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FORMULO DEMANDA SOBRE INEFICACIA DE ACTO JURÍDICO.


Enviado por   •  6 de Marzo de 2013  •  Resúmenes  •  2.507 Palabras (11 Páginas)  •  1.063 Visitas

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EXPEDIENTE:NRO

SECRETARIO:DR.

ESCRITO NO:01

SUMILLA :FORMULO DEMANDA SOBRE INEFICACIA DE ACTO JURÍDICO.

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE LA PROVINCIA DE HUAMANGA.

LUIS ALBERTO RIVAS FERNÁNDEZ, Gerente General de la Empresa Inversiones Manuel Tenorio (IMATE S.A) identificado con DNI. No. 28221545, con domicilio institucional en el Jirón Asamblea número 251, y procesal en el Jirón Lima Nro. 148 segundo Piso oficina “D” ambos de esta ciudad, a usted atentamente digo:

I.- PERSONERÍA.

Acreditando interés y legitimidad para obrar, en mi calidad de Gerente General de la Empresa Inversiones Manuel Tenorio (IMATE S.A), conforme se tiene de la partida número 02010226 del Registro de Personas Jurídicas, recurro a su judicatura a efectos de solicitar Tutela jurisdiccional efectiva para la tramitación de la presente demanda.

II.-NOMBRE Y DIRECCIÓN DOMICILIARIA DE LOS DEMANDADOS.

La pretensión contenida en la presente demanda, la dirijo contra las siguientes personas:

1.-MAURO ROBLES CUADROS. Domiciliado en el jirón Sucre numero 120, del distrito de Ayacucho.

2.-VIOLETA LINA QUISPE VARA, domiciliado en el jirón Sucre numero 120, del distrito de Ayacucho.

3.-GLIRIO FABIAN ARIAS, domiciliado en La Urbanización Mariscal Cáceres Mz. H lote 10.

4.-TEODOSIO ALEXANDER PRETEL PALOMINO, domiciliado en el Jirón Siete de Abril Nro. 101 del barrio de Belén.

III.-PETITORIO.

Que, con el derecho a la tutela Jurisdiccional efectiva para el ejercicio y defensa de mis derechos, estando a lo dispuesto por el artículo 65 y 475 inc 1º del Titulo Preliminar del Código Procesal Civil, así como lo establecido en el art. 161 del Código Civil, FORMULO DEMANDA SOBRE INEFICACIA DE ACTO JURÍDICO POR EXCESO DE FACULTADES, CON LA FINALIDAD DE QUE SE DECLARE INEFICAZ EL ACTO JURÍDICO, CONSISTENTE EN LA ESCRITURA PUBLICA DE COMPRAVENTA DE FECHA 20 DE ABRIL DEL 2006 DE UNA FRACCION DEL BIEN INMUEBLE DE MI REPRESENTADA, UBICADA EN EL SEMI SOTANO DEL CENTRO COMERCIAL VIA SIETE, DEBAJO DE LA ESCALERA, DE UN AREA DE 19.67 M2, TIENDA NUMERO 10, DOCUMENTO CELEBRADA ENTRE LOS VENDEDORES GLIRIO FABIAN ARIAS Y TEODOSIO ALEXANDER PRETEL PALOMINO, EX PRESIDENTE DEL DIRECTORIO Y EX GERENTE GENERAL RESPECTIVAMENTE, DE LA EMPRESA INVERSIONES MANUEL TENORIO, CON LOS COMPRADORES MAURO ROBLES CUADROS Y VIOLETA LINA QUISPE VARA, CON ACUMULACIÓN OBJETIVA ORIGINARIA DE RESTITUCIÓN DEL CITADO BIEN INMUEBLE (TIENDA NUMERO 10) QUE DEBERAN EFECTUAR LOS COMPRADORES, demanda que la formulo en virtud de los argumentos siguientes:

IV.- FUNDAMENTOS DE HECHO.

PRIMERO. SOCIEDAD Y OBJETO SOCIAL.

Señor Juez, la empresa Inversiones Manuel Tenorio, es una Sociedad Anónima que tiene como objeto dentro de su constitución, dedicarse por cuenta propia, de terceros o en participación con terceros dentro y fuera del país a la compra y venta de inmuebles, construcción de centros y galerías comerciales, corretaje, locación y conducción de inmuebles y muebles, prestación de servicios turísticos en general, compraventa de vehículos, importación, exportación, distribución y comercialización de productos en general como prendas, equipos y aparatos informáticos, de vestir, garaje, alquiler de local para show, reuniones sociales y académicas; así como realizar todos los actos y contratos necesarios y convenientes para la consecución de su objeto social y en general para realizar toda clase de actividades sin reserva ni limitación alguna que la junta general de accionistas acuerde; y, para la consecución de estos fines dentro de su estructura orgánica, se ha establecido en el estatuto que la empresa es administrada por el Presidente del Directorio y un Gerente General, es por ello que cada cierto tiempo de acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto, se eligen a nuevos representantes.

SEGUNDO.-FACULTADES DEL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO Y GERENTE GENERAL.

Señor Juez, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo Trigésimo del Estatuto de la Empresa Inversiones Manuel Tenorio, el Presidente del Directorio y Gerente General, tienen facultades para: A) Representar a la sociedad ante toda clase de autoridades, judiciales administrativas y laborales y entidades públicas, privadas y personas, incluso ante el poder judicial, tribunales competentes, con las facultades generales y especiales precisadas en los artículos 74 y 75 del código procesal civil, B) dirigir las operaciones de la sociedad conforme el estatuto, los acuerdos de la Junta General, y El Directorio. C) mantener la correspondencia de la sociedad, expedir la correspondencia epistolar, telegrafía, inspeccionar los libros, documentos, operaciones y dictar las disposiciones necesarias para el normal funcionamiento de la empresa (...). Y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo trigésimo primero facultades para: 1.- arrendar y subarrendar activa y pasivamente bienes muebles, celebrar contratos de compraventa de bienes, muebles, inmuebles o valores bursátiles; 2.- abrir o cerrar cuentas corrientes en los bancos nacionales y extranjeros. 3.- solicitar y hacer efectivos sobregiros en las cuentas bancarias de la sociedad, entre otros asuntos, PERO DENTRO DEL ESTATUTO NO SE ENCUENTRA LA FACULTAD PARA VENDER INMUEBLE, ESTABLECIMIENTO Y/O TIENDA DE PROPIEDAD DE LA EMPRESA INVERSIONES MANUEL TENORIO, A ACCIONISTAS, MUCHO MENOS A TERCERAS PERSONAS, lamentablemente en clara vulneraron a estas facultades, la administración anterior presidida por los demandados GLIRIO FABIAN ARIAS Y TEODOSIO ALEXANDER PRETEL PALOMINO procedieron de manera ilegal y con mala intención a vender parte de nuestra propiedad a tercera persona cuando claramente se, advierte, no estaban facultados para realizar este tipo de actos jurídicos, excediéndose de esta manera en las facultades establecidas y contraviniendo el fin y objeto establecido en el estatuto.

TERCERO. DE LA TRANSFERENCIA DEL BIEN SIN FACULTADES.

Dentro de este objeto y facultades establecidas en el estatuto, la Empresa Inversiones Manuel Tenorio Sociedad Anónima, ha adquirido en compraventa un terreno

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