros, Marzo de 2016

INTRODUCCIÓN

Para establecer un estudio comparativo y lograr sistematizar los contenidos normativos que permitan plasmar las perspectivas y posibilidades de la institución de derechos humanos, es prudente tomar como referencia los principios de París, para luego verificar los distintos ordenamientos jurídicos de los países latinoamericanos y proyectar la perspectiva y posibilidad de la institución en su respectivo estado.

A tal efecto, los autores del presente trabajo se apoyarán en una lista de comprobación para evaluar el cumplimiento de los principios de París[1] a tres (3) países latinoamericanos, a saber Colombia, Bolivia y Venezuela, para hacer notar las diferencias comparativas en forma sistemática por un patrón de referencia que permite proyectar las posibilidades y perspectivas de cada uno de los países a ser analizados.

Los principios a ser evaluadas son la competencia de la institución de derechos humanos por mandato de la norma fundamental o el texto legislativo, desde el punto de vista general, de la materia, desde el sujeto y si tiene competencia para conocer hechos anteriores a su configuración como institución. Otro aspecto a avaluar es la autonomía operacional enmarcada en las responsabilidades al prestar asesoramiento y en otras responsabilidades inherentes a la revisión de la situación de los derechos humanos en general, ratificación de instrumentos internacionales y elaboración de informes entre otros.

Por otra parte, otro principio a ser tomado en consideración es la composición de la institución, en cuanto a pluralidad de sus miembros, el nombramiento de los mismos y su destitución. La independencia de la institución en lo que respecta a su autonomía financiera, la inmunidad de sus miembros en el ejercicio de sus funciones y la rendición de cuentas entre otros, forman parte de los principios evaluados, además de las modalidades de funcionamiento que involucran el examen de los asuntos de su competencia, la publicidad de estos asuntos, la estructura orgánica de la institución y el intercambio informativo con otras instituciones nacionales o con organizaciones no gubernamentales que desarrollan su actividad en la esfera de los derechos humanos o en otros ámbitos afines, especialmente en lo que se refiere al fomento de la sensibilización y a la educación.

País Objeto de Estudio: Colombia

Para el estudio de las posibilidades y perspectivas de la Defensoría del Pueblo en Colombia, se tomó como base la Constitución Política  de Colombia del año 1.991 y la Ley 24 del año 1992, siendo este último, el texto legislativo por el cual se establecen la organización y funcionamiento de la Defensoría del Pueblo y se dictan otras disposiciones en desarrollo del artículo 283 de la norma fundamental de ese país.

Al realizar la revisión de la norma fundamental y del texto legislativo antes mencionado se puede observar que el ordenamiento jurídico de Colombia confiere facultades a la Defensoría del Pueblo para la promoción y defensa de los derechos humanos de acuerdo a la Constitución Política de Colombia (1991) en su artículo 282 y de conformidad con el artículo 1 de la Ley 24 (1992), sin expresión taxativa de la clase de derechos humanos a ser promovidos, sin embargo en el literal 6 del artículo 9 ejusdem, insta a la institución a la difusión de los derechos fundamentales, sociales, económicos, culturales, colectivos y del ambiente, lo que hace presumir que la competencia no es de gran amplitud, más aún si se suman las restricciones parciales señaladas en el literal 19 ibídem que lo insta a ser mediador en los conflictos contra el estado.

En cuanto a la autonomía operacional, la Defensoría del Pueblo puede prestar asesoramiento directamente sin necesidad de remisión a otro organismo por iniciativa propia o de oficio en el marco de lo establecido en los numerales 3 y 9 del artículo 9 de la Ley 24 (1992), pudiendo adicionalmente examinar periódicamente la situación de los derechos humanos en general o cuestiones fundamentales, contribuir con los informes que elabore el Estado en materia de derechos humanos e informar periódicamente sobre casos importantes a través de los medios de comunicación entre otros.

En lo que respecta a su configuración, la Defensoría del Pueblo el nombramiento tiene lugar en virtud de un acto oficial con una duración de cuatro (4) años en el cargo, con requisitos que se equiparan a los exigidos al Procurador General de la Nación, sin discriminación taxativa de grupos sociales, organismos no gubernamentales ni de otra naturaleza para su conformación.

Para finalizar, esta institución en Colombia goza de autonomía financiera, siendo la encargada de elaborar su propio presupuesto, posee autonomía jurídica ya que puede examinar cualquier asunto dentro de su ámbito de competencia, lo que proyecta grandes posibilidades de realizar un buen desempeño de las funciones propias de su competencia desde las tres (3) perspectivas, a saber autonomía financiera, operacional y jurídica, sin embargo en comparación con otras instituciones como la Defensoría del Pueblo en Venezuela, el nivel que representa su titular, es de menor jerarquía, ya que en Venezuela el Defensor del Pueblo lidera uno de los poderes públicos que conforman la organización del Estado, mientras que en Colombia está sujeto por mandato constitucional al Procurador General de la nación.

PAÍS OBJETO DE ESTUDIO: Bolivia

La Defensoría del Pueblo es una institución establecida por ley con base constitucional, con autonomía funcional, financiera y administrativa;  es la encargada de velar por la vigencia y el cumplimiento de los derechos y garantías en relación a la actividad administrativa de todo el sector público, así como por la defensa y promoción de los derechos humanos. Entre sus atribuciones podemos mencionar: conocer casos relacionados con la administración de justicia o que constituyan delito (en el ámbito judicial); velar por la pluriculturidad y por los derechos humanos de los pueblos indígenas y por los derechos de las mujeres; por los derechos humanos de las personas en el ámbito militar y policial; y vigilar por la situación de los establecimientos penitenciarios.

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