Acto juridico. Ineficacia de los actos jurídicos
nuriacv4 de Junio de 2015
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ACTO JURÍDICO
Ineficacia de los Actos Jurídicos
Los hechos jurídicos voluntarios llamados también actos jurídicos, es la conformación de una o más manifestaciones de voluntad con el propósito de llegar a ser un resultado práctico pero tutelado por el ordenamiento jurídico como un resultado jurídico.
Los actos jurídicos están caracterizados con el poder que tienen los particulares, sean personas jurídicas o naturales. Estos actos jurídicos, son celebrados para que produzcan efectos jurídicos, constituye la especie más importante de hechos jurídicos voluntarios, facilitando a los particulares de tener la posibilidad de satisfacer sus múltiples necesidades en su vida, siendo este fenómeno jurídico: “Autonomía Privada”.
Entonces, de esta forma sabemos que los particulares tienen el poder de autorregular sus intereses privados para satisfacer sus necesidades a través de la creación, modificación, regulación o extinción de relaciones jurídicas para producir válidamente efectos jurídicos. En caso no se llegaran a cumplir estos efectos no tendría sentido de celebrar estos actos, en estos supuestos estamos en la doctrina “ineficacia” del contrato o acto jurídico, es por no haber producido nunca los efectos jurídicos y por desaparecer posteriormente los efectos jurídicos producidos inicialmente. Pues bien, el objetivo del sistema jurídico no solo es regular los intereses privados, sino que dicha autorregulación se realice dentro del orden legal, en caso contrario los contratos celebrados o actos jurídicos, serán incapaces para crear, modificar, regular o extinguir las relaciones jurídicas.
De tal modo, podemos concluir que la ineficacia de los actos jurídicos es la tutela del principio de legalidad en el fenómeno de Autonomía Privada, siempre y cuando se ajusten a los requisitos de orden legal. Sabiendo que la ineficacia es inicial en el preciso momento de la celebración de un acto jurídico, y sobreviniente por consecuencia del incumplimiento de un requisito legal o de la voluntad de las partes (excepcionalmente).
Ineficacia Estructural y Funcional
Como ya habíamos señalado en el párrafo anterior en los supuestos de la ineficacia.
La ineficacia estructural es el acto jurídico afectado por una causal de ineficacia en plena formación o celebración de la misma. Para poder reconocer una ineficacia estructural es por la coetaneidad al momento de la formación del acto jurídico, también se suponen un acto jurídico mal estructurado, mal formado, con un defecto intrínseco. En diferentes doctrinas y sistemas jurídicos se utiliza la expresión de “invalidez”. Y por último, debemos señalar que la misma se fundamenta exclusivamente en el principio de legalidad, no pueden ser pactadas, acordadas por las partes que han celebrado el acto jurídico.
Por lo contrario, la ineficacia funcional tiene un defecto jurídico extrínseco; supone la existencia de un acto jurídico perfectamente estructurado y que sobreviene un defecto ajeno a su estructura. Del mismo modo por regla general el defecto se presenta con posterioridad a la celebración o formación del acto jurídica. Sin embargo, la ineficacia funcional no es absoluta, las causales son siempre sobrevinientes a la formación de los actos jurídicos.
Finalmente, en algunos casos la ineficacia puede ser consecuencia del pacto realizado por las dos partes.
Estructura del Acto Jurídico
Los actos jurídicos tienen una estructura conformada por diversos aspectos: Los elementos, presupuestos y requisitos.
I. Los elementos son los componentes para la realización de un acto jurídico celebrado por los sujetos. Teniendo en cuenta que los únicos elementos es la manifestación de voluntad y la causa o finalidad. Cabe señalar que en la doctrina tradicionalista a los elementos se les denomina como “elementos
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