El Procedimiento Legislativo En Materia De Ley De Ingresos, Presupuesto De Egresos De La Federación Y Procedimiento Para La Fiscalización Superior De La Cuenta Pública.
mastervicio21 de Agosto de 2013
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El Procedimiento Legislativo en Materia de Ley de Ingresos, Presupuesto de
Egresos de la Federación y
Procedimiento para la Fiscalización
Superior de la Cuenta Pública.
Índice General.
Contenido Página
Introducción 3
PRIMERA PARTE. LA PLANEACION DEL DESARROLLO NACIONAL Y SU VINCULACION CON LA LEY DE INGRESOS Y EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN. 5
1. La Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación en la planeación del desarrollo nacional. 6
2. La etapa administrativa del programa presupuestario. 11
SEGUNDA PARTE. EL PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO EN MATERIA DE LEY DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN. 14
3. La etapa legislativa de la aprobación del programa presupuestario. 15
3.1. La presentación y aprobación de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación. 16
3.2. La votación para aprobar la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la
Federación. 17
3.3. Las hipótesis relacionadas con la aprobación de la iniciativa de Ley de Ingresos de la
Federación. 19
3.4. Las hipótesis relacionadas con la aprobación del proyecto de Presupuesto de
Egresos de la Federación. 26
3.5. La síntesis de la fase administrativa y legislativa de la Ley de Ingresos y el
Presupuesto de Egresos de la Federación. 28
4. El procedimiento legislativo en materia presupuestaria en el marco de los gobiernos sin mayoría. 30
5. Las rigideces que aún persisten en el procedimiento legislativo en materia de Ley de
Ingresos y Presupuesto de Egresos de la Federación. 33
5.1. La facultad expresa para que el Ejecutivo Federal observe o no el Presupuesto de
Egresos de la Federación. 33
5.2. La reconducción presupuestaria. 36
5.3. El calendario para la aprobación del paquete económico cuando el titular del
Ejecutivo Federal inicia su encargo. 39
5.4. El calendario para la aprobación del paquete presupuestario cuando se renueva la totalidad de la Cámara de Diputados. 41
TERCERA PARTE. EL PROCEDIMIENTO EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LA CUENTA PÚBLICA. 43
6. La fiscalización superior de la Cuenta Pública. 44
6.1. El procedimiento para la revisión de la Cuenta Pública. 46
6.2. Las propuestas para reducir el calendario del procedimiento en materia de fiscalización superior de la Cuenta Pública. 49
6.3. El marco institucional de la fiscalización externa. 51
6.4. Los avances en materia de fiscalización superior alcanzado por la reforma constitucional del 2008. 52
Conclusiones. 57
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Introducción.
Los procedimientos legislativos en materia de Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos de la Federación, así como el procedimiento para revisar la Cuenta Pública son complejos, porque de acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución), el desahogo de sus diferentes fases recaen en dos poderes: el Ejecutivo Federal y una o ambas Cámaras que conforman el Congreso de la Unión.
El objetivo de esta investigación es identificar las facultades que tienen estos actores y el calendario al que deben constreñirse para llevar a cabo el procedimiento legislativo relacionado con la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación y el procedimiento para la fiscalización superior de la Cuenta Pública.
La investigación se desarrolla en tres partes:
En la primera, se vincula la planeación del desarrollo nacional con el paquete económico, éste último integrado por los Criterios Generales de Política Económica, la miscelánea fiscal, la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación. Desde una óptica piramidal, las proyecciones de las variables macroeconómicas contenidas en los Criterios Generales y la aprobación por parte del Congreso de la Unión de la miscelánea fiscal, son condiciones sine qua non para la aprobación de la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación.
En la segunda parte, en términos del artículo 74 Constitucional, fr. IV en relación con el artículo 42 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), se expone el procedimiento legislativo en materia de Ley de Ingresos y de Presupuesto de Egresos de la Federación, que empieza el 8 de septiembre del año anterior al inicio del ejercicio fiscal:
‰ En materia de Ley de Ingresos, la Constitución faculta al Ejecutivo Federal para presentar esta iniciativa ante la Cámara de Diputados; mientras que, la aprobación, previo examen, discusión, y, en su caso, modificación de la iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal corre a cargo de ambas Cámaras que integran el Congreso de la Unión. Este proyecto debe estar aprobado por la Cámara de Diputados a más tardar el 20 de octubre del año anterior al inicio del ejercicio fiscal y por la Cámara de Senadores a más tardar el 31 de octubre del año anterior al inicio del nuevo ejercicio fiscal.
‰ En materia de Presupuesto de Egresos, la Constitución faculta al Ejecutivo Federal para presentar esta iniciativa ante la Cámara de Diputados; mientras que, la aprobación, previo examen, discusión, y, en su caso, modificación del proyecto enviado por el Ejecutivo Federal es facultad exclusiva de la Cámara de Diputados, quién tiene que aprobarlo a más tardar el 15 de noviembre del año anterior al inicio del nuevo ejercicio fiscal.
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‰ El Ejecutivo Federal, si no tuviera observaciones que realizar a ambas
resoluciones, las publicará a más tardar 20 días naturales después de sus respectivas aprobaciones.
En la tercera parte, se expusieron los actores que intervienen en cada una de las fases que componen el procedimiento en materia de fiscalización superior de la Cuenta Pública, el cual es ex post al ejercicio del gasto público, se desahoga de la siguiente manera:
‰ La presentación de la Cuenta Pública corre a cargo del Ejecutivo Federal, quién la presentará a la Cámara de Diputados a más tardar el 30 de abril del año siguiente al ejercicio fiscal correspondiente; su revisión es facultad exclusiva de la Cámara de Diputados a través de la entidad de fiscalización superior de la Federación. La Auditoría Superior de la Federación, a través de la Comisión de Vigilancia, rendirá el informe del resultado de la revisión de la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados, o a la Comisión Permanente, a más tardar el 20 de febrero del año siguiente al de su presentación. La Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública someterá a votación del Pleno de la Cámara de Diputados el dictamen correspondiente, a más tardar el 30 de septiembre del año siguiente al de su presentación, con base en el análisis de su contenido y en las conclusiones técnicas del informe del resultado de la entidad de fiscalización superior de la Federación.
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PRIMERA PARTE:
LA PLANEACION DEL DESARROLLO NACIONAL Y SU VINCULACION CON LA LEY DE INGRESOS Y EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN.
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1. La Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación en la planeación del desarrollo nacional.
Existen diversos factores que explican la intervención del Estado en la Economía:
“La necesidad de resolver los problemas provocados por los dos conflictos bélicos mundiales modificó el papel del Estado, a sus funciones primordiales de dar satisfacción a las necesidades esenciales de defensa nacional, mantenimiento de la seguridad pública, gestión de las relaciones exteriores, preservación del orden jurídico, regulación
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