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Hechos materiales y hechos jurídicos


Enviado por   •  10 de Abril de 2018  •  Apuntes  •  1.378 Palabras (6 Páginas)  •  656 Visitas

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Hechos materiales y hechos jurídicos

 *Entiende cuáles son los hechos materiales: Básicamente un hecho material es un hecho que es "relevante" al caso que se atiende. Los hechos materiales son hechos que tienen un efecto directo en la decisión o aluden a las relaciones legales entre las partes. Piensa en los hechos materiales como los hechos importantes que determinan el resultado del caso. Esto debe ser bastante obvio al leer el caso.

 *Considera lo que podría y no podría ser un hecho material: Cuando lees un caso, los hechos materiales van al corazón de lo que causó o afectó el resultado sobre el cual el demandante presenta una queja. Si una persona hubiere hecho algo independientemente de otras circunstancias (por ejemplo un hábito o una actividad usual que ocurra independientemente de lo demás), entonces esas otras circunstancias no son materiales. Pero si la persona solo actuó porque esas circunstancias existieron, o el hecho se produjo de la manera habitual de hacer las cosas porque las circunstancias obligaron a las personas a actuar de cierta manera, entonces sí son consideradas como hechos materiales relevantes para el caso.

  • Por ejemplo: digamos que una persona usó el correo electrónico para enviar un contrato a alguien. Los términos específicos del contrato están en disputa, no su tiempo de llegada ni el método de entrega. Por lo tanto, el método que se utilizó para enviar el contrato no es un hecho material. Sin embargo, si el demandante se quejase de que el contrato no llegó a tiempo, o en el formato acordado, entonces el método de entrega de repente podría volverse un hecho material para el caso.


*Debes saber demostrar que has entendido los hechos materiales: La importancia de identificar claramente los hechos materiales está en ser capaz de señalarlos, demostrándole a la personas que has discernido el punto de la ley en cuestión, los hechos relevantes del caso en el que estás trabajando y la aplicación de una ley específica a los hechos materiales del problema. El solo saber todo lo relevante a la ley, no importa qué tan preciso, no convencerá al calificador que entiendes cómo usar la ley específicamente y causará la pérdida de muchos puntos.

 *Entiende cuáles son los hechos jurídicos: Podemos definir el hecho jurídico como todo suceso al que el ordenamiento atribuye la virtud de producir, por sí o en unión de otros, un efecto jurídico, es decir, la adquisición, la pérdida o la modificación de un derecho.

Íntimamente relacionado con el concepto del hecho jurídico, pero distinto de él, se encuentra el llamado por la doctrina moderna elemento de hecho o supuesto de hecho, denominaciones con las cuales se designa el conjunto de circunstancias necesarias para que una norma jurídica sea aplicable.

 *Considera lo que podría y no podría ser un hecho material:

“Los hechos pueden ser Naturales o del Hombre”

Naturales: ejemplo de hechos naturales: el tsunami que aconteció en Asia, y el nacimiento de un ser humano, ambos son hechos de la naturaleza.

Del hombre: (hechos jurídicos) Pueden ser involuntarios o voluntarios.

Involuntarios: Obviamente ejecutados contra su voluntad.

Voluntarios: Interviene la voluntad, pero no hay la intención de producir consecuencias de derecho. Por ejemplo: Un delito. El que lo cometió no tuvo la intención de que se produjera la consecuencia de la pena, aun cuando haya tomado en cuenta la posibilidad. Y por otro lado están los:

Actos Jurídicos: Son los que se realizan con la intención de crear consecuencias jurídicas. Ejemplo: Contrato de compra-venta. Básicamente crea las consecuencias jurídicas de transferir el dominio de la cosa y la obligación de pagar. Tanto en los hechos jurídicos como en los actos jurídicos, interviene la voluntad, pero LA INTENCIÓN de producir consecuencias de Derecho sólo existe en el acto jurídico. 

La principal diferencia entre supuesto y hecho jurídico es que el supuesto desempeña un papel semejante al de la causa en el proceso de causalidad y un hecho jurídico constituye junto con el acto jurídico la forma de realización de los supuestos jurídicos. El hecho jurídico es cuando se lleva a cabo un acontecimiento natural o un hecho del hombre en el cual no interviene la intención de originar consecuencias de derecho.

Los requisitos del supuesto hecho jurídico se consideran por:

  • Circunstancia de puro hecho.
  • Otras veces son los actos humanos.
  • Cuestión de derecho.
  1. Al hablar de relaciones humanas y relaciones jurídicas, solo gozan de ellas los hechos jurídicos, ya que aquellos hechos materiales que son subsumidos en el supuesto de hecho de una norma jurídica y a los que se atribuyen efectos jurídicos.

  1. Conversión de un Hecho Material en Hecho Jurídico

Este se enfoca en el "deber ser" típico de la causalidad jurídica, su relación al manifestar eficacia a la hora de que se presente vulnerable la libertad del hombre.

  1. Causalidad Jurídica

El Acto Jurídico

En sentido jurídico, este supone un hecho humano producido por voluntad consciente y exteriorizada que produce, conforme a las disposiciones del derecho objetivo.

Podemos señalar algunas características:

  • Una actuación humana.
  • La volunta consiente, puede considerarse como un acto de una omisión negligente.
  • La exteriorización de la voluntad.
  • La Producción de efectos jurídicos.
  1. Actos Jurídicos Lícitos

Estos son los actos humanos conforme al ordenamiento jurídico. Se le denominan "actos legales". En la mayoría de los casos, el ordenamiento jurídico debe presumirse legítimo mientras no conste lo contrario con pruebas claras y determinantes.

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