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FACULTADES DE COMPROBACION


Enviado por   •  1 de Octubre de 2020  •  Ensayos  •  1.810 Palabras (8 Páginas)  •  144 Visitas

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UNIDAD DE APRENDIZAJE: Derecho Mercantil.

TRABAJO:  Facultades de comprobación.

PROFESOR: Reyes Sandoval Jorge Israel.

ALUMNO: Cerda Alvirde Gabriela

3.1 FACULTADES DE COMPROBACION

“Es el derecho que tiene una entidad debidamente constituida para verificar el cumplimiento de ciertas obligaciones enmarcadas en una cierta legislación.”

Existe una institución por el derecho tributario el cual se encarga de regular las obligaciones de los contribuyentes.

“Artículo 42. Las autoridades fiscales a fin de comprobar que los contribuyentes, los responsables solidarios, los terceros con ellos relacionados o los asesores fiscales han cumplido con las disposiciones fiscales y aduaneras y, en su caso, determinar las contribuciones omitidas o los créditos fiscales, así como para comprobar la comisión de delitos fiscales y para proporcionar información a otras autoridades fiscales, estarán facultadas para:”

Este articulo permite que la autoridad tenga la facultad de la revisión hacia los contribuyentes para que tenga sus obligaciones fiscales al corriente mediante diversas leyes.

I.- Rectificar los errores aritméticos, omisiones u otros que aparezcan en las declaraciones, solicitudes o avisos, para lo cual las autoridades fiscales podrán requerir al contribuyente la presentación de la documentación que proceda, para la rectificación del error u omisión de que se trate.

Al momento de hacer nuestra declaración, si por alguna razón llega a presentarse un error de los cuales se menciona en este punto, la autoridad está en el derecho de pedirle al contribuyente la documentación necesaria para poder rectificar el error cometido.

II. Requerir a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros con ellos relacionados, para que exhiban en su domicilio, establecimientos, en las oficinas de las propias autoridades o dentro del buzón tributario, dependiendo de la forma en que se efectuó el requerimiento, la contabilidad, así como que proporcionen los datos, otros documentos o informes que se les requieran a efecto de llevar a cabo su revisión.

La autoridad tiene el derecho de pedirle a los contribuyentes que muestren su establecimiento de trabajo o ya sea el caso, el domicilio donde se labora de igual forma puede exigir que muestren los documentos donde vengan los datos de su contabilidad.

III.- Practicar visitas a los contribuyentes, los responsables solidarios o terceros relacionados con ellos y revisar su contabilidad, bienes y mercancías.

En este punto se establece que la autoridad puede ir al punto de trabajo del contribuyente, al igual que revisar sus mercancías y bienes, para cerciorarse de que todos los papeles y lo que declaran se encuentre en orden.

IV. Revisar los dictámenes formulados por contadores públicos sobre los estados financieros de los contribuyentes y sobre las operaciones de enajenación de acciones que realicen, así como cualquier otro dictamen que tenga repercusión para efectos fiscales formulado por contador público y su relación con el cumplimiento de disposiciones fiscales.

La autoridad podrá pedirle al contribuyente que muestre su contabilidad al igual que los movimientos realizados, ya sean ventas o compras que se hayan declarado en el portal.

V. Practicar visitas domiciliarias a los contribuyentes, a fin de verificar que cumplan con las siguientes obligaciones:

a) Las relativas a la expedición de comprobantes fiscales digitales por Internet y de presentación de solicitudes o avisos en materia del registro federal de contribuyentes;

Este punto se refiere a todo aquello que el contribuyente haya declarado y entregado a la autoridad, para hacer valido el procedimiento.

b) Las relativas a la operación de las máquinas, sistemas, registros electrónicos y de controles volumétricos, que estén obligados a llevar conforme lo establecen las disposiciones fiscales;

c) La consistente en que los envases o recipientes que contengan bebidas alcohólicas cuenten con el marbete o precinto correspondiente o, en su caso, que los envases que contenían dichas bebidas hayan sido destruidos;

d) La relativa a que las cajetillas de cigarros para su venta en México contengan impreso el código de seguridad o, en su caso, que éste sea auténtico;

e) La de contar con la documentación o comprobantes que acrediten la legal propiedad, posesión, estancia, tenencia o importación de las mercancías de procedencia extranjera, debiéndola exhibir a la autoridad durante la visita, y

f) Las inherentes y derivadas de autorizaciones, concesiones, padrones, registros o patentes establecidos en la Ley Aduanera, su Reglamento y las Reglas Generales de Comercio Exterior que emita el Servicio de Administración Tributaria.

VI.- Practicar u ordenar se practique avalúo o verificación física de toda clase de bienes, incluso durante su transporte.

Es conveniente ordenar en la transportación de bienes realizándoles un avaluó o verificación fiscal a un sean transportados o no dichos bienes.

VII.- Recabar de los funcionarios y empleados públicos y de los fedatarios, los informes y datos que posean con motivo de sus funciones.

Es necesario que los funcionarios o empleados públicos en ejercicio de sus funciones proporcionen la información necesaria con la que cuenten en ejercicio de dichas funciones.

IX. Practicar revisiones electrónicas a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros con ellos relacionados, basándose en el análisis de la información y documentación que obre en poder de la autoridad, sobre uno o más rubros o conceptos específicos de una o varias contribuciones.

Es necesario realizar revisiones en base a la información o documentación aportada ante la autoridad por los contribuyentes, solidarios o terceros que se relacionen con el asunto en particular.

X. Practicar visitas domiciliarias a los contribuyentes, a fin de verificar el número de operaciones que deban ser registradas como ingresos y, en su caso, el valor de los actos o actividades, el monto de cada una de ellas, así como la fecha y hora en que se realizaron, durante el periodo de tiempo que dure la verificación.

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