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El proceso judicial de divorcio


Enviado por   •  22 de Octubre de 2012  •  Trabajos  •  2.780 Palabras (12 Páginas)  •  1.010 Visitas

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PROLEGAL

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Calle Federico Velázquez No.108, Apto. 302, Edif. Maxy, Villa María, Santo Domingo, D. N., República Dominicana Telefax.: 684-0038 E-mail.:firmaprolegal@hotmail.com Especialidad:

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AL : Juez de la Sala No. 1, de la Cámara de lo Civil y Comercial del

Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo.

ASUNTO : ESCRITO DE AMPLIATORIO DE CONCLUSIONES DE LA PARTE

DEMANDANTE EN DEMANDA EN DESIGNACIÓN DE

SECUESTRARIO JUDICIAL.

DEMANDANTE : YOLANDA ALTAGRACIA MENA POPOTEUR

ABOGADO : LIC. MÁXSIMO G. ROSARIO HEREDIA.-

LIC. GONZALO ERIZARDO WALTERS.-

DEMANDADO : ADALBERTO MATOS CUELLO

REFERENCIA : EXPEDIENTE: 06-00017

FALLO RESERVADO.- Última Audiencia: 10/02/2006

HONORABLE MAGISTRADO:

Quien suscribe, LIC. MÁXSIMO G. ROSARIO HEREDIA y LIC. GONZALO ERIZARDO WALTERS, dominicanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad y electoral números 001-0562734-3 y 086-0000913-1, respectivamente, , Abogados de los Tribunales de la República, con domicilio abierto en el Estudio Profesional PROLEGAL, sito, en la calle Federico Velázquez No.108, Apto. 302. Edif. Maxy, del sector Villa María, Santo Domingo, Distrito Nacional, teléfono 809-684-0038 y con domicilio Ad-hoc en la secretaría del Tribunal, actuando a nombre y representación de , Abogados de los Tribunales de la República, con domicilio abierto en el Estudio Profesional PROLEGAL, sito, en la calle Federico Velázquez No.108, Apto. 302. Edif. Maxy, del sector Villa María, Santo Domingo, Distrito Nacional, teléfono 809-684-0038 y con domicilio Ad-hoc en la secretaría del Tribunal, en la presente DEMANDA EN DESIGNACIÓN DE SECUESTRARIO JUDICIAL en contra de ADALBERTO MATOS CUELLO tienen a bien presentar FORMAL ESCRITO AMPLIATORIO DE CONCLUSIONES, según las consideraciones de hecho y de derecho siguientes:--------------------------------------------------------------------------------

POR CUANTO: A que mediante Acto No.72/2006, de fecha 17/01/2006 del ministerial Domingo Matos, Alguacil de Estrados de Tercera Sala del Juzgado de Trabajo del Distrito Nacional, contentivo de Demanda en Designación de Administrador Secuestrario Judicial, a requerimiento de nuestra representada señora YOLANDA ALTAGRACIA MENA POPOTEUR, fue emplazado ADALBERTO MATOS CUELLO a comparecer ante este Honorable Tribunal a la audiencia de fecha 23 de enero del año 2006, a las nueve horas de la mañana (9:00 A. M.), celebrando también dicho tribunal dos audiencias posteriores en fecha 2 y 10 de febrero del 2006, respectivamente.--------------------------------------------------------------------

POR CUANTO: A que la señora YOLANDA ALTAGRACIA MENA POPOTEUR y el señor ADALBERTO MATOS CUELLO, estuvieron casados desde el día primero (1ro.) del mes de septiembre del año dos mil uno (2001), según consta en el acta de matrimonio número:1596, libro:16, folio:96 del año:2001, expedida por el Oficial del Estado Civil de la Cuarta Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha diez de enero del año 2003;---------------

POR CUANTO: A que en fecha once (11) del mes de marzo de año dos mil cinco (05) la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo dictó la Sentencia Civil No.982 mediante la cual admitió el divorcio por Incompatibilidad de Caracteres entre los señores YOLANDA ALTAGRACIA MENA POPOTEUR y ADALBERTO MATOS CUELLO, siendo transcrita dicha sentencia y pronunciado dicho divorcio por el Oficial del Estado Civil de la Cuarta Circunscripción del Municipio Santo Domingo Este, bajo el Acta No.255, Folios No.109 y 110, Libro No.3, en fecha diecisiete (17) del mes de agosto del año dos mil cinco (2005), publicándose el aviso de divorcio en el Periódico El Nuevo Diario en la Edición No.7802, del día veinte (20) de agosto del año dos mil cinco (2005), en la página No.9;-------------------------------------------------

POR CUANTO: A que la señora YOLANDA ALTAGRACIA MENA POPOTEUR y el señor ADALBERTO MATOS CUELLO, en su vida conyugal en común fomentaron una fortuna sólida, producto de su trabajo en común, los cuales bienes inmuebles consisten en: “1) EL APARTAMENTO NO.2-B, LA SEGUNDA PLANTA, CON UN ÁREA DE CONSTRUCCIÓN DE:118.00M2, PROVISTO DE: INTERCOMUNICADOR, SALA AMPLIA, DOS DORMITORIOS CON SU CLOSETS INTEGRADOS Y UN BAÑO COMÚN, DORMITORIO DE SERVICIO CON SU BAÑO, CLOSET DE ROPA BLANCA, DEPENSA, ÁREA DE LAVADO CON LAVADERO DOBLE, BAÑOS TOTALMENTE REVESTIDOS DE CERÁMICAS, EN PISOS Y PAREDES, DECORACIÓN EN YESO DE TODAS LAS ÁREAS, CALENTADOR ELÉCTRICO, PULSADOR Y TIMBRE; EDIFICADO DENTRO DEL ÁMBITO DE LA PARCELA NO.1-F-2-A-2-I-3-RESTO DEL DISTRITO CATASTRAL NO.3, DEL DISTRITO NACIONAL; AMPARADO EN EL CERTIFICADO DE TÍTULO NO.64-5231, QUE AMPARA EL REFERIDO INMUEBLE; 2) LA COMPAÑÍA COMERCIAL “DE GIL AUTO PARK, C. X A.”; 3) UN

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