El Derecho En General
Franciscobegazo1 de Febrero de 2013
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TEMA l
El Derecho En General.
1.1- El Derecho Romano
Es una materia fundamental para la formación del jurista moderno, ya que trae las sabias enseñanzas del Derecho de la Roma clásica; es el Derecho que fundamenta la legislación civil de gran parte de Europa y toda América Latina. Este Derecho aunque ya no se encuentra vigente, se sigue invocando en los juzgados, sobre todo cuando el Derecho Positivo tiene lagunas y cuando se requiere reforzar el articulado del Código Civil con las doctrinas de Alpino, Paulo, Modestito y demás jurisconsultos.
1.2- El Derecho en General . Su Origen
Durante los siglos previos a la expansión romana, en la península Itálica habitaron pueblos de origen diverso. Muchos de ellos se habían establecido en la región desde la prehistoria (los pueblos que, de manera conjunta, son denominados itálicos, así como los ligures y los etruscos); algunos otros, como los galos, habían llegado en el siglo V a.C. desde el Norte ocupando el valle del río Po hasta buena parte del litoral Adriático (Ínsubros, Bocios, Senones).
1.3- SU IMPORTANCIA Y DIVISIÓN
Su importancia reside en que sigue resultando la base de la formación jurídica, y como un modelo a tomarse en cuenta, observando la lógica jurídica que utilizaban los romanos en su aplicación, y un poderoso auxiliar para el estudio del derecho de nuestro país, que nace en la obra grandiosa de la codificación napoleónica, basada principalmente en el derecho romano. Se divide en Derecho Público, que es aquel que beneficia a la comunidad y regula las relaciones que son provechosas para el común de las gentes. Tiene una conexión muy marcada con las instituciones que controlan y organizan la sociedad, que buscan el bien común; y Derecho Privado, es aquel que les corresponde a los particulares. Tiene relación con la colectividad ya que en él radica el bien común, la libertad privada nace cuando lo hace la propiedad privada y el derecho patrimonial (la propiedad) es el nervio de todo el Derecho Privado.
División del Derecho Romano
El derecho se divide en dos grandes partes El Derecho Público , Derecho Privado
Derecho Privado Se subdivide en derecho civil, Jus Naturales, Jus Pentium y Jus Civiles.
Los Poderes Publico Tiene por Objetivo las relaciones entre los particulares.
Fuente del Derecho
Se impone distinguir la fuente del Derecho Escrito y las del Derecho no Escrito.
El Derecho Escrito Tiene origen siguiente las leyes o decisiones votadas por el pueblo , en las comicios , a propuestas de un magistrado senador
Derecho no Escrito Tiene una fuente la Costumbre
FUENTES DEL DERECHO ROMANO:
Concepto de fuente formal de derecho
Se llama Fuente de Derecho, a todo aquello que origina la aparición de una norma jurídica. Se habla de fuente porque se piensa que de ella nacen o aparecen las normas jurídicas.
Hay dos clases de fuentes: las materiales y las formales.
Las materiales de derecho es todo aquello que influye sobre el legislador para que la norma tenga determinado contenido y no otro. Cada vez que alguien dicta una norma jurídica, actúa bajo la influencia de muchos condicionantes; algunos de carácter personal e intimo, otras de carácter social.
Estas fuentes materiales, no son objeto de nuestro estudio, sino de ciencias sociales.
Las formales son las maneras en que la norma jurídica llega a conocimiento de la comunidad. En el mundo de hoy, las fuentes formales de derecho son la ley, la jurisprudencia y en muy pocos casos, la costumbre.
1.4 - SU UTILIDAD
De forma concreta, se utiliza para designar la compilación de la ley conocida como Corpus Iuris Civiles, también llamado Código de Justiniano, realizado bajo los auspicios del
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