IMpugnacion De Sentencia
Alextico20218 de Noviembre de 2012
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INDICE
Presentación.
Introducción.
TEMA I
Aspectos generales de la evolución del régimen de impugnación de la sentencia penal en el ordenamiento jurídico costarricense.
1.1. El recurso de casación en el Código de Procedimientos Penales de 1973. De proc inquisitivo a, semiescrito, secreto y de contradictorio débil; a uno predominantemente acusatorio, oral, publico y adversarial. CPP 1973, se re4gulo el RC;
1.2. Las limitaciones al derecho a recurrir la sentencia penal en el Código de Procedimientos Penales, y sus implicaciones para el Estado de Costa Rica ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
1.3. La creación de la Jurisdicción Constitucional y sus efectos en el régimen de impugnación de la sentencia penal.
1.4. La Ley N° 7333, del 5 de mayo de 1993, y la reorganización y división de la competencia de la casación en materia penal.
1.5. El régimen de impugnación de la sentencia en el Código Procesal Penal, Ley N° 7594, de 4 de junio de 1996.
1.5.1 El recurso de casación en el Código Procesal Penal de 1996.
1.5.2 El procedimiento para la revisión de la sentencia.
1.6. La sentencia de 2 de julio de 2004, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, dictada en el caso Herrera Ulloa vs. Costa Rica, y sus implicaciones en el ordenamiento jurídico penal costarricense.
1.6.1 Contenido y disposiciones del fallo emitido en el caso Herrera Ulloa vs. Costa Rica.
1.6.2 Precedentes del derecho internacional público relacionados con lo resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Herrera Ulloa vs. Costa Rica, y su importancia para establecer los alcances del derecho de recurrir la sentencia penal ante un Tribunal superior al que la dictó.
1.7 La Ley N° 8503, “Ley de apertura de la casación penal”, de 6 de junio de 2006, y sus implicaciones en el régimen de impugnación de la sentencia penal.
1.8 Resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, dictadas en el procedimiento de verificación de cumplimiento de la sentencia dictada en el caso Herrera Ulloa vs. Costa Rica, y su decisión de archivarlo por el pleno acatamiento de lo ordenado al Estado costarricense.
TEMA II.
Aspectos generales de los medios de impugnación en el proceso penal, y la particularidad del recurso de apelación de la sentencia penal costarricense en el marco de la Ley N° 8837.
2.1. Requisitos generales de los recursos.
2.1.1 Impugnabilidad objetiva.
2.1.2 Impugnabilidad subjetiva.
2.2 Condiciones básicas para la interposición de los recursos.
2.3 Aspectos teórico-doctrinarios del recurso de apelación en materia
penal.
2.4 Aspectos teóricos-dogmáticos del recurso de casación penal.
2.5 La naturaleza del recurso de apelación de la sentencia penal en el ordenamiento jurídico costarricense.
TEMA III.
Estado actual del régimen de impugnación de la sentencia en el ordenamiento jurídico penal costarricense.
3.1 Promulgación de la Ley N° 8837, “Ley de Creación del Recurso de Apelación de Sentencia, otras Reformas al Régimen de Impugnación e implementación de nuevas reglas de oralidad en el proceso penal”
3.3 Disposiciones transitorias de la Ley N° 8837.
TEMA IV
El recurso de apelación de sentencia penal.
4.1 Nociones generales del recurso de apelación de sentencia.
4.2 Procedencia y trámite del recurso de apelación de sentencia
4.2.1 Resoluciones recurribles
4.2.2 Procedencia, interposición y audiencia del recurso de apelación de sentencia.
4.3 El Tribunal de Apelación de sentencia penal.
4.3.1 Trámite inicial del recurso ante el Tribunal de Apelación de sentencia penal.
4.4 La prueba en el recurso de apelación de sentencia.
4.5 Examen y resolución del recurso de apelación de sentencia.
4.6 Juicio de reenvío y medidas cautelares.
TEMA V.
El recurso de casación.
5.1 Nociones generales del recurso de casación.
5.2 Resoluciones recurribles y motivos de casación.
5.3 La Sala de Casación Penal.
5.3.1 Interposición, admisibilidad, trámite y audiencia oral en el recurso de casación.
5.4 Resolución del recurso de casación y la tutela del principio de “non reformatio in peius”.
5.5 Juicio de reenvío y medidas cautelares.
TEMA VI
Los recursos de apelación de sentencia y de casación en la jurisdicción penal juvenil.
6.1 El Tribunal de apelación de sentencia penal juvenil.
6.1.1 Competencia del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil.
6.2 El recurso de apelación de sentencia penal juvenil.
6.3 El recurso de casación en materia penal juvenil.
6.4 Reformas a la Ley de Ejecución de Sentencias Penales Juveniles.
6.4.1 Órganos judiciales competentes.
6.4.2 Recursos en materia de ejecución de sentencias penales juveniles.
TEMA VII.
El procedimiento de revisión de la sentencia penal.
7.1 Nociones generales.
7.2 Procedencia del procedimiento de revisión en el nuevo régimen de impugnación de la sentencia penal.
7.3 Interposición, formalidades y admisibilidad del procedimiento de revisión.
Bibliografía.
INTRODUCCIÓN
El régimen de impugnación de la sentencia en el proceso penal costarricense, ha experimentado un cambio cualitativo de gran relevancia jurídica, y a su vez, de suma importancia en la organización de la jurisdicción penal a lo interno del Poder Judicial.
El cambio en los instrumentos procesales que se han introducido en la legislación penal adjetiva que regula los medios de impugnación de la sentencia, se origina en la promulgación de la Ley N° 8837, “Ley de Creación del Recurso de Apelación de La Sentencia, Otras Reformas al Régimen de Impugnación e Implementación de Nuevas Reglas de Oralidad en el Proceso Penal”, la cual fue publicada en la Gaceta N° 111, de 9 de junio de 2010, cuya normativa entrará a regir el 9 de diciembre de 2011.
La promulgación de esta legislación, implica una modificación profunda en los medios que legalmente se tutelan para la impugnación de la sentencia penal, así como con respecto a los órganos jurisdiccionales competentes para conocer y resolver esos recursos. Así, el objetivo principal de la reforma, es la adecuación definitiva del ordenamiento jurídico interno costarricense, a los alcances de la garantía procesal reconocida en el artículo 8.2.h de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, sea del derecho de recurrir del fallo penal ante un juez o tribunal superior al que lo dictó.
Con base en lo apuntado, este texto tiene como objetivo general, definir los alcances del nuevo régimen de impugnación de la sentencia penal, a efecto de que los operadores jurídicos encargados de aplicar la nueva legislación, no solo conozcan su contenido, sino que además, comprendan el derrotero esencial de su vigencia, cual es garantizar un examen integral del fallo, como producto de la interposición del recurso legalmente estipulado para impugnarlo, ante un órgano jurisdiccional superior al que lo dictó, medio impugnativo que se caracteriza por ser ordinario, informal, amplio, efectivo y eficaz.
Para alcanzar el objetivo propuesto, se aborda y estudia la evolución jurídico-procesal que han tenido los medios de impugnación de la sentencia que han sido regulados en nuestra legislación penal adjetiva, específicamente, a partir de la vigencia del Código de Procedimientos Penales de 1973.
Asimismo, se tocan aspectos histórico-jurídicos que han tenido un impacto definitivo en la normativa que se engloba en la reforma al régimen de impugnación de la sentencia penal, tal y como lo son los que se originan en el dictado de la resolución de 2 de julio de 2004, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, emitida en el caso Herrera Ulloa vs. Costa Rica, cuyo contenido es de carácter esencial para definir cuál es la finalidad, y principalmente, los alcances del recurso de apelación de la sentencia penal como un medio impugnativo para garantizar el examen integral del fallo.
Por otra parte, otro de los elementos esenciales de la reforma que se resalta en el presente trabajo, es que el recurso de casación que se contempla en el nuevo régimen de impugnación de la sentencia, no constituye una tercera instancia en el proceso penal, sino que la casación retoma su concepción tradicional como un recurso extraordinario y formalista que procede exclusivamente por los motivos preestablecidos en la ley procesal, de tal forma que expresamente se regula en la reforma que no serán admisibles los reclamos tendientes a modificar los hechos probados de la sentencia penal.
Como corolario de este texto, se realiza un análisis de las distintas normas que integran la reforma al régimen de impugnación de la sentencia penal, con el objetivo de precisar el contenido y alcances de la nueva legislación.
Es necesario destacar, que el abordaje del tema que es objeto del presente estudio, se realiza desde una óptica pragmática, y para fines didácticos, partiendo del supuesto de que las discusiones que en el foro jurídico nacional se suscitaron en torno a la necesidad u oportunidad de la reforma objeto de examen, han sido superadas,
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