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El acoso en el lugar de trabajo


Enviado por   •  27 de Mayo de 2014  •  Tutoriales  •  4.319 Palabras (18 Páginas)  •  215 Visitas

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ACOSO LABORAL

"Toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado o trabajador por parte de un empleado, jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo o inducir la renuncia del mismo”

La Ley 1010 de 2006, fue creada con el fin de combatir el acoso laboral y proteger tanto al empleado como a los empleadores. El acoso laboral es un problema que se ha vuelto muy común en el entorno laboral y cuyo principal problema está en el hecho de que sus víctimas no son conscientes que lo padecen hasta que es muy tarde.

La ley deja muy claro cuales son las modalidades bajo las cuales se presenta el acoso laboral, ellas son: maltrato, persecución, discriminación, entorpecimiento, inequidad y desprotección laboral. También se establecen cuales son las conductas atenuantes, las circunstancias agravantes y las personas a las cuales dicha ley cobija.

Las conductas que se presumirán acoso laboral, siempre y cuando puedan ser demostradas son:

a. Actos de agresión física

b. Injurias y expresiones ultrajantes sobre la persona con referencia a aspectos de raza, género, origen familiar o nacional, preferencias políticas o estatus social.

c. Comentarios hostiles y humillantes de descalificación profesional expresados en público

d. Expresar en presencia de compañeros de trabajo amenazas de despidos injustificadas.

e. Denuncias disciplinarias de cualquiera de los sujetos activos del acoso, cuya temeridad quede demostrada por el resultado de respectivos procesos disciplinarios

f. Descalificación humillante de propuestas u opiniones profesionales en presencia de los compañeros de trabajo.

g. Las burlas sobre la apariencia física o forma de vestir hechas en público.

h. Alusión pública a hechos pertenecientes a la intimidad de las personas

i. Imponer deberes que son extraños a las obligaciones laborales, exigencias abiertamente desproporcionadas sobre el cumplimiento de la labor encomendada y el brusco cambio de lugar de trabajo o de la labor contratada sin ningún objetivo relacionado con las necesidades de la empresa.

j. Exigencia de laborar en horarios excesivos respecto a la jornada laboral contratada, los cambios sorpresivos de turno laboral y la exigencia permanente de laborar en dominicales y días festivos sin ningún fundamento respecto a las necesidades de la empresa o en forma discriminatoria respecto a los demás empleados.

k. El trato discriminatorio respecto a los demás empleados en cuanto al otorgamiento de derechos y prerrogativas laborales y la imposición de deberes laborales.

l. Negativa a suministrar materiales e información absolutamente indispensable para el cumplimiento de la labor

m. Negativa injustificada a otorgar permisos, licencias por enfermedad, licencias ordinarias y vacaciones, cuando se dan las indicaciones legales, reglamentarias o convencionales para pedirlos.

n. Envío de anónimos, llamada telefónicas y mensajes virtuales con contenido injurioso, ofensivo o intimidatorio o el sometimiento a una situación de aislamiento social

La ley establece también sobre aquellas conductas que no constituyen acoso laboral, así como las medidas preventivas y correctivas del acoso que deberán, a partir de ahora, estar consignadas en los reglamentos internos de las empresas.

También se estableció una serie de sanciones para quienes mantengan esta tendencia. Las sanciones van desde investigación disciplinaria si es funcionario público y multas hasta de 10 salarios mínimos legales vigentes cuando se trata del sector privado. Las situaciones de acoso laboral, de acuerdo con la ley, se pueden poner en conocimiento de los Inspectores de Trabajo con jurisdicción en el lugar de los hechos, los Inspectores Municipales de Policía o la Defensoría del Pueblo.

ACOSO LABORAL

El acoso laboral se debe entender como toda conducta que se ejerza sobre un trabajador y tenga como fin intimidar, infundir miedo, angustia, generar desmotivación hacia el trabajo e inducir a la renuncia.

¿Qué hacer frente al acoso laboral?

Por Alfonso Villota

El ambiente de trabajo no siempre es el más agradable. Muchas personas tienen que soportar un pésimo ambiente laboral debido al hostigamiento al que se ven sometidos por parte de jefes o compañeros de trabajo. Sin embargo, usted no está obligado a aguantar esta situación.

Este tipo de conductas están prohibidas por una ley que busca evitar un abuso en las relaciones laborales.

En Colombia el desconocimiento de las leyes que rigen a los trabajadores en muchas ocasiones evitan que estos puedan hacer valer unas condiciones mínimas que retribuyan el esfuerzo invertido durante la relación laboral.

Tenga presente que así como es factible reclamar pagos mal realizados, cesantías, pensión o cualquier otro tipo de derecho pendiente, también es posible proteger un ambiente sano de trabajo.

Esto se consagra en la Ley 1010 de 2006 denominada acoso laboral, la cual tiene como fin prevenir y sancionar las diversas formas de agresión o maltrato que puedan resultar en las relaciones laborales.

De esta manera, a través de esta ley es posible sancionar a quienes aprovechando su jerarquía en la empresa actúen de manera mal intencionada buscando entorpecer las funciones de los trabajadores.

¿Cuáles son las modalidades de acoso?

El acoso laboral se debe entender como toda conducta que se ejerza a un trabajador por parte de compañeros de trabajo, jefe inmediato, incluso de parte de un subalterno, que tenga como fin intimidar, infundir miedo, angustia, generar desmotivación hacia el trabajo e inducir a la renuncia de éste.

Así mismo, la ley contempla las formas específicas de acoso al trabajador que son:

Maltrato laboral: Aquí se incluyen todas las acciones tanto físicas como verbales contra el trabajador que vulneren sus derechos y que generen menoscabo de la autoestima y dignidad de quien es objeto de estos. Por consiguiente no valen los insultos, la discriminación y mucho menos la agresión física.

Persecución laboral: Aquí se incluyen todos los actos que usando como excusa las funciones del trabajador busquen hacer sus labores más pesadas, tal es el caso de cargas excesivas de trabajo, la descalificación de su labor o cambios permanentes de horario. Lo anterior, según la ley, se entiende como persecución.

Discriminación laboral: El trato

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