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Enviado por   •  17 de Febrero de 2015  •  1.549 Palabras (7 Páginas)  •  151 Visitas

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CAPITULO 1

DE LOS FINES

Artículo 1.- Todo habitante de la República tiene derecho a la educación y el Estado la obligación de procurar ofrecerla en la forma más amplia y adecuada.

Artículo 2.- Son fines de la educación costarricense:

a) La formación de ciudadanos amantes de la patria, conscientes de sus deberes, de sus derechos y de sus libertades fundamentales, con profundo sentido de responsabilidad y de respeto a la dignidad humana.

b) Contribuir al desenvolvimiento de la personalidad humana.

c) Formar ciudadanos para una democracia en que se concilien los intereses del individuo con los de la comunidad.

d) Estimular el desarrollo de la solidaridad y de la comprensión humanas.

e) Conservar y ampliar la herencia cultural, impartiendo conocimientos sobre la historia del hombre, las grandes obras de la literatura y los conceptos filosóficos fundamentales.

Artículo 3.- Para el cumplimiento de los fines expresados, la escuela costarricense procurará:

a) El mejoramiento de la salud mental, moral y física del hombre y de la colectividad.

b) El desarrollo intelectual del hombre y sus valores, estéticos y religiosos.

c) La afirmación de una vida familiar digna, según las tradiciones cristianas, y de los valores cívicos de la democracia.

d) La transmisión de los conocimientos y técnicas, de acuerdo con el desarrollo psicológico de los educadores;

e) Desarrollar aptitudes, atendiendo adecuadamente las diferencias individuales.

f) El desenvolvimiento de la capacidad productora y de la eficiencia social.

CAPITULO 2

DEL SISTEMA EDUCATIVO

Artículo 4.- La educación pública será organizada como un proceso integral correlacionado con sus diversos ciclos, desde la Preescolar hasta la universitaria.

Artículo 5.- La dirección general de la enseñanza oficial corresponderá a un Consejo Superior integrado como lo señala la ley y presidido por el ministro del ramo.

Artículo 6.- El Sistema Educativo Nacional comprenderá dos aspectos fundamentales:

a) La educación escolar, que se impartirá en los establecimientos educativos propiamente dichos.

b) La educación extra-escolar o extensión cultural, que estará a cargos de estos mismos establecimientos y de otros organismos creados al efecto.

Artículo 7.- La educación escolar será graduada conforme con el desarrollo psicobiológico de los educandos y comprenderá los siguientes niveles:

a) Educación Preescolar

b) Educación Primaria

c) Educación Media

d) Educación Superior

Artículo 8.- La enseñanza primaria es obligatoria; ésta, la Preescolar y la media son gratuitas y costeadas por la nación.

Artículo 9.- El Consejo Superior de Educación autorizará los planes de estudio y los programas de enseñanza para los diferentes niveles y tipos de educación. Esos planes y programas serán flexibles y variarán conforme lo indiquen las condiciones y necesidades del país y progreso de las ciencias de la educación y serán revisados periódicamente por el propio Consejo. Deberán concebirse y realizarse tomando en consideración:

a) Las correlaciones necesarias para asegurar la unidad y continuidad del proceso de la enseñanza.

b) Las necesidades e intereses psicobiológicos y sociales de los alumnos.

Artículo 10.- Todas las actividades educativas deberán realizarse en un ambiente democrático, de respeto mutuo y de responsabilidad.

Artículo 11.- El Estado organizará y patrocinará la educación de adultos para eliminar el analfabetismo y proporcionar oportunidades culturales a quienes desearen mejorar su condición intelectual, social y económica.

De la educación Preescolar

Artículo 12.- La educación Preescolar tiene tres finalidades.

a) Proteger la salud del niño y estimular su crecimiento físico, armónico.

b) Fomentar la educación de buenos hábitos.

c) Estimular y guiar las experiencias infantiles.

d) Cultivar el sentimiento estético.

e) Desarrollar actitudes de compañerismo y cooperación.

f) Facilitar la expresión del mundo interior infantil del niño.

g) Estimular el desarrollo de la capacidad de observación.

De la Educación Primaria

Artículo 13.- La Educación Primaria tiene tres finalidades.

a) Estimular y guiar el desenvolvimiento armonioso de la personalidad del niño;

b) Proporcionar los conocimientos básicos y las actividades que favorezcan el desenvolvimiento de la inteligencia, las habilidades y las destrezas, y la creación de actitudes y hábitos necesarios para actuar con eficiencia en la sociedad;

c) Favorecer el desarrollo de una sana convivencia social, el cultivo de la voluntad del bien común, la formación del ciudadano y la afirmación del sentido democrático de la vida costarricense.

d) Capacitar para mejoramiento y conservación de la salud.

e) Capacitar para el conocimiento racional y comprensivo del universo.

f) Capacitar de acuerdo con los principios democráticos, para una justa, solidaria y elevada vida familiar y cívica.

g) Capacitar para la vida del trabajo y cultivar el sentido económico-social.

h) Capacitar para la apreciación, interpretación y creación de la belleza; e

i) Cultivar los sentimientos

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