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GUIA CORREDOR PÚBLICO


Enviado por   •  11 de Abril de 2015  •  2.432 Palabras (10 Páginas)  •  871 Visitas

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CUESTIONARIO

LEY FEDERAL DE CORREDURÍA PÚBLICA

1. ¿Qué son las plazas, cuántas existen y en cuáles pueden actuar los fedatarios?

R=la división del territorio nacional una por cada Edo de México otra por el DF lo podrán hacer únicamente dentro de la plaza para la que fueron habilitados, aunque los actos que se celebren ante su fe podrán referirse a cualquier otro lugar.

2. ¿Qué facultades tiene el Corredor Público?

ARTÍCULO 6o.- Al corredor público corresponde:

I. - Actuar como agente mediador, para transmitir e intercambiar propuestas entre dos o más partes y asesorar en la celebración o ajuste de cualquier contrato o convenio de naturaleza mercantil;

II. - Fungir como perito valuador, para estimar, cuantificar y valorar los bienes, servicios, derechos y obligaciones que se sometan a su consideración, por nombramiento privado o por mandato de autoridad competente;

III. - Asesorar jurídicamente a los comerciantes en las actividades propias del comercio;

IV. - Actuar como árbitro, a solicitud de las partes, en la solución de controversias derivadas de actos, contratos o convenios de naturaleza mercantil, así como las que resulten entre proveedores y consumidores, de acuerdo con la ley de la materia;

V. - Actuar como fedatario público para hacer constar los contratos, convenios y actos jurídicos de naturaleza mercantil, excepto en tratándose de inmuebles, así como en la emisión de obligaciones y otros títulos valor; en hipotecas sobre buques, navíos y aeronaves que se celebren ante él, así como para hacer constar los hechos de naturaleza mercantil;

VI. - Actuar como fedatario en la constitución y en los demás actos previstos por la Ley General de Sociedades Mercantiles incluso aquellos en los que se haga constar la representación orgánica;

VII. - Cotejar y certificar las copias de las pólizas o actas que hayan sido otorgadas ante ellos, así como de los documentos que hayan tenido a la vista que sean de los referidos en los artículos 33 a 50 del Código de Comercio, y

VIII. - Las demás funciones que le señalen ésta y otras leyes o reglamentos.

Las anteriores funciones se entenderán sin perjuicio de lo dispuesto en otras leyes y no se consideran exclusivas de los corredores públicos.

3. ¿Cuáles son los requisitos para ser Corredor Público?

ARTÍCULO 8o.- Para ser corredor se requiere:

I. -Ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

II. -Contar con título profesional de licenciado en derecho y la cédula correspondiente;

III. -No haber sido condenado, mediante sentencia ejecutoriada, por delito intencional que merezca pena corporal; y

IV. -Solicitar, presentar y aprobar el examen para aspirante y el examen definitivo, habiendo obtenido la habilitación correspondiente.

4. Explica en qué consisten y cómo se desarrollan los exámenes para ser Corredor Público.

ARTÍCULO 9o.- Para la realización de los exámenes se estará a lo siguiente:

I.- Para el examen de aspirante se deberá:

a) Contar con título de licenciado en derecho y acreditar una práctica profesional de por lo menos dos años;

b) Presentar solicitud ante la Secretaría, la que, dentro de los noventa días naturales siguientes a su fecha de recepción, notificará directamente o a través del colegio respectivo, la fecha y el lugar para la sustentación del examen; y

c) Presentar el examen de acuerdo con lo que disponga el reglamento. La Secretaría le notificará el resultado al día siguiente.

II.- Para el examen definitivo se deberá:

a) Haber obtenido la calidad de aspirante a corredor;

b) b) Acreditar una práctica de por lo menos un año en el despacho de algún corredor o notario público; y

c) c) Presentar la solicitud correspondiente, observándose en lo conducente lo que dispone el inciso b) de la fracción I anterior.

Artículo 10. El examen definitivo será sustentado ante un jurado que se integrará como sigue:

I. Un representante de la Secretaría, el cual deberá tener por lo menos nivel de director general o contar con designación específica del Secretario de Economía, y sin cuya presencia no podrá celebrarse el examen;

II. Un representante del Gobernador del Estado o de Jefe de Gobierno del Distrito Federal, según corresponda; y

III.- Un corredor público designado por el colegio de corredores local o, en su defecto, por la Secretaría.

No podrá fungir como miembro del jurado el corredor bajo cuya responsabilidad realizó su práctica el sustentante o persona alguna que tenga relación de parentesco o laboral o que perciba honorarios de dicho sustentante.

ARTÍCULO 11.- El examen definitivo constará de dos partes:

I.-Una prueba escrita, que podrá consistir en la resolución de un cuestionario o en la redacción de una póliza o acta, una u otra de alto grado de dificultad; y

II.-Una prueba oral, que consistirá en las preguntas que los miembros del jurado harán al sustentante sobre la prueba a que se refiere la fracción anterior y sobre cuestiones jurídicas aplicables a la función del corredor público.

Compete en exclusiva al jurado decidir si el sustentante es o no apto para ejercer como corredor público. La decisión del jurado no admitirá recurso alguno.

El sustentante que no apruebe el examen no podrá volver a solicitar otro sino hasta transcurridos seis meses.

5. ¿Cómo se determinan los honorarios del Corredor?

ARTÍCULO 14.- El corredor público podrá pactar libremente el monto de sus honorarios. Sin embargo, deberá ostentar, en forma clara y notoria a la vista del público, el monto que corresponda a los principales servicios que ofrezca al público y deberá especificar a sus clientes

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