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FALTA DE MOTIVACIÓN, DOBLE INSTANCIA E INDUBIO PRO REO


Enviado por   •  13 de Julio de 2016  •  Monografías  •  1.763 Palabras (8 Páginas)  •  207 Visitas

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FALTA DE MOTIVACIÓN, DOBLE INSTANCIA E INDUBIO PRO REO

Uno de los problemas más importantes en el ámbito de la motivación de los hechos probados es determinar si en los casos en los que se discute el induvio pro reo o una decisión judicial en la que se pone en entredicho la existencia de los hechos probados, más allá de la duda razonable puede ser objeto de control de motivación por el tribunal superior.

Una postura doctrinal considera que la fijación de hechos probados, la que tiene que ver con el respeto al principio de inmediación, la libertad en la valoración de los medios de prueba, no puede discutirse en sede recursiva. Sin embargo, este criterio atenta contra las garantías del debido proceso como es el derecho al recurso (doble conforme) que afectaría  la facultad de impugnar la decisión de hechos probados. Asimismo si no se reconoce la posibilidad de someter a control la valoración de la prueba, en especial la fundamentación de dicha valoración, también afectaría dicho principio.

Un proceso penal  con garantías reclama no sólo un buen juicio de primera instancia, sino que exige también un buen juicio de segunda instancia. Dicha situación implica la posibilidad de control y de racionalidad, dentro de los límites de la pretensión impugnatoria, de los actos de juicio de primera instancia,  de la prueba y de la decisión que puso fin a la controversia  (sentencia). La regla que debe imperar es el de mayor fiscalización y control posible por el tribunal superior del juicio de la decisión de primera instancia con la única limitación del ámbito de la impugnación.

La falta de contacto con el material probatorio, no puede ni debe ser excusa para el control de la valoración racional de la prueba en segunda instancia.

Uno de los aspectos que suele discutirse es si existen dudas esenciales o dichas dudas son marginales y, por lo tanto irrelevantes, en la declaración de los hechos probados. Resulta pues criticable que se vete el control de la valoración de la prueba y se prohíba dar respuesta a problemas tan arduos y delicados, como es determinar si se cumple o no con un determinado estándar probatorio, más aun si dicho estándar se conecta con la presunción de inocencia.

Una de las críticas que se debe dirigir a la valoración  de la prueba que se formula en la sentencia que se resuelve el recurso impugnativo del juicio de culpabilidad es que a veces dicho fallo se limita a constatar si el razonamiento judicial realizado por el tribunal, es arbitrario, razonable o si se trata de una valoración plausible sin atender ni responder a los agravios de la defensa o de quien de manera general interpone un recurso.

Una decisión respetuosa de la valoración racional de la prueba y el deber de motivar las resoluciones debe analizar si la valoración de los hechos declarados probados en la instancia inferior es posible llegar a otras conclusiones razonables.

PATOLOGIA EN LA JUSTIFICACION DE LAS  MÁXIMAS DE LA EXPERIENCIA

Otro caso de vicio de la motivación de los hechos probados viene dado por lo errores en la aplicación  de las máximas de la experiencia. Así tenemos:

  1. Contradicción de un hecho dado por probado con una máxima de la experiencia que goza de reconocimiento general.
  1. Falta de fundamentación explícita en el razonamiento judicial de la máxima de la experiencia empleada,
  1. La ausencia de confrontación y análisis de la máxima  de la experiencia utilizadas con otras máximas de la experiencia, invocada por las partes, o que sencillamente tienen un mayor o igual grado de aceptación.
  2. La falta de justificación y razonamiento acerca de los hechos y/o circunstancias que pueden hacer inaplicables una o más  máximas de la experiencia en el caso que se analiza.

En el proceso penal se debe buscar aplicar máximas de la experiencia específicas que surgen de situaciones o contextos determinados, tomando en cuenta la particularidad concreta y la serie de hechos que se valoran. No toda máxima tiene la misma eficacia. Las reglas se obtienen de cada ámbito y sector de la vida social o de un determinado contexto de tráfico económico, cultural o jurídico.  

En esa línea resultan muy discutibles las máximas de la experiencia construidas ad hoc para resolver un caso en concreto. Ejemplo: afirmar que los testimonios de los policías son más son más fiables que de cualquier otro testigo.

Las máximas de la experiencia de contenido racional y fiable deben distinguirse de las generalizaciones espurias que carecen de fundamento y que representan prejuicios e ideas inconscientes e ideas preconcebidas. Dicho panorama obliga a que el tribunal superior examine la racionalidad y la justificación externa de la máxima de la experiencia y no solo se limite a constatar la existencia de una estructura argumentativa cualquiera.

EXCURSO: LOS ERRORES Y SESGOS  COGNITIVOS (PROCEDIMIENTO HEURÍSTICO) EN LA VALORACION DE LA PRUEBA.

Uno de los factores más relevantes que determinan la relatividad de la verdad dentro del proceso lo constituye el carácter no impersonal del investigador y del actor principal del proceso que es el juez. El magistrado por más esfuerzo que realice por ser objetivo, se encuentra condicionado por diversas circunstancias sociales.

el magistrado muchas veces actúa bajo presión de sus prejuicios por emociones y sentimientos no siempre racionales o compatibles con la búsqueda objetiva imparcial de la verdad. el juez no sólo puedes decir curar la finalidad del proceso de manera intencional también lo puede realizar de manera involuntaria cuando:

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