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El Referendum


Enviado por   •  23 de Mayo de 2014  •  1.554 Palabras (7 Páginas)  •  170 Visitas

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Se analizara los términos establecidos en la Ley No. 8492, la cual regula la puesta en práctica del referéndum y se hace un análisis propio de lo que quedó contenido en la ley.

Se analiza la importancia del primer referéndum en Costa Rica, la participación y aprobación del mismo por parte de los ciudadanos costarricenses. Estableciendo la importancia, los procedimientos legales en los cuales se debe bazar un referéndum para que sea aprobado; las prohibiciones y las fechas en que se puede realizarse el mismo.

Es de gran importancia para nuestra democracia, la reforma del artículo 9 de la constitución política, el cual demuestra el respeto al parámetro democrático y a la forma de gobierno de participación que nos conlleva a estructuras de democracia participativa directa.

REFERÉNDUM (Ley No. 8492)

DEFINICIÓN DE REFERÉNDUM: Es un sistema por el cual el pueblo participa de la actividad constitucional legislativa o administrativa colaborando directamente por medio del sufragio en la formulación o reforma de la norma constitucional o legislativa o en la formación del acto administrativo. La decisión popular podrá quedar Jurídicamente independiente o ser vinculada específicamente a un acto estatal, presentándose como una condición suspensiva o resolutiva de su eficacia.

El referéndum es el mecanismo de democracia semidirecta por antonomasia y en la actualidad complementa el régimen de democracia representativa, potenciando la intervención directa del cuerpo electoral.

En su contenido esencial la Democracia participativa trata de un proceso ampliamente deliberativo para llegar a decisiones ciudadanas reforzadas, apoyadas por puntos de vista que pueden ser profesionales o de experto o de simple sensibilidad e interés de los individuos. De ningún modo el enfoque debe ser utilitarista del ciudadano para ratificar lo que los poderes buscan8. En palabras simples, son alternativas dispuestas por el sistema político para alcanzar mayores compromisos en sociedad.

Si la democracia representativa es satisfactoria y articula los intereses de la mayoría y no de grupos particulares, el Contrato Social se mantiene vigente, si además esa democracia está nutrida con instrumentos como: las consultas, los referendos, los plebiscitos y otras formas de participación, el sistema se reproduce, reconduce y retro alimenta constantemente. El problema se daría al no disponer el sistema de Democracia representativa de herramientas idóneas en una crisis política, de ahí que, se ideen formas como las antes dichas u otras como la revocatoria de mandato, las elecciones anticipadas, la pérdida de credenciales, entre otras.

Ciertamente la participación es la antítesis de la abstención. Nuestro último proceso eleccionario de febrero de 2006 arrojó más de 34% de absentismo, el más alto en los últimos procesos cívicos, lo cual nos indica que la participación se hace necesaria para evitar rupturas, por eso se dice que la Democracia participativa constituye el enriquecimiento permanente de la Democracia representativa y no al revés. Dar cabida a la primera es un modo de permitir mayor pacto con la gente, mejores diálogos y mejor diseño de los asuntos públicos. Sin embargo, reconocemos que la Democracia representativa sigue siendo un modelo universal satisfactorio a condición de que sepa adaptarse para responder a las exigencias de todos los miembros de la sociedad. Una y la otra se pueden engrandecer y consolidar mejorando la gobernabilidad, pues, evidentemente, su valor se localiza en que el país dispondría de un arsenal suficiente para ser usado según los requerimientos de la situación actual, sea ésta política, social o económica. En la tradición de democracia liberal, la democracia directa o semidirecta se plantea exclusivamente como un complemento de la democracia representativa, sea bajo régimen presidencial o parlamentario. Se trataría simplemente de intercalar en el sistema político el uso del referéndum, el plebiscito, la revocatoria de mandato, la iniciativa popular u otras análogas como forma de “perfeccionar” democráticamente dicho régimen, en decisiones políticas de trascendencia para la sociedad.

El referéndum es un procedimiento para tomar decisiones por el cual los ciudadanos ejercen el derecho de sufragio para decidir acerca de una propuesta de resolución mediante la expresión de su acuerdo o desacuerdo. Para llegar al acuerdo tiene que haber mayoría absoluta entre los votos.

El resultado del mismo puede ser obligatorio (vinculantes), o no obligatorios (consultivos). Un referéndum consultivo puede dejar la interpretación del voto al poder legislativo (como el referéndum sobre la Constitución Europea en España). Su obligatoriedad puede basarse en el coste político que supondría no obedecerlo y no en una obligación legal. Un referéndum obligatorio es posible sólo en algunos países y sobre algunos temas, y un cierto tamaño del electorado participante muchas veces es también un requisito previo.

EL REFERÉNDUM SEGÚN SU OBJETO

• Referéndum de independencia: Si el objeto es la declaración de independencia.

• Referéndum constitucional: Si el objeto es tema relacionado con una constitución.

• Referéndum legal: Si el objeto está relacionado con una ley.

• Referéndum revocatorio: Si el objeto es revocar un mandato de elección popular.

EL REFERÉNDUM SEGÚN SU FUNDAMENTO

• Referéndum obligatorio o preceptivo: Si el fundamento de su celebración es la exigencia propia del ordenamiento.

• Referéndum facultativo: Si el fundamento es la convocatoria de un órgano concreto. En caso de ser además consultivo la figura se aproximaría al concepto de plebiscito

• Referéndum decisorio: Cuando el resultado se hace efectivo y vinculante.

• Referéndum

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