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Fuentes Extracontractuales


Enviado por   •  6 de Junio de 2014  •  899 Palabras (4 Páginas)  •  703 Visitas

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Obligaciones Contractuales / Obligaciones Extracontractuales

Ambos tipos de obligación provienen de la clasificación de las obligaciones que atiende a su fuente. No tienen definición en el código, pero emanan de las fuentes de las obligaciones, que sí se encuentran establecidas en el código civil. La importancia de esta distinción radica en saber qué normas regulan los efectos de la obligación.

1. Contractuales.

Aquellas que emanan de un contrato. Se regulan por lo que han estipulado las partes siempre que este conforme a la ley.

2. Extracontractuales.

Aquellas que emanan del cuasicontrato delito, cuasidelito, o la ley. Sus efectos los regula la ley.

Dentro de nuestro marco normativo federal las fuentes extracontractuales de las obligaciones que se contemplan son:

• Declaración unilateral de la voluntad

Se entiende por declaración unilateral de la voluntad la exteriorización de la voluntad sancionada por la ley:que implica para su autor la necesidad jurídica de conservarse en aptitud de cumplir, voluntariamente, una prestación de carácter patrimonial pecuario o moral, en favor de una persona que eventualmente puede llegar a existir o si, ya existe, aceptar la prestación ofrecida, o con la cual hace nacer a favor de una persona determinada, un derecho, si necesidad de que esta acepte, o finalmente, con la cual extingue para si un derecho ya creado a su favor.

Declaraciones unilaterales de la voluntad.

Ofertas al público: Es una declaración unilateral de voluntad, hecha a toda persona que pueda tener conocimiento de ella, con la expresión de los elemnetos esenciales de una presación que se ofrezca cumplir, seria y hecha con el ánimo de satisfacer en su oportunidadad, si fuere el caso.

• Oferta de venta

• Promesa de recompensa

• Concurso de promesa de compraventa

• Enriquecimiento Ilegitimo

El que sin causa se enriquece en detrimento de otro, está obligado a indemnizarlo de su empobrecimiento en la medida que él se ha enriquecido.

Cuando se reciba alguna cosa que no se tenía derecho de exigir y que por error ha sido indebidamente pagada, se tiene obligación de restituirla.

Si lo indebido consiste en una prestación cumplida, cuando el que la recibe procede de mala fe, debe pagar el precio corriente de esa prestación; si procede de buena fe, sólo debe pagar lo equivalente al enriquecimiento recibido.

•Pago indebido

El pago de lo indebido; se presenta cuando una persona denominada deudor paga a quien no es su acreedor. La ley obliga a aquel que ha recibido el pago tiene la obligación de repinerlo.

Es considerado una especie de enriquecimiento sin causa, que

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