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El Bien Comun


Enviado por   •  5 de Junio de 2013  •  836 Palabras (4 Páginas)  •  379 Visitas

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Burgoa, Ignacio, 1979, las garantías individuales, editorial Porrúa.

LAS GARANTIAS INDIVIDUALES.

El bien común es, ante todo un concepto sintético o sea implica la aceptación eidética armoniosa de los aciertos de la tesis y de la antítesis teológica del estado. Por ello, no se fundamenta ni en el individualismo ni en el colectivismo. Por tanto para pretender realizar el bien común, en el derecho debe garantizar una esfera mínima de acción a favor del gobernado individual. De esta guisa el bien común se traduce, frente al individuo, en la permisión que el orden jurídico de un estado.

Por ende, para mantener el orden dentro de la sociedad y evitar que esta degenere en caos la norma debe prohibir que la desenfrenada libertad individual origine conflictos entre los miembros del todo social y afecte valores o intereses que a este corresponden. Tal prohibición debe instituirse por el derecho atendido a diversos factores que verdaderamente y de manera positiva la justifiquen.

En este sentido pues el bien común se ostenta como la pendencia esencial del derecho y de la actividad estatal a restringir el desempeño ilimitado de la potestad libertaria del sujeto. El orden jurídico que tienda a conseguir el bien común puede válidamente imponer al gobernado obligaciones que duguit denomina individuales públicas, puesto que las contrae el sujeto a favor del estado o sociedad a la que pertenece. La imposición de tales obligaciones debe tener como limite ético a la esfera mínima de actividad del gobernado.

Según aseveramos con antelación la verdadera igualdad que debe establecer el derecho se basa en el principio que enuncia un tratamiento igual para los iguales y desigual para los desiguales.

La norma jurídica debe facultar al poder estatal para intervenir en las relaciones sociales principalmente en las de orden económico a fin de proteger a la ´parte que está colocada en una situación de desvalimiento. El desiderátum consiste en implantar la igualdad real en la sociedad, no debe ser otra cosa que uno de los fines de orden jurídico estatal y una de las metas de la actividad gubernamental.

El bien común es una síntesis teleológica del orden jurídico estatal. Frente a los bienes colectivos, el bien común debe autorizar la intervención del poder público para preservar los intereses de la comunidad con tendencia a procurar una igualdad real. Cuando dicha justa armonía no se logra imposibilitan la realización del bien común.

El bien común no consiste exclusivamente en la felicidad de los individuos como miembros de la sociedad, ni solo en la protección y fomento de los intereses y derechos del grupo humano, sino en una equilibrada armonía entre las desideratas del hombre como gobernado y las exigencias sociales o estatales.

El reconocimiento que el orden jurídico hace

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