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Ensayo Evolución Histórica de la Jurisprudencia Romana

BIBIPIELTrabajo6 de Mayo de 2016

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Ensayo Evolución Histórica de la Jurisprudencia Romana

Ensayo. Elaborado por el Lcdo.Mag. Faustino Mesa, FCJP-UC.

La palabra jurisprudencia viene del vocablo “Iuris prudentia”,,es decir, significa la virtud por medio del cual se distingue lo bueno, lo conveniente, de lo malo y lo injusto. Ulpiano, por su parte, define la juriprudencia como “ el conocimiento de las cosas divinas y humanas para saber determinar lo justo de lo injusto…;Iuris prudentia: conocimiento del derecho”(ABOUHAMAD H.;2014;20).

La historia de la jurisprudencia romana se inicia con los llamados pontífices, casta sacerdotal que fueron pilar fundamental en la evolución del derecho.  Por consiguiente, la jurisprudencia no solo se encarga de las “ cosas divinas en relación con los objetos materiales” ,sino que también compete los rituales religiosos, como la dedicación de los pontífices, la adjudicación y la determinación de sus potestades, vinculada a la voluntad humana, en cuanto a su persona, derechos y obligaciones.

En el transcurso de la historia romana, la jurisprudencia fue un instrumento de resolución de conflictos de la realidad cotidiana, tomando como referencia los veredictos que sus integrantes esgrimieron en circunstancias análogas, incorporando, decididamente, la organización y la aplicación rigurosa de las leyes ciudadanas en función del bien común.

Otro aspecto de la jurisprudencia en Roma, fue el surgimiento de la profesión de los “jurisconsultos” ,hombres versados en la ciencia jurídica-romana ,y participantes del poder legislativo, cuyas opiniones y consejos cobraron  auge extraordinario dentro de la compleja estructura del estado romano. Porque la jurisprudencia ,en términos de oficio noble y virtuoso, no era una profesión que sirviera solo para ganar el sustento sino ,en cierto modo, una actividad intelectual propia de los cenáculos aristocráticos , los cuales suponían un medio de ascenso social, en pocas palabras; prestigio, honra , fama ,y, tal vez, una descollante carrera política.

E s interesante conocer, a este  tenor, algunas funciones de esos jurisconsultos, en especial, durante su etapa clásica, tal como lo expresa Wolfang Kunkel (2003) :

Entre los que acostumbran frecuentar al perito en derecho, solicitando su

Consejo, se encotraba no sólo particulares, sino también, y sobretodo, los

Órganos de la administración del derecho, magistrados jurisdiccionales,

Jueces. Estos dependían de la ayuda de los juristas…Por eso, en el conse-

Jo de amigos de prestigio (consilium) del que se rodeaba todo romano cuan

-do tenía que dar públicamente una decisión de trascendencia, el asesor

Jurídico decía frecuentemente la última palabra…(107).

Si bien, esta forma de proceder de los juristas, reforzó el valor y  la fuerza de las instituciones encargadas de administrar la justicia, también contribuyò,  en buena medida, a establecer una terminología jurídica con trascendencia y validez universal en el tiempo y en todos los ordenamientos legales del sistema romano.

En resumen, el accionar de la jurisprudencia, cuyos dictámenes y opiniones, sobre casos prácticos de derecho y  sobre asuntos inherente del fuero privado y colectivo, marcarían significativamente  las fuentes de la norma jurídicas civiles en los siglos subsiguientes de su evolución histórica.

II.PARTE. EVOLUCION DE LA JURISPRUDENCIA EN ROMA. INTRODUCCION.

La gran dificultad que presenta la formulación de un esquema evolutivo global relativo a la periodización de la jurisprudencia romana radica en la necesidad de destacar ciertos hitos con sus diferentes enfoques temporales  y funcionales, invistiéndoles de cierto grado de confiabilidad, a fin de permitir una comprensión mucho más clara  de esa gran corriente del derecho en Roma, en consecuencia, se ha tomado  de referencia  diferentes manuales, y obras de historia del derecho romano para deslindar cada etapa y los sucesos  resaltantes ,por lo tanto, trataremos en las siguientes páginas de este trabajo explicitar tal esquema evolutivo con los atributos antes señalados.

III.PARTE. ETAPAS DE LA JURISPRUDENCIA ROMANA.

La historia de la jurisprudencia comprende:        

-Primer Periodo de Formación. Del 130 al 30 a.C. Se concibe como la etapa final de la crisis de la constitución republicana, desencadenando por el impacto del sistema jurisprudencial, mediante una magistral aplicación de los métodos de la lógica y la dialéctica griega

-Segundo Periodo de Apogeo. Del 30 a.C. al 130.d. C. Coincide con un extenso período del principado entre Augusto y Adriano, y las máximas figuras de los jurisconsultos Labeòn y Juliano.

-Tercer Periodo de Decadencia. Del año 130 al 230 d.C. Comprende la etapa final del Principado, posterior a Adriano, que inicia la llamada fase de la “jurisprudencia burocrática”

.Cuarto Periodo de Arraigo Universal.( legado).230 al 530 d.C. Surgimiento del derecho escrito y  la codificación jurisprudencial promovida por Justiniano.

  1. Etapa Arcaica o Primitiva (Jurisprudencia Divina).

Se inicia con la fundación de Roma en el año 753 a.C. y concluye aproximadamente en el año 450 a.C.,con  la creación de las XII Tablas . Podría decirse que la historia de la jurisprudencia Romana empieza con los pontífices, “conocedores de la magia, y teniendo su cargo la confección del calendario del estado romano” (KUNKEL.W.;2003; 105). Por tal motivo, se puede colegir que en esta etapa  la jurisprudencia estuvo fuertemente inspirada en cuestiones de índole divina, por eso los más antiguos juristas eran los miembros de una selecta estirpe sacerdotal. Al respecto el profesor Carlos Arancibia Maturana (2009) sostiene lo siguiente:”Esta evidente separación de la interpretación del derecho, más bien pública, ya no reservada solo a aquella personas conocedoras de las conexiones de la divinidades, estuvo marcada por acontecimientos vividos a lo largo de la historia, en los inicios de Roma. Los pontífices, oradores de derecho, pertenecían al estamento de los patricios diríamos también a los descendientes de los fundadores de Roma”(p-06).

No cabe duda, que los más antiguos juristas ,en esta etapa, eran los sacerdotes  públicos o del Estado, en cuyas manos estaban la aplicación y el desarrollo del derecho sacro; es por esa causa, que los criterios jurisprudenciales existentes en esa época , eran criterios o decretos “ jurisprudenciales  pontificios” caracterizados por ser infalibles e incuestionables, dado su origen divino . Como dato relevante, debe señalarse , que es en este periodo cuando se establece la ley de las XII Tablas, que constituye el más antiguo antecedente legislativo del derecho romano; dicha época concluyó a finales de la república, en el año 30 a.C., y desde ese momento la jurisdicción, en aquel entonces reservada a los sacerdotes, se tornò laica y pública.

Luego del apartado jurisprudencial de la rígida actividad oracular que implementaba los colegio sacerdotales, los jurisconsultos ejercieron diversos tipos de funciones como el tribuno  Terentilio Arsa , quien propuso en el año 462 a.C .el nombramiento de cinco magistrados que redactaran unas normas que regulasen las diferencias entre los patricios y plebeyos, buscando un cierto margen de igualdad entre esos dos grupos sociales antagónicos , no obstante dicha propuesta fue rechazada por los patricios.

Empero, en el año 454 a.C.los tribunos plantearon de nuevo la idea de una ley igualitaria para patricios y plebeyos, con algunas clausulas restrictivas que impedían a los plebeyo integrar parte de la comisión legislativa. Paralelamente, se envía una comitiva a Grecia para el estudio de las leyes de ese pueblo, a cuyo regreso se suspendían las actividades de las magistraturas ordinarias y se nombran nuevos magistrados, denominados cenvirilesgbusscribundis, presidido por Apio Claudio, los cuales presentan, después de un año de gobierno, diez Tablas para su aprobación en los comicios, sin embargo, sus titulares  hicieron aprobar en los comicios aquellas leyes que, grabadas en dos tablas, se integraron a las otras diez anteriores, las cuales resultaron inicuas para la plebe ya que la misma incluía la prohibición de matrimonio entre los patricios y plebeyos, por consiguiente, fueron derrocados por el pueblo, y de inmediato se reinstauró el consulado, y se promulgó una ley denominada Valeria Horatia, que reconocía a los tribunos de la plebe y se declaraba inviolable su persona.

Las XII Tablas, en fin, era un cuerpo normativo completo pero carente de regulación específica procesal, en sí , la particularidad de cada normativa en caso concreto correspondía a  los pontífices  , quienes se les adjudicaba un  poder excepcional que se denominaba interpretatio , el cual, con el paso del tiempo , evolucionó con la interpretación laica de juristas distintos. Por su parte, Chibbly Ahouhamad (2014) coincide al señalar que “esta divulgación de la ciencia pontifical hizo nacer una jurisprudencia laica que sustituyó a la doctrina antigua sacerdotal y constituyó una de la fuentes mas extraordinarias del derecho romano, debido a la actividad de los jurisconsultos o prudentes, ya que de manera expuesta, Roma separó su derecho de las reglas y ritos religiosos que aparecían confundidos desde los orígenes de la ciudad”(p-106)

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