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Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria


Enviado por   •  6 de Febrero de 2012  •  8.398 Palabras (34 Páginas)  •  1.762 Visitas

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Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria

(DOF del 05 de abril de 2010)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-051-SCFI/SSA1-2010, ESPECIFICACIONES GENERALES DE ETIQUETADO PARA ALIMENTOS Y BEBIDAS NO ALCOHOLICAS PREENVASADOS-INFORMACION COMERCIAL Y SANITARIA.

La Secretaría de Economía y la Secretaría de Salud, por conducto de la Dirección General de Normas y de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, con fundamento en los artículos 34 fracciones XIII y XXXI y 39 fracción XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3 fracción XXIV, 13 apartado A fracciones I, II y IX, 17 Bis fracción III y VI, 194, 195, 210, 212, 213, 215, 216, 217 y 393 de la Ley General de Salud; 39 fracción V, 40 fracción XII, 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 28 y 31 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 25 del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios; 19 fracciones I, XIV y XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 2 literal C fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y 3 fracción I inciso c y d y II y 10 fracciones IV y VIII del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y

CONSIDERANDO

Que es responsabilidad del Gobierno Federal procurar las medidas que sean necesarias para garantizar que los productos que se comercialicen en territorio nacional cumplan con la información comercial que debe exhibirse en su etiqueta o envase, con el fin de garantizar una efectiva protección del consumidor;

Que con fecha 20 de julio de 2009, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio (CCNNSUICPC) y el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario (CCNNRFS), aprobaron la publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-051-SCFI/SSA1-2009, “Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados–Información comercial y sanitaria”, la cual se realizó en el Diario Oficial de la Federación el 26 de agosto de 2009, con objeto de que los interesados presentaran sus comentarios;

Que la manifestación de impacto regulatorio a que hace referencia el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, fue sometida a la consideración de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, emitiéndose el dictamen final aprobatorio por parte de dicha Comisión el 30 de julio de 2009.

Que durante el plazo de 60 días naturales contados a partir de la fecha de publicación de dicho proyecto de Norma Oficial Mexicana, los interesados presentaron comentarios sobre el contenido del citado proyecto, mismos que fueron analizados por el CCNNSUICPC y el CCNNRFS, realizándose las modificaciones conducentes.

Que con fecha 4 de febrero de 2010, los CCNNSUICPC y CCNNRFS aprobaron por unanimidad la norma referida;

Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización establece que las normas oficiales mexicanas se constituyen como el instrumento idóneo para la protección de los intereses del consumidor, expide la siguiente:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-051-SCFI/SSA1-2010, ESPECIFICACIONES GENERALES DE ETIQUETADO PARA ALIMENTOS Y BEBIDAS NO ALCOHOLICAS PREENVASADOS-INFORMACION COMERCIAL Y SANITARIA

México, D.F., a 18 de febrero de 2010.- El Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, Francisco Ramos Gómez.- Rúbrica.- El Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, Miguel Angel Toscano Velasco.- Rúbrica.

PREFACIO

En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana participaron las siguientes empresas e instituciones:

SECRETARIA DE ECONOMIA

Dirección General de Normas

Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO).

Dirección General de. Verificación y Vigilancia

Laboratorio Nacional de Protección al Consumidor.

SECRETARIA DE SALUD

Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios

Dirección General de Asuntos Jurídicos

1. Aranal, S.A. de C.V.

2. Arcor Saic.

3. Asociación Internacional de la Goma de Mascar (International Chewing Gum Association, ICGA).

4. Asociación de Almacenes Generales de Depósito, A.C.

5. Asociación Mexicana de Nutriología.

6. Asociación Nacional de Fabricantes de Productos Aromáticos (ANFPA).

7. Asociación Nacional de Importadores y Exportadores de la República Mexicana, A.C. (ANIERM).

8. Asociación Nacional de Industriales de Aceites y Mantecas Comestibles, A. C. (ANIAME).

9. Asociación Nacional de Productores de Refrescos y Aguas Carbonatadas, A.C. (ANPRAC).

10. Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio, A.C. (ANTAD).

11. Barroso Abogados y Asociados, S.C.

12. Beneo Group.

13. Benermex, A.C.

14. Bufete Químico, S.A. de C.V.

15. Cámara Nacional de Industriales de la Leche (CANILEC).

16. Calorie Control Council.

17. Cámara Nacional de la Industria de Transformación (CANACINTRA).

18. Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Ciudad Juárez (CANACO JUAREZ).

19. Cámara Nacional de la Industria de Aceites y Grasas Comestibles (CANIAG).

20. Cámara

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