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El Tribunal Constitucional Peruano


Enviado por   •  26 de Abril de 2011  •  2.469 Palabras (10 Páginas)  •  1.503 Visitas

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SOBRE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

¿Qué es el Tribunal Constitucional?

Es el órgano de control de la constitucionalidad, autónomo e independiente. (Art. 202° de la Constitución Política del Perú, Art. 1° Ley Orgánica del Tribunal Constitucional N° 28301

Qué significa que el Tribunal Constitucional sea el órgano de control de la constitucionalidad?

Significa que al Tribunal Constitucional se le ha confiado la defensa del principio de supremacía constitucional, es decir, que como supremo intérprete de la Constitución, cuida que las leyes o actos de los órganos del Estado no socaven lo dispuesto por ella. Interviene para reestablecer el respeto a la Constitución en general y de los derechos constitucionales en particular

¿A través de qué atribuciones el Tribunal Constitucional ejerce la función de control de la constitucionalidad?

Fundamentalmente a través del proceso de inconstitucionalidad, pero además, a través de los recursos de agravio constitucional en procesos de hábeas corpus, amparo, hábeas data y acción de cumplimiento, y, a través de los conflictos de competencia y de atribuciones

Por qué es autónomo e independiente?

Porque en el ejercicio de sus atribuciones no depende de ningún órgano constitucional, se encuentra sometido sólo a la Constitución y a su Ley Orgánica

Cuáles son los órganos constitucionales?

Los poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil, el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo

Cuántos miembros tiene el Tribunal Constitucional y por quién son elegidos?

El Tribunal se compone de siete miembros elegidos por el Congreso de la República por un período de cinco años

¿Qué atribuciones tiene el Tribunal Constitucional?

Sus atribuciones están fijadas en el artículo 202º de la Constitución Política, según el cual, el Tribunal resuelve:

1. El proceso de inconstitucionalidad.

2. El proceso de conflicto constitucional de competencia o de atribuciones.

3. Los recursos de agravio constitucional en última instancia, en los procesos de hábeas corpus, amparo, hábeas data y de cumplimiento

SOBRE LOS PROCESOS CONSTITUCIONALES:

¿Cuáles son los procesos constitucionales?

La Constitución los denomina en su artículo 200º como "Acciones de Garantía". Sin embargo, desde un punto de vista más estricto, científico procesal y conforme al Código Procesal Constitucional, se trata de procesos constitucionales. Estos son siete:

• Proceso de Hábeas Corpus

• Proceso de Amparo

• Proceso de Hábeas Data

• Proceso de Cumplimiento

• Proceso de Inconstitucionalidad

• Proceso de Conflicto de Competencia o de Atribuciones (Art. 202º, inciso 3, de la Constitución).

• Proceso de Acción Popular

¿Cómo se clasifican los procesos constitucionales?

En atención al objeto de protección de cada uno de ellos, existen tres clases de procesos constitucionales:

1. Procesos de tutela de derechos.- Tienen por objeto la tutela jurisdiccional de los derechos constitucionales y son los siguientes: proceso de hábeas corpus, amparo, hábeas data y proceso de cumplimiento (acción de cumplimiento).

2. Procesos de control normativo.- Tienen por objeto proteger jurídicamente la primacía de la Constitución respecto a las leyes o normas con rango de Ley, en el caso del proceso inconstitucionalidad, y de la primacía de la Constitución y de la ley respecto al resto de normas de jerarquía inferior a la ley, en el caso del proceso de acción popular. En ambos procesos es el orden jerárquico de las normas (principio de jerarquía de las normas) de nuestro sistema jurídico el que constituye el objeto de protección de esta clase de procesos (sistema de fuentes proscrita por nuestra Constitución Política).

3. Proceso de conflicto competencial.- Tiene por objeto la protección de las competencias que la Constitución y las leyes orgánicas atribuyen a los poderes del Estado, órganos constitucionales y a los gobiernos regionales y locales (municipalidades). Está comprendido únicamente por el proceso de conflictos constitucionales o de atribuciones.

4. ¿Cuáles son los procesos constitucionales en los que el Tribunal Constitucional tiene competencia?

5. El Tribunal Constitucional tiene competencia exclusiva para conocer los procesos de inconstitucionalidad y el proceso de conflicto de competencia y/o de atribuciones. En los procesos de tutela de derechos (hábeas corpus, amparo, hábeas data y de cumplimiento) conoce solamente en última instancia a través del denominado recurso de agravio constitucional, pues la primera y segunda instancia se sustancian ante el Poder Judicial a través de sus Juzgados y Salas competentes

6. ¿Cuáles son los procesos constitucionales en los que el Poder Judicial tiene competencia?

7. El Poder Judicial tiene competencia exclusiva para conocer el proceso de acción popular.

También tiene competencia para conocer, en primera y segunda instancia, los procesos de tutela derechos (hábeas corpus, amparo, hábeas data y de cumplimiento).

8. SOBRE EL PROCESO DE HÁBEAS CORPUS

9. ¿Cuándo procede el hábeas corpus?

10. Cuando se vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos constitucionales conexos con ella por una autoridad, funcionario o persona, sea por acción u omisión. En esta vía se protege derechos como la libertad de conciencia y de religión, el derecho a no ser violentado para obtener declaraciones, no ser exiliado o desterrado o confinado sino por sentencia firme, no ser secuestrado, no ser detenido por deudas, entre otros. Asimismo, también se protegen los derechos conexos con la libertad especialmente cuando se trata

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