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Estado de Derecho y Garantía de los Derechos Constitucionales


Enviado por   •  3 de Abril de 2017  •  Trabajos  •  1.716 Palabras (7 Páginas)  •  160 Visitas

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Pontificia Universidad Javeriana

Dpto. de Derecho Público

Derecho Constitucional General I

Santiago García

Jorge Osorio, Juan S. Eastmond, Juan Pablo Arbeláez, Sebastián Villamil y Carlos Javier Urazán

Taller 1

Estado de Derecho y Garantía de los Derechos Constitucionales  

Caso:

      La señora Amalia López, cuenta con 6 meses de embarazo, y no ha notificado a su empleador de su situación por temor a ser despedida. Sin embargo, cada vez es más notorio su embarazo, y cada vez más carece de fuerzas para desarrollar sus funciones como secretaria. Un día luego de llegar 20 minutos tarde, lo cual, según el reglamento de la empresa, es una falta gravísima, es despedida de sus labores. Ella considera que le han vulnerado el principio de la dignidad humana, el derecho al trabajo, y el derecho a un mínimo vital, pues su familia depende de su salario.

Problema Jurídico-Constitucional:

      La señora Amalia López pese a que negligentemente, no comunicó de forma oportuna su situación manifiesta de vulnerabilidad, se vio claramente violentada en su persona desde el momento en que fue despedida, bajo la causal de haber infringido una falta grave estipulada en el reglamento de su empresa. Dado que las disposiciones de un reglamento interno, claramente no pueden estar por encima de las de la Carta Magna y la Declaración de los Derechos Humanos, las cuales refuerzan en sus artículos 13, 25, 43, 53 (CP) y 23 (D.D.H.H) respectivamente, que debía recibir un trato proporcional a su condición, y por lo tanto si fue despedida por desconocimiento, una vez entendido que está embarazada, se le deben hacer valer sus derechos de forma inmediata.

Preguntas:

  1. Argumentando (i) si en efecto en el caso existe o no un derecho fundamental en riesgo, (ii) la generación a que corresponde el derecho según la clasificación tradicional, (iii) si a la luz de los criterios que hoy se usan para argumentar la existencia de un derecho fundamental, se evidencia o no la existencia de un derecho fundamental en el caso concreto.

R/ i) Sí, de hecho, son expuestos más de un derecho fundamental de carácter social. En primer lugar, es puesto en riesgo el derecho a una protección especial por parte del Estado hacia aquellas personas que presenten una condición de vulnerabilidad, pues bien, si el Estado no toma cartas en el asunto, Amalia, que se encuentra en embarazo y disminuida en sus capacidades físicas y psicológicas, verá infringido su principio de dignidad humana inherente a todas las personas, este derecho se evidencia en el Artículo 13 de la Constitución Política,

el cual reza que “El Estado protegerá́ especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta” (Asamblea Nacional Constituyente, 1991).  Por otro lado, un derecho fundamental vulnerado parcialmente desde que empezó a trabajar en embarazo y de forma total una vez es despedida, es el derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas, expreso en el Artículo 25 de la Constitución Política: “Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas” (Asamblea Nacional Constituyente, 1991), claramente no es digna ni justa la situación de exigirle a una persona el mismo rendimiento estando embarazada que el que tenía en condiciones normales.

ii) De acuerdo a la clasificación tradicional, los derechos que podrían o son vulnerados pertenecen a la segunda generación de derechos, o derechos económicos, sociales y políticos. Pues obedecen a un tipo de derecho que requiere una inversión estatal y que además son de garantía progresiva.

iii) Los derechos fundamentales de la actualidad articulan Derechos Fundamentales Liberales y Derechos fundamentales Sociales a modo de convivencia en una misma constitución. Esto genera una concepción que aprueba la intervención estatal en ámbitos que sobrepasan la seguridad poblacional, es decir, menesterosidad social, con la exclusiva finalidad de proporcionar una igualdad legítima, en respuesta de las grandes brechas sociales que alguna vez generó el Estado burgués (Böckenförde, 1993). Por lo tanto, los derechos fundamentales presentes en el caso, tales como el derecho al trabajo y a la protección gubernamental a los vulnerables, evidentemente obedecen a una visión contemporánea de los derechos fundamentales. Agregado a esto, la definición formal de los mismos, señala que son aquellos que se encuentran presentes en la constitución, específicamente en la parte de derechos fundamentales (Alexy, 2003), y claramente, los derechos anteriormente dispuestos aparecen en dicha sección de la Constitución Política colombiana.

  1. Señalando el mecanismo de protección de los derechos constitucionales procedente de para el caso, y si habría diferencia tratándose de un ELD o de un ESD

R/ El mecanismo de protección en el Estado Social de Derecho pertinente para el caso, tratándose de un derecho fundamental, y que además lo resolvería de forma expedita, sería la acción de tutela como bien lo indica el Artículo 86 de la Constitución política: “Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales” (Asamblea Nacional Constituyente, 1991), ya que el titular de derecho y su familia entera, encontraría cierta protección relativa ante su estabilidad laboral. Indudablemente tratándose de un Estado Liberal de Derecho este tipo de derechos de naturaleza social no serían cobijados por la legislación constitucional debido a que en los principios de un Estado Liberal de Derecho no se encuentran principios sociales, es decir, él no interviene ante desigualdades y por ende el mecanismo sería ineficiente.

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