Fabrica de culpables.
carlosmagdalenoTarea2 de Julio de 2016
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AMPARO INDIRECTO NÚMERO 1215/2014.
MATERIA CIVIL
QUEJOSO: JORGE TORIELLO VALADEZ
TERCERO INTERESADO: JAVIER AYALA MORA
AUTORIDAD RESPONSABLE ORDENADORA
C.JUEZ QUINTO CIVIL DE PROCESO ORAL.
TERCERO INTERESADO: JAVIER AYALA MORA.
JUEZ DECIMO SEGUNDO DE DISTRITO
DEL PRIMER CIRCUITO EN MATERIA CIVIL
CON RESIDENCIA EN EL DISTRITO FEDERAL.
PRESENTE.
JORGE TORIELLO VALADEZ ,por mi propio derecho en la señalada como codemandado en la DEMANDA DE JUICIO NATURAL mencionado al rubro ,mismo que dio origen al acto reclamado mencionado en mi estilo inicial de demanda de amparo ,promoviendo en los autos de juicio de garantías al rubro citado ,ante usted con el debido respeto expongo.
En los términos de lo previsto en los artículos 81 , 86 ,88 y demás relativos y aplicables de la nueva ley de amparo en vigor ,por este conducto vengo a interponer en tiempo y forma EL RECURSO DE REVISIÓN a la sentencia definitiva emitida el día 26 de Febrero del año en curso notificada el mismo día mes y año en la que se sobresee el juicio de amparo citado al rubro ,lo anterior a efecto de que se remita al tribunal colegiado de materia civil del primer circuito en turno con tantos suficientes que se acompañan al escrito inicial.
POR LO EXPUESTO.
A Usted C. Juez atentamente pido se sirva
UNICO: Acordar de conformidad lo solicitado.
PROTESTO LO NECESARIO.
México Distrito Federal a Febrero del año 2016.
JORGE TORIELLO VALADEZ.
AMPARO INDIRECTO NÚMERO 1215/2014.
MATERIA CIVIL
QUEJOSO: JORGE TORIELLO VALADEZ
TERCERO INTERESADO: JAVIER AYALA MORA
AUTORIDAD RESPONSABLE ORDENADORA
C.JUEZ QUINTO CIVIL DE PROCESO ORAL.
TERCERO INTERESADO: JAVIER AYALA MORA.
RECURSO DE REVISIÓN.
HONORABLE TRIBUNAL COLEGIADO
DEL PRIMER CIRCUITO EN MATERIA CIVIL
CON RESIDENCIA EN EL DISTRITO FEDERAL
PRESENTE.
JORGE TORIELLO VALADEZ, por mi propio derecho y en mi carácter de QUEJOSO en el JUICIO DE AMPARO INDIRECTO mencionado al rubro, promoviendo en los autos del juicio de garantías ya citado ante ESTE honorable Tribunal Colegiado con el debido respeto expongo:
Mediante el presente escrito y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 81 ,84 ,86 y 88 de la Nueva Ley de Amparo, vengo a INTERPONER EL RECURSO DE REVISIÓN ,en contra de la SENTENCIA DEFINITIVA de fecha VEINTISEIS DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL QUINCE ,en la que e sobresee el presente juicio de amparo ,promovido por el quejoso Jorge Toriello Valadez cuyo UNICO RESOLUTIVO ES:
UNICO: Se sobresee en el juicio de amparo promovido por el quejoso en contra del C. Juez Quinto civil de Proceso Oral del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y actuario adscrito ,precisados en el resultando primero por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
NOTIFIQUESE Y POR OFICIO A LAS AUTORIDADES RESPONSABLES.
Así lo resolvió y firma el Lic. Guillermo Campos Osorio, Juez Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, asistido de Secretario.
FECHA DE SENTENCIA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2016
FECHA DE NOTIFICACIÓN 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2016
SURTE SUS EFECTOS EL 02 DE MARZO DEL 2016.
A G R A V I O S.
PRIMERO: La resolución que se recurre ,me causa agravio ,debido a que no obstante que en los autos del Juicio de Amparo Numero 1215/2014 ,existen pruebas suficientes de las que notoriamente se desprende que el quejoso JORGE TORIELLO VALADEZ no fue emplazado en el juicio civil oral RADICADO ANTE EL JUZGADO QUINTO CIVIL DE PROCESO ORAL EN EL DISTRITO FEDERAL ,SEGUIDO POR AYALA MORA JAVIER EN CONTRA DE JORGE TORIELLO VALADEZ Y MARIA DE JESUS AURORA VALADEZ ESQUIVEL DE TORIELLO EXPEDIENTE NUMERO 103 /2014 el C. Juez de Distrito que dicta la sentencia definitiva en el amparo hace un análisis incorrecto de las pruebas ofrecidas por el quejoso ,ya que ofrecí como prueba la copia sellada del escrito inicial ,demanda que dio origen al JUICIO CIVIL ORAL ,con la cual acredité que me asiste el interés legítimo para ser llamado y oído en el juicio FUENTE DEL PRESENTE RECURSO DE REVISIÓN EXPUSE como conceptos de violación la falta de emplazamiento al suscrito JORGE TORIELLO VALDEZ COMO CODEMANDADO SEÑALADO EN LA DEMANDA del juicio natural ,y que ESA OMISIÓN ME IMPIDIÓ tener la oportunidad de comparecer al JUICIO CIVIL ORAL ,RADICADO ANTE EL JUZGADO ,QUINTO CIVIL DE PROCESO ORAL EN EL DISTRITO FEDERAL ,SEGUIDO POR AYALA MORA JAVIER ,EN CONTRA DE JORGE TORIELLO VALADEZ Y MARÍA DE JESUS AURORA VALADEZ ESQUIVEL DE TORIELLO ,EXPEDIENTE NUMERO 103/2014.
En la demanda de amparo de la que soy Quejoso, manifesté POR ESCRITO al C. Juez resoluto del amparo que del informe JUSTIFICADO dela Autoridad responsable ordenadora ,que obra en autos relativos al JUICIO DE AMPARO 1215/2014, se advierte también que soy PERSONA EXTRAÑA y que con fundamento en los dispuesto por la FRACCIÓN VI DEL ARTICULO 107 DE LA LEY DE AMPARO VIGENTE , EL AMPARO INDIRECTO PROCEDE COMO ES EL CASO….CONTRA ACTOS DENTRO Y FUERA DEL JUICIO QUE ME AFECTAN AL SER CONSIDERADO POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE COMO PERSONA EXTRAÑA EN EL JUICIO NATURAL ,RADICADO ANTE EL JUZGADO QUINTO CIVIL DE PROCESO ORAL EN EL DISTRITO FEDERAL ,SEGUIDO POR AYALA MORA JAVIER EN CONTRA DE JORGE TORIELLO VALADEZ Y JESUS DE MARIA AURORA VALADEZ ESQUIVEL DE TORIELLO ,EXPEDIENTE NUMERO 103/2014.
También señalé por escrito al desahogar la vista en mi demanda de amparo que además de HABER SIDO SEÑALADO COMO DEMANDADO.en el proemio del escrito de la demanda del juicio fuente del amparo ,que se me reclamó ,LAS PRESTACIONES DE LA DEMANDAQUE DIO ORIGEN AL JUICIO CIVIL ORAL ,expresé al C. Juez resolutor del amparo que en el hecho cinco de la demanda del JUICIO CIVIL ORAL DE ACCIÓN REIVINDICATORIA ,RADICADO ANTE EL JUZGADO QUINTO CIVIL DE PROCESO ORALE EN EL DISTRITO FEDERAL ,SEGUIDO POR AYALA MORA JAVIER EN CONTRA DE TORIELLO VALADEZ JORGE Y MARIA DE JESUS AURORA VALADEZ ESQUIVEL DE TORIELLO , EXPEDIENTE
NUMERO 103/2014 ,además de haber sido señalado como codemandado y de habérseme reclamado las prestaciones antes mencionados ,eso me atribuye el HECHO DE QUE SEGÚN EL ACTOR…Desde el mes de Enero del año 2013 ,los demandados TORIELLO VALADEZ JORGE Y VALADEZ ESQUIVEL DE TORIELLO MARIA DE JESUS AURORA ,están en posesión de mala fe y sin título alguno del inmueble antes señalado en los términos de la cláusula tercera del testimonio notarial número 142,362 ,le asiste el derecho para ejercitar la acción reivindicatoria EN MI CONTRA, solicitando la desocupación y la entrega del mismo y DICE QUE NO obstante las gestiones extra judiciales , realizadas con el objeto de que los demandados lo desocupen ,dichas personas se han negado ,siguiendo habitándolo de manera indebida ya que TORIELLO VALADEZ JORGE Y MARIA DE JESUSU AURORA VALADEZ ESQUIVEL DE TORIELLO se han negado a entregarlo.
También expuse al C. Juez resolutor del amparo que de conformidad con lo dispuesto en el INCISO C.- DE LA FRACCIÓN XVII , DEL ARTICULO 61 DE LA LEY DE AMPARO ,es procedente el amparo indirecto que promuevo AL HABER SIDO CONSIDERADO POR EL RESPONSABLE COMO PERSONA EXTRAÑA EN EL JUICIO NATURAL del acto reclamado .También manifesté al resolutor del Amparo que mi a demandas de garantías no la hace improcedente ,ninguno de los supuestos de improcedencia establecidos en las fracciones del precepto legal antes citado.
De lo anterior se advierte que sin lugar a dudas, el C. Resolutor , se abstuvo de resolver que si soy parte demandada en la relación procesal del juicio RADICADO ANTE EL JUZGADO QUINTO CIVIL DE PROCESO ORAL EN EL DISTRITO FEDERAL ,SEGUIDO POR AYALA MORA JAVIER EN CONTRA DE JORGE TORIELLO VALADEZ Y MARIA DE JESUS VALADEZ ESQUIVEL DE TORIELLO ,EXPEDIENTE NUMERO 103/2014,en el que la autoridad ordenadora debe considerar que la falta de emplazamiento constituye una flagrante violación a mis garantías individuales señaladas en los artículos 14 y 15 Constitucionales ,ya que al pretender privarme de mi derecho de defenderme del acto reclamado se me deja en estado de indefensión y esto me causa agravio.
SEGUNDO.- Es violatorio de mis garantías individuales la sentencia definitiva de fecha 26 de Febrero del año 2015,siendo parte co demandada la autoridad responsable ordenadora ,debio emplazarme para comparecer a defender mis derechos como tal ,es decir tener oportunidad de contestar la demanda ,oponer defensas y excepciones ,ofrecer y desahogar pruebas e interponer los recursos legales en el juicio RADICADO ANTE EL JUZGADO QUINTO CIVIL DE PROCESO ORAL EN EL DISTRITO FEDERAL ,SEGUIDO POR AYALA MORA JAVIER ,EN CONTRA DE JORGE TORIELLO VALADEZ Y MARIA DE JESUS AURORA VALADEZ ESQUIVEL DE TORIELLO ,EXPEDIENTE NUMERO 103/2014 .Oportunidad que la autoridad resolutora del amparo que promoví también me negó y eso me causa los presentes agravios.
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