Explique cuáles son las diferencias que existen entre la Responsabilidad Civil Contractual y la Responsabilidad Civil Extracontractual.
careleyTarea29 de Enero de 2017
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1. Explique cuáles son las diferencias que existen entre la Responsabilidad Civil Contractual y la Responsabilidad Civil Extracontractual.
Una de las diferencias entre la responsabilidad contractual y la extracontractual reside en la carga de la prueba, pues en la responsabilidad derivada de un contrato, el acreedor de la respectiva prestación no está obligado a demostrar la culpa del deudor, ya que ésta se presume en tanto el segundo no demuestre que su incumplimiento o el atraso no le son imputables, como el caso fortuito o la fuerza mayor; en cambio, en la extracontractual, es la victima la obligada a demostrar no solo el daño causado, sino la relación de causalidad entre el hecho y el daño, así como los perjuicios ocasionados por el daño.
a) Dé un ejemplo de cada una.
Ejemplo de Responsabilidad Civil Contractual: En el caso de una persona que arrienda una propiedad y el arrendatario está obligado a pagar el arriendo por contrato los días 5 de cada mes y este finalmente no cumple con esta obligación se genera la responsabilidad contractual porque se desprende de un contrato dicha responsabilidad.
Ejemplo de Responsabilidad Civil Extracontractual: Para esta caso podemos dar como ejemplo un accidente automovilístico, en donde dos vehículos chocan dado a que uno no respeto un disco pare, en este caso como no existe un contrato de por medio el vehículo que ocasiono el daño debe indemnizar al otro.
b) Señale en qué tipo de Responsabilidad Civil se enmarca el siguiente caso:
José Pérez compró un departamento en Viña del Mar para usarlo en las vacaciones, pero como casi no tenía tiempo para disfrutarlo, le hizo una promesa de venta del referido departamento a su primo Miguel Ángel. Llegado el plazo para la venta definitiva del inmueble, José se arrepintió y decidió no venderlo. Miguel Ángel había conseguido algunos préstamos con intereses para pagar la compra, cuando su primo le informó que ya no se lo vendería, entró en cólera y arremetió contra el vehículo de José, causándole daños graves al mismo.
Según lo expuesto en el caso anterior, podemos decir que corresponde a una Responsabilidad Civil Contractual, dado a que existió un contrato de compra y venta, el cual llegada la fecha del plazo para que se concretara la venta el propietario desiste de venderlo y finalmente no cumple con esta obligación.
2. Explique cómo se clasifican las obligaciones.
a) En atención a los efectos que pueden producir:
Civiles: Son civiles las que producen un "vínculo jurídico perfecto" y permiten al acreedor pedir, incluso coercitivamente (ante un juez) el cumplimiento de la obligación.
Naturales: No dan acción para exigir su cumplimiento, pero sí permiten retener lo que en virtud de estas se ha pagado.
b) Desde el punto de vista de modalidades que afectan los efectos de la obligación:
Obligaciones puras: Tienen sus efectos de forma clara y no están sujetas a modalidad, por lo que sus efectos se dan de forma inmediata.
Obligaciones sujetas a modalidad: Modalidades son aquellas que modifican los efectos de la obligación impidiendo su nacimiento, ejercicio o extinción o permitiendo lo anterior. Las modalidades son: Plazo (época o fecha citada para el cumplimiento de la obligación), Condición (acto o suceso de cuya realización depende el cumplimiento o no de la obligación) y Modo (forma en que debe cumplirse con la obligación).
c) Obligaciones simples y compuestas
Simples: Consisten en una sola cosa que debe ser dada o un solo hecho el ejecutado.
-Compuestas: Son aquellas cuyo objeto pueden ser varias cosas a ser entregadas o varios hechos a ser ejecutados. Estas se subdividen en conjuntivas, alternativas o disyuntivas y en facultativas.
d) Obligaciones indivisibles y divisibles: Esta clasificación atiende a si el objeto es susceptible de división.
Indivisible: No puede cumplirse por parcialidades.
Divisible: Puede cumplirse por partes o cuotas.
a) Lea el siguiente caso y responda las preguntas:
Josefina es empleada de confianza en una tienda de ropa. La dueña de la tienda se fue de viaje por un mes a Europa y le entregó las llaves de su casa a Josefina para que le hiciera el favor de ir a regar las plantas, lo que ella cumplió. Estando en esos quehaceres, a las dos semanas, Josefina se dio cuenta que la cerradura de la puerta del jardín no estaba cerrando bien y contrató a un cerrajero para que la reparara, ya que cualquiera podría entrar; ella le pagó con dinero de la tienda. Al llegar la dueña de la tienda, esta se molestó con Josefina por haber mandado a reparar la puerta sin su permiso y, además, le descontará el dinero de su sueldo.
i. ¿Josefina actuó ajustada a derecho? ¿Por qué?
Josefina actuó ajustada a derecho, porque fue precavida dado a que se dio cuenta que la puerta estaba cerrando mal y si hubiera entrado un ladrón por la puerta y ella no hubiera hecho el arreglo de la cerradura para el propietario será como actuar de cómplice de la situación.
ii. ¿Qué obligación nace de la acción de Josefina?
La Obligación del derecho estricto y de buena fe, ya que ella lo hizo pensado en que estaría protegiendo los bienes de la otra persona.
iii. ¿Qué acciones legales podría emprender Josefina?
En este caso Josefina podría emprender acciones legales por Daño y Perjuicio, dado a que ella actuó bajo derecho por lo tanto considero que la dueña o propietaria no debiera descontarle el arreglo de la chapa.
3. Señale las incapacidades especiales del contrato de compra-venta.
a) Lea el siguiente caso y responda si es válida la venta. Justifique.
José Miguel, de 17 años, contraerá matrimonio con régimen de participación de gananciales, por lo que sus padres han acordado venderle un departamento que tienen en la comuna de Ñuñoa para que viva allí con su futura esposa.
En este caso y de acuerdo a lo estudiado la venta no sería válida, por las siguientes razones:
• En los requisitos generales del contrato de Compraventa y de acuerdo a la ley especifica claramente que “La Cosa vendida no debe ser del Comprador” en esta caso como corresponde a un menor de edad quien lo debe representar es un tutor que por defecto son sus padres por lo tanto ellos mismos estarían vendiendo y comprando al mismo tiempo.
• Adicionalmente para casarse en nuestro país con 17 años debe tener autorización formal de parte de los padres.
4. Señale las causales de quiebra, quiénes no pueden solicitar la declaración de quiebra y qué bienes son inembargables.
En algunas ocasiones las empresas entran en crisis por malos manejos financieros o propósitos mal intencionados, otras veces las razones se deben a factores externos o por falta de previsión, por lo que las principales causas serian:
a) Alto endeudamiento
b) Deficiencia Administrativa y Financiera
c) Condiciones del mercado
Sin embargo las causales de la quiebra son presupuestos de la declaración judicial de la quiebra que estipula la legislación chilena, las que están establecidas en el artículo 43 de la ley de quiebras que establece:
Cualquiera de los acreedores puede solicitar la declaración de la quiebra, aun cuando no se pueda exigir el crédito en los casos siguientes:
Cuando el deudor que ejerza algunas actividades varias, deje de pagar su obligación con el solicitante, cuyo título sea ejecutivo, es decir un comerciante que deja de pagar su obligación mercantil.
Cuando el deudor contra el que existen tres o más títulos ejecutivos y vencidos, de varias obligaciones iniciadas, por lo menos dos ejecuciones no se presentado a los requerimientos en los cuatro días siguientes, es decir un deudor por el cual existen tres títulos ejecutivos y vencidos.
Cuando el deudor se dé a la fuga del territorio nacional o se oculte y sea inubicable sin haber dejado a alguna persona a cargo de sus bienes, es decir cuando el deudor se fuga del territorio o se esconde.
A continuación mencionare las personas que no pueden solicitar la quiebra:
• El marido acreedor de su mujer
• La mujer acreedora de su marido
• El hijo acreedor de su padre
• El padre acreedor de su hijo
• El socio comanditario no puede demandar la declaración de quiebra de la sociedad a que pertenece; pero, si es acreedor particular de la misma, puede provocarla en este carácter.
• El acreedor hipotecario no puede solicitar la quiebra a menos que demuestre que los bienes gravados son no serán suficientes para el pago de su crédito
• La mujer casada con separación total o parcial de bienes solo comprenderá sus bienes propios, sin perjuicio de as responsabilidad del marido y de la sociedad conyugal.
• El menor adulto que administre su peculio profesional o industrial comprenderá únicamente los bienes de este peculio.
De acuerdo al Artículo 271. Serán inembargables aquellos bienes a los que se refiere el artículo 445 del Código de Procedimiento Civil, así como todos aquellos que las leyes declaren inembargables.
1º Los sueldos, las gratificaciones y las pensiones de gracia, jubilación,
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