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El derecho público


Enviado por   •  30 de Junio de 2013  •  Ensayos  •  2.248 Palabras (9 Páginas)  •  287 Visitas

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El derecho público

Es la rama del derecho que se encarga de regular las relaciones entre las personas y las entidades privadas con los órganos que ejercen el poder público, siempre que éstos actúen en ejercicio de sus legítimas potestades públicas y según lo que la ley establezca.

En otras palabras, el derecho público es el ordenamiento jurídico que regula los vínculos de subordinación y supra ordenación entre el Estado y los particulares. En el caso de las relaciones entre los órganos estatales, las relaciones pueden ser de subordinación, supra ordenación o coordinación.

Es importante tener en cuenta que, en la práctica, no existen divisiones tajantes entre las distintas ramas del derecho, sino que todas se interrelacionan. De todas formas, es posible establecer varias diferencias entre el derecho público y el derecho privado.

En el derecho público, las normas son imperativas; en cambio, en el derecho privado, las normas son dispositivas y actúan cuando no hay un acuerdo o un contrato previo entre las partes.

Por otra parte, la relación más usual en el derecho público es de desigualdad (el poder público está en una posición soberana, lo que se conoce como imperium), mientras que, en el derecho privado, las relaciones son de igualdad.

Por último, hay que destacar que, en el derecho público, las normas persiguen la consecución de un interés público. En el derecho privado, las normas tienden a favorecer los intereses particulares de las personas.

La seguridad jurídica en el derecho público está dada por el principio de legalidad, que implica que el ejercicio de las potestades debe sustentarse en normas jurídicas determinadas por un órgano competente y por las materias que se encuentran bajo su jurisdicción.

El derecho privado

Se encarga de regular las relaciones entre los particulares que son planteadas en su propio nombre y beneficio. Se trata de una rama del derecho constituida por el derecho civil y el derecho mercantil, entre otras.

El derecho civil regula las relaciones privadas de los ciudadanos entre sí, por lo general para proteger los intereses de la persona en el orden moral y patrimonial. El derecho mercantil o derecho comercial, por su parte, se ocupa de la regulación de las relaciones vinculadas a las personas, los actos, los lugares y los contratos del comercio.

El derecho privado puede ser opuesto, con fines analíticos, al derecho público, que estudia el ordenamiento jurídico de los vínculos entre los ciudadanos y el poder público, y entre los distintos organismos del poder público entre sí.

De todas maneras, es importante tener en cuenta que, más allá de regir las relaciones entre particulares, el derecho privado también regula las relaciones entre los ciudadanos y el Estado en los casos en que éste actúa como particular y no ejerce su potestad pública.

La separación entre derecho privado y derecho público ha ido desapareciendo con el tiempo, en especial a partir de que la administración pública comenzó a externalizar varias de sus actividades en sociedades sujetas al derecho privado.

Los principios fundamentales del derecho privado son la autonomía de voluntad (cada una de las partes persigue sus propios intereses) y el principio de igualdad (los sujetos de derecho se encuentran en una plano de igualdad en el marco de los actos privados).

Fuentes del derecho

La Ley

Se puede definir la ley como la norma dictada por la autoridad competente, con las debidas formalidades, de carácter común, justa, estable y suficientemente promulgada.

La Costumbre

Desde el punto de vista jurídico llamamos costumbre a la norma de conducta nacida de la reiterada y constante práctica social, y considerada como obligatoria por la comunidad.

La costumbre sólo regirá en defecto de ley aplicable, siempre que no sea contraria a la moral, al orden público y que resulte probada.

La costumbre ha de ser alegada y aprobada por parte de quien la invoque ante los tribunales, puesto que éstos no están obligados a conocerla.

La Doctrina

En tanto que puede influir en la adopción de normas o criterios de interpretación.

Los Principios generales del Derecho

Son aquellas ideas y fundamentos que, sin estar escritos, constituyen la base del ordenamiento jurídico e inspiran la elaboración de las leyes.

En el Código Civil se dice: << Los principios generales del Derecho se aplicarán en defecto de ley o de costumbre, sin perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico.>>

Los principios generales del Derecho actúan en una doble vertiente; por un lado, actúan cuando no existe ley o costumbre aplicables, por otro, permiten un recto entendimiento de las normas mediante elementos de ética, equidad, lógica y sentido de la realidad y de la justicia.

La Jurisprudencia

Se denomina Jurisprudencia a los criterios que de modo reiterado manifiesta el Tribunal Supremo en sus sentencias. El Código Civil establece que <<complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que de modo reiterado establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho>>.

Para que exista Jurisprudencia no basta con una única sentencia sino que son necesarias reiteradas resoluciones de idéntica índole dictadas por el Tribunal Supremo.

La Jurisprudencia del Tribunal Supremo sirve como pauta de interpretación en las actuaciones de los jueces y tribunales inferiores que, en sus sentencias, se cuidarán de no contradecir las sentencias del más alto tribunal, ya que, de no hacerlo así, el particular insatisfecho podría interponer recursos alegando la infracción de la doctrina interpretativa del mencionado tribunal.

Clasificación

Directas:

Cuando encierran en si las normas jurídicas aplicables (ley, costumbre) se refiere a las fuentes jurídicas según que estas contengan las normas en sí misma. Serán directas las que contienen, verbi gratia: la constitución, la ley, los reglamentos, las ordenanzas, entre otros.

Indirectas:

Cuando, sin contener en si misma las normas jurídicas, ayudan a interpretarlas, aplicarlas,

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