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Informe Pdval Productos Vencidos

rosojorge8 de Marzo de 2012

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República Bolivariana de Venezuela

Contraloría General de la República

INFORME DEFINITIVO

EVALUACIÓN DE LA LEGALIDAD Y SINCERIDAD DE LA CREACIÓN,

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA EMPRESA PRODUCTORA Y

DISTRIBUIDORA VENEZOLANA DE ALIMENTOS, S.A. (PDVAL); ASÍ COMO, DE

LA ADQUISICIÓN, DEPÓSITO TEMPORAL Y RETIRO DE ALIMENTOS DE

PRIMERA NECESIDAD

CAPÍTULO I

Aspectos preliminares

Origen de la actuación

En cumplimiento del Plan Operativo Anual 2010, elaborado por la Dirección de Control del

Sector Industria, Producción y Comercio, adscrita a la Dirección General de Control de la

Administración Nacional Descentralizada, se ordenó la presente actuación fiscal mediante

los Memorandos de Designaciones Nros. 06-02-788 y 06-02-789 ambos de fecha 16-08-

2010 de conformidad con lo previsto en los artículos 5 y 46 de la Ley Orgánica de la

Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal

(LOCGRSNCF).

Alcance

La actuación se circunscribió a la evaluación de la legalidad y sinceridad de la creación,

organización y funcionamiento de la empresa Productora y Distribuidora Venezolana de

Alimentos, S.A. (PDVAL), para garantizar el abastecimiento de alimentos durante los

ejercicios presupuestarios 2008 al 2010, así como del análisis de los resultados obtenidos de

la inspección fiscal realizada por esta Contraloría General de la República a una muestra

seleccionada de 37 contenedores de alimentos (mercancía perecedera) de un universo de 305

contenedores, los cuales se encontraban en estado de abandono y no informadas a la

Comisión Presidencial para la Disposición Final de Mercancías Legalmente Abandonadas en

las Aduanas de Venezuela, además, de la inspección realizada en las instalaciones del

Complejo Industrial General de División (G/D) José Antonio Anzoátegui, y de los Informes

de Auditoría intitulados “Compra de Alimentos Fase I. PDVSA Services, INC.”, y “Compra

de Alimentos Fase II. Recepción de Alimentos”, así como de la decisión de la Sala de

Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 14-12-2010, relativo a los

contenedores que se acopiaban en las almacenadotas ubicadas en la zona primaria de la

Aduana de Puerto Cabello.

Ref.: INFORME DEFINITIVO Pág.: 2

Contraloría General de la República

Objetivos

 Objetivo general

Determinar la legalidad y sinceridad de la creación, organización y funcionamiento de la

empresa Productora y Distribuidora Venezolana de Alimentos, S.A. (PDVAL); así como

del proceso de adquisición, depósito temporal y retiro de alimentos, a los fines de

garantizar el abastecimiento de alimentos en el ámbito nacional y el acceso oportuno a

éstos, por parte del público consumidor.

 Objetivos específicos

– Verificar la legalidad y sinceridad de la creación, organización y funcionamiento de

la empresa Productora y Distribuidora Venezolana de Alimentos, S.A. (PDVAL), en el

marco jurídico que regula la materia.

– Evaluar el proceso de adquisición, depósito temporal y retiro de alimentos de primera

necesidad, por parte de la empresa Productora y Distribuidora Venezolana de

Alimentos, S.A. (PDVAL) y Bariven, S.A., a los fines de garantizar el abastecimiento

de alimentos en el ámbito nacional.

Enfoque

La auditoría se abordó desde el punto de vista del control posterior, de conformidad con las

disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del

Sistema Nacional de Control Fiscal, y en la Ley Orgánica de Administración Financiera del

Sector Público (LOAFSP). Asimismo, se orientó la auditoría hacia la revisión de los

aspectos legales y los administrativos, relacionados con la evaluación de los procedimientos

aplicados por PDVAL y Bariven, S.A., para la adquisición, almacenamiento, retiro y

distribución de alimentos.

Métodos, Procedimientos y Técnicas

La actuación cumplida por esta Contraloría General de la República, está catalogada

metodológicamente como una auditoría operativa en los términos, principios y normas que

orientan este tipo de análisis. En este sentido, se observaron las Normas Generales de

Auditoría de Estado (Gaceta Oficial N° 36.229 del 17-06-97), dictadas por esta Contraloría

General y las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas, aplicables a las peculiaridades

del trabajo fiscalizador, que este Organismo Contralor llevó adelante en esta actuación fiscal.

A tales fines, se realizaron, entre otros, los procedimientos de auditoría siguientes:

Ref.: INFORME DEFINITIVO Pág.: 3

Contraloría General de la República

 Verificación en el archivo permanente de la Dirección Sectorial, de la disponibilidad de

información relacionada con el objeto evaluado.

 Evaluación de los resultados contenidos en la decisión de la Sala de Casación Penal del

Tribunal Supremo de Justicia de fecha 14-12-2010.

 Obtención de información requerida a través de oficios y solicitudes de recaudos.

 Realización de entrevistas, consideradas necesarias, para obtener información específica

relativa al análisis en cuestión.

 Revisión del acta fiscal mediante la cual se dejó constancia de situaciones detectadas en

la Aduana Principal de La Guaira (APLG), así como de otros hechos que surgieron del

análisis a la documentación.

 Ejecución de procedimientos adicionales considerados pertinentes, a los fines de

complementar la información vinculada con la materia objeto de evaluación.

 Inspección realizada en las instalaciones del Complejo Industrial General de División

(G/D) José Antonio Anzoátegui, con el fin de detectar el lugar en donde se encontraban

ubicados los contenedores de alimentos.

 Por otra parte, atendiendo al carácter de Órgano Rector del Sistema Nacional de Control

Fiscal, este Organismo Contralor según lo previsto en el artículo 4 de la Ley Orgánica de

la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, le fue

solicitado a la Dirección Ejecutiva de Auditoría Interna Corporativa de PDVSA, los

Informes de Auditoría intitulados “Compra de Alimentos Fase I. PDVSA Services,

INC.”, así como “Compra de Alimentos Fase II. Recepción de Alimentos”; a los fines de

realizar el análisis del caso y estudiar la factibilidad de incorporar a este Informe, los

aspectos más resaltantes que constituyeron los objetivos generales y específicos de

sendas actuaciones, a los fines de simplificar las actividades de control de este Órgano

Contralor, con la clara finalidad de hacer extenso el trabajo de auditoría hacia aspectos

importantes que permitan obtener una visión contextual de la situación.

Para la presentación de la información financiera, se tomó en consideración lo establecido en

el artículo 1° del Decreto Nº 5.229 de fecha 06-03-2007, con Rango, Valor y Fuerza de Ley

de Reconversión Monetaria, publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.638 del 06-03-2007,

donde se señala que a partir del 1° de enero de 2008, se reexpresa la unidad del sistema

monetario de la República Bolivariana de Venezuela, en el equivalente a un mil bolívares

actuales. El bolívar resultante de esta reconversión, continuará representándose con el

Ref.: INFORME DEFINITIVO Pág.: 4

Contraloría General de la República

símbolo “Bs.”, siendo divisible en cien (100) céntimos. En consecuencia, todo importe

expresado en moneda nacional antes de la citada fecha, deberá ser convertido a la nueva

unidad, dividiendo entre 1.000, y llevado al céntimo más cercano.

CAPÍTULO II

Características generales del objeto evaluado

El Ejecutivo Nacional, a través del Decreto N° 5.689, promulgó el V Plan Excepcional de

Desarrollo Económico y Social para el Abastecimiento de Alimentos de la Cesta Básica,

Materia Prima para la Elaboración de Alimentos y otros Productos Agroalimentarios de

Primera Necesidad (Gaceta Oficial N° 38.811 de fecha 15-11-2007), a objeto de garantizar la

seguridad alimentaria de la población venezolana, inclusive durante las fechas navideñas, así

como el acceso oportuno y permanente de los alimentos por parte del público consumidor,

en especial a la población de menores recursos, mediante compras nacionales e

internacionales, privilegiando la producción nacional, para el abastecimiento estable,

continuo y permanente de la población venezolana. (Subrayado nuestro).

La promoción, implantación, desarrollo, ejecución y seguimiento del referido Plan, fue

asignado a la Corporación de Abastecimiento y Servicios Agrícolas, S.A.

(LA CASA, S.A.), empresa del Estado, adscrita al Ministerio del Poder Popular para la

Alimentación, con un tiempo estimado de ejecución de ciento ochenta (180) días, contados a

partir de la publicación del referido Decreto en Gaceta Oficial, para lo cual estableció una

inversión de Bs.F. 4.041,92 millones, cuyas fuentes de financiamiento provenían

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