Impacto De La Declaraci[on De Rio Y Estocolmo
ingave6 de Octubre de 2013
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I
INTRODUCCIÓN.
Dos de las Cumbres Internacionales más significativas desde el punto de vista de la
conservación del ambiente han marcado hitos importantes y representan un punto de partida
parea el análisis de políticas, instituciones, leyes y el estado de los recursos naturales y el
ambiente. Se trata de la Conferencia de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente Humano
celebrada en Estocolmo en 1972 y la Conferencia de las Naciones Unidas Sobre Medio
Ambiente y Desarrollo, efectuada en Río de Janeiro en 1992, 20 años después. Ambas
Cumbres, las cuales presentan diferencias relevantes, reunieron un impresionante número
de Jefes de Estado y Dignatarios y concluyeron con acuerdos, declaraciones y planes de
acción dirigidos a la protección del medio y a afianzar el concepto de desarrollo sostenible.
Entre ellas, también tuvieron lugar otras actividades que se citarán en este Informe.
Este trabajo pretende describir los principales tópicos tratados en ambas Cumbres,
los desafíos de política e institucionalidad que ellos trajeron consigo. Posteriormente, se
hará un recuento de los más importantes cambios en los ordenamientos jurídicos y políticas
ambientales a raíz de cada una de estas Cumbres. Se señalarán, los acontecimientos que en
América Latina y el Caribe han venido a influir en los nuevos enfoques e instrumentos
utilizados para alcanzar la sostenibilidad. Luego se presentarán los avances más
representativos entre las Cumbres de Estocolmo y Río. Por último, mediante el uso de datos
y estadísticas suministrados por el equipo de trabajo del Observatorio del Desarrollo, se
realizará una comparación entre el estado de los recursos naturales y el ambiente. Para ello
echará mano de un enfoque por recurso en los siguientes temas: biodiversidad, bosques,
aguas dulces y marinas, atmósfera y protección del ozono. Para cada uno de los cambios se
tratará de explicar las causas de orden político, económico y social que las produjeron así
como la vinculación existente entre éstas y las Declaraciones, documentos y tratados
resultados de Estocolmo y de Río.
* Jorge Cabrera Medaglia (Fundación Ambio, San José, Costa Rica). Documento elaborado para el Observatorio del
Desarrollo de la Universidad de Costa Rica dentro del marco del proyecto UNFIP/UNEP/GEO.
Jorge Cabrera Medaglia: El impacto de las declaraciones de Río y Estocolmo sobre el ambiente y los recursos naturales
Observatorio del Desarrollo, Universidad de Costa Rica – Documento de Trabajo PAD-00201, Mayo, 2001
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II
BREVE ANÁLISIS DE LAS CUMBRES DE ESTOCOLMO Y RÍO:
LOS RETOS Y LAS RESPUESTAS
A) LA CUMBRE DE ESTOCOLOMO.
La Conferencia de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente Humano, constituyó la
primer gran Cumbre en el seno de las Naciones Unidas dedicada a lidiar con los problemas
ambientales más importantes en ese momento y para muchos genera además el inicio del
derecho internacional ambiental, el cual a su vez ha marcado una pauta importante en la
construcción de leyes, políticas e instituciones nacionales en cada uno de los países de
América Latina como se mostrará a lo largo de este trabajo.
En el marco de las Naciones Unidas, ya en 1949 se celebró, con modestos
resultados, la Conferencia sobre la Conservación y Utilización de lo Recursos Naturales. La
misma consideró 6 tipos de recursos: minerales, energía, agua, bosques, tierra y vida
silvestre y pesquerías. Varias organizaciones de Naciones Unidas y la misma Asamblea
General tuvieron un papel importante en el debate de las cuestiones ambientales aún antes
de la cita histórica de Estocolmo ( cfr Sand, 1995). Asimismo, diversos acontecimientos
puntuales condujeron a la celebración de ésta, entre ellas la Conferencia
Intergubernamental de UNESCO sobre las Bases Científicas para la Conservación de los
Recursos de la Biosfera, la cual adoptó 20 recomendaciones algunas de las cuales se
reflejarían en el Plan de Acción de Estocolmo ( Sand, 1995)
Otro antecedente lo podemos ubicar en el Simposio sobre desarrollo y ambiente
celebrado en Founex Suiza en 1971 esta cita “... comenzó a clarificar los vínculos entre
ambiente y desarrollo, destruyendo la falsa idea de que resultaban necesariamente
incompatibles y comenzó a convencer a los representantes de países en desarrollo que las
preocupaciones ambientales resultaban mas difundidas y más relevantes para su situación
de lo que ellos habían apreciado” ( UNEP, 1987). Igualmente la Conferencia de Suiza
sirvió para “ cerrar la brecha en el entendimiento” y posibilitar que tanto países en
desarrollo como países desarrollados comprendieran la importancia de hacer frente a los
problemas ambientales. No se trataba tan solo de solventar los crecientes problemas de
polución, contaminación, manejo de desechos tóxicos que se comenzaban a observar en el
ambiente de las naciones industrializadas, sino de hacer frente a problemas que también
interesaban a los países en desarrollo, aunque estos con justicia clamaban por la pronta
solución a problemas más inmediatos como la pobreza, la falta de recursos, la ausencia de
sanidad básica, etc. La idea del ecodesarrollo, comenzó a tomar fuerza como uno de los ejes
centrales de la conferencia de Estocolmo ( UNEP, 1987).
Se ha afirmado que desde el punto de vista político la Cumbre de Estocolmo fue
más que un punto de partida, un punto de enfoque, debido a la existencia de esfuerzos
ambientales anteriores por parte de agencias de Naciones Unidas como la FAO, la OMS, la
UNESCO, la OMI. etc. Igualmente, la Comisión de Naciones Unidas para Europa, otras
entidades regionales, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, la
entonces Comunidad Económica y otras agencias se mostraron activas en el campo de la
Jorge Cabrera Medaglia: El impacto de las declaraciones de Río y Estocolmo sobre el ambiente y los recursos naturales
Observatorio del Desarrollo, Universidad de Costa Rica – Documento de Trabajo PAD-00201, Mayo, 2001
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protección del ambiente. Por otra parte en algunos países desarrollados se habían dado
pasos en esa dirección. Por ejemplo, Estados Unidos había establecido el Consejo de
Calidad Ambiental a través de su famosa Acta de Protección Ambiental ( conocida por sus
siglas en inglés como NEPA). Algo similar a lo ocurrido en Reino Unido con la Comisión
de Contaminación Ambiental, en Canadá con el Departamento de Ambiente y en Suecia
con el Consejo Protección del Ambiente, entre otros, todos los cuales precedieron a la
Conferencia de Estocolmo. Desde la óptica de la legislación ambiental por ejemplo, en
países desarrollados solamente cuatro leyes ambientales importantes fueron emitidas entre
1956-60; 10 entre 1961-65, 18 entre 1966-70 y 35 entre 1971 y 75 ( OECD; 1979).
En el caso de los países en desarrollo, especialmente en ALC, la situación se
presenta radicalmente diferente, pues para estos Estocolmo representa- en general- un
importante punto de partida de la institucionalidad y legalidad ambientales y con ello
implica la gradual incorporación de las consideraciones de orden ambiental en los países
individualmente considerados y en las diferentes estructuras regionales que han ido
surgiendo. Más adelante, se respalda esta afirmación con una análisis histórico de la
evolución de los marcos legales, institucionales y las políticas públicas en ALC
La Conferencia fue convenida en diciembre de 1968 mediante una Resolución de la
Asamblea General de las Naciones Unidas y fundamentalmente obedeció a un llamado de
países industrializados y a los problemas ambientales que existían en ese momento, algunos
de ellos relacionados con la contaminación ambiental
B) LOS RESULTADOS.
La Conferencia de Estocolmo tuvo dos importantes resultados: la Declaración de
Estocolmo sobre Medio Ambiente Humano, un conjunto de principios y postulados no
vinculantes, pero los cuales causaron un impacto importante en cuanto a su efecto
concientizador y propulsor de modificaciones e instituciones en ALC; y el Plan de Acción
para el Ambiente Humano, 109 recomendaciones específicas sobre puntos concretos de
acción. Ambas fueron adoptadas por la Asamblea General de Naciones Unidas por medio
de la Resolución 2994 del 15 de diciembre de 1972.
La Declaración contiene 26 principios, estableciendo, entre otras cosas, lo siguiente:
· El hombre tiene el derecho fundamental a la libertad, la igualdad y el disfrute de las
condiciones de vida adecuadas en un medio de calidad que le permita llevar una
vida digna. Primer intento de vincular los derechos humanos y el ambiente e inicio
del enfoque antropocéntrico de la conservación del ambiente
· Los recursos naturales deben preservarse en beneficio de las generaciones presentes
y futuras ( equidad inter e intrageneraciones)
· Los recursos no renovables deben emplearse de forma tal que se evite el peligro de
su futuro agotamiento y se asegure que la humanidad comparta los beneficios de tal
empleo.
· Debe ponerse fin a la descarga de sustancias tóxicas.
Jorge Cabrera Medaglia:
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