Informe Pdval Productos Vencidos
rosojorge8 de Marzo de 2012
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República Bolivariana de Venezuela
Contraloría General de la República
INFORME DEFINITIVO
EVALUACIÓN DE LA LEGALIDAD Y SINCERIDAD DE LA CREACIÓN,
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA EMPRESA PRODUCTORA Y
DISTRIBUIDORA VENEZOLANA DE ALIMENTOS, S.A. (PDVAL); ASÍ COMO, DE
LA ADQUISICIÓN, DEPÓSITO TEMPORAL Y RETIRO DE ALIMENTOS DE
PRIMERA NECESIDAD
CAPÍTULO I
Aspectos preliminares
Origen de la actuación
En cumplimiento del Plan Operativo Anual 2010, elaborado por la Dirección de Control del
Sector Industria, Producción y Comercio, adscrita a la Dirección General de Control de la
Administración Nacional Descentralizada, se ordenó la presente actuación fiscal mediante
los Memorandos de Designaciones Nros. 06-02-788 y 06-02-789 ambos de fecha 16-08-
2010 de conformidad con lo previsto en los artículos 5 y 46 de la Ley Orgánica de la
Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal
(LOCGRSNCF).
Alcance
La actuación se circunscribió a la evaluación de la legalidad y sinceridad de la creación,
organización y funcionamiento de la empresa Productora y Distribuidora Venezolana de
Alimentos, S.A. (PDVAL), para garantizar el abastecimiento de alimentos durante los
ejercicios presupuestarios 2008 al 2010, así como del análisis de los resultados obtenidos de
la inspección fiscal realizada por esta Contraloría General de la República a una muestra
seleccionada de 37 contenedores de alimentos (mercancía perecedera) de un universo de 305
contenedores, los cuales se encontraban en estado de abandono y no informadas a la
Comisión Presidencial para la Disposición Final de Mercancías Legalmente Abandonadas en
las Aduanas de Venezuela, además, de la inspección realizada en las instalaciones del
Complejo Industrial General de División (G/D) José Antonio Anzoátegui, y de los Informes
de Auditoría intitulados “Compra de Alimentos Fase I. PDVSA Services, INC.”, y “Compra
de Alimentos Fase II. Recepción de Alimentos”, así como de la decisión de la Sala de
Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 14-12-2010, relativo a los
contenedores que se acopiaban en las almacenadotas ubicadas en la zona primaria de la
Aduana de Puerto Cabello.
Ref.: INFORME DEFINITIVO Pág.: 2
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Objetivos
Objetivo general
Determinar la legalidad y sinceridad de la creación, organización y funcionamiento de la
empresa Productora y Distribuidora Venezolana de Alimentos, S.A. (PDVAL); así como
del proceso de adquisición, depósito temporal y retiro de alimentos, a los fines de
garantizar el abastecimiento de alimentos en el ámbito nacional y el acceso oportuno a
éstos, por parte del público consumidor.
Objetivos específicos
– Verificar la legalidad y sinceridad de la creación, organización y funcionamiento de
la empresa Productora y Distribuidora Venezolana de Alimentos, S.A. (PDVAL), en el
marco jurídico que regula la materia.
– Evaluar el proceso de adquisición, depósito temporal y retiro de alimentos de primera
necesidad, por parte de la empresa Productora y Distribuidora Venezolana de
Alimentos, S.A. (PDVAL) y Bariven, S.A., a los fines de garantizar el abastecimiento
de alimentos en el ámbito nacional.
Enfoque
La auditoría se abordó desde el punto de vista del control posterior, de conformidad con las
disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del
Sistema Nacional de Control Fiscal, y en la Ley Orgánica de Administración Financiera del
Sector Público (LOAFSP). Asimismo, se orientó la auditoría hacia la revisión de los
aspectos legales y los administrativos, relacionados con la evaluación de los procedimientos
aplicados por PDVAL y Bariven, S.A., para la adquisición, almacenamiento, retiro y
distribución de alimentos.
Métodos, Procedimientos y Técnicas
La actuación cumplida por esta Contraloría General de la República, está catalogada
metodológicamente como una auditoría operativa en los términos, principios y normas que
orientan este tipo de análisis. En este sentido, se observaron las Normas Generales de
Auditoría de Estado (Gaceta Oficial N° 36.229 del 17-06-97), dictadas por esta Contraloría
General y las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas, aplicables a las peculiaridades
del trabajo fiscalizador, que este Organismo Contralor llevó adelante en esta actuación fiscal.
A tales fines, se realizaron, entre otros, los procedimientos de auditoría siguientes:
Ref.: INFORME DEFINITIVO Pág.: 3
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Verificación en el archivo permanente de la Dirección Sectorial, de la disponibilidad de
información relacionada con el objeto evaluado.
Evaluación de los resultados contenidos en la decisión de la Sala de Casación Penal del
Tribunal Supremo de Justicia de fecha 14-12-2010.
Obtención de información requerida a través de oficios y solicitudes de recaudos.
Realización de entrevistas, consideradas necesarias, para obtener información específica
relativa al análisis en cuestión.
Revisión del acta fiscal mediante la cual se dejó constancia de situaciones detectadas en
la Aduana Principal de La Guaira (APLG), así como de otros hechos que surgieron del
análisis a la documentación.
Ejecución de procedimientos adicionales considerados pertinentes, a los fines de
complementar la información vinculada con la materia objeto de evaluación.
Inspección realizada en las instalaciones del Complejo Industrial General de División
(G/D) José Antonio Anzoátegui, con el fin de detectar el lugar en donde se encontraban
ubicados los contenedores de alimentos.
Por otra parte, atendiendo al carácter de Órgano Rector del Sistema Nacional de Control
Fiscal, este Organismo Contralor según lo previsto en el artículo 4 de la Ley Orgánica de
la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, le fue
solicitado a la Dirección Ejecutiva de Auditoría Interna Corporativa de PDVSA, los
Informes de Auditoría intitulados “Compra de Alimentos Fase I. PDVSA Services,
INC.”, así como “Compra de Alimentos Fase II. Recepción de Alimentos”; a los fines de
realizar el análisis del caso y estudiar la factibilidad de incorporar a este Informe, los
aspectos más resaltantes que constituyeron los objetivos generales y específicos de
sendas actuaciones, a los fines de simplificar las actividades de control de este Órgano
Contralor, con la clara finalidad de hacer extenso el trabajo de auditoría hacia aspectos
importantes que permitan obtener una visión contextual de la situación.
Para la presentación de la información financiera, se tomó en consideración lo establecido en
el artículo 1° del Decreto Nº 5.229 de fecha 06-03-2007, con Rango, Valor y Fuerza de Ley
de Reconversión Monetaria, publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.638 del 06-03-2007,
donde se señala que a partir del 1° de enero de 2008, se reexpresa la unidad del sistema
monetario de la República Bolivariana de Venezuela, en el equivalente a un mil bolívares
actuales. El bolívar resultante de esta reconversión, continuará representándose con el
Ref.: INFORME DEFINITIVO Pág.: 4
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símbolo “Bs.”, siendo divisible en cien (100) céntimos. En consecuencia, todo importe
expresado en moneda nacional antes de la citada fecha, deberá ser convertido a la nueva
unidad, dividiendo entre 1.000, y llevado al céntimo más cercano.
CAPÍTULO II
Características generales del objeto evaluado
El Ejecutivo Nacional, a través del Decreto N° 5.689, promulgó el V Plan Excepcional de
Desarrollo Económico y Social para el Abastecimiento de Alimentos de la Cesta Básica,
Materia Prima para la Elaboración de Alimentos y otros Productos Agroalimentarios de
Primera Necesidad (Gaceta Oficial N° 38.811 de fecha 15-11-2007), a objeto de garantizar la
seguridad alimentaria de la población venezolana, inclusive durante las fechas navideñas, así
como el acceso oportuno y permanente de los alimentos por parte del público consumidor,
en especial a la población de menores recursos, mediante compras nacionales e
internacionales, privilegiando la producción nacional, para el abastecimiento estable,
continuo y permanente de la población venezolana. (Subrayado nuestro).
La promoción, implantación, desarrollo, ejecución y seguimiento del referido Plan, fue
asignado a la Corporación de Abastecimiento y Servicios Agrícolas, S.A.
(LA CASA, S.A.), empresa del Estado, adscrita al Ministerio del Poder Popular para la
Alimentación, con un tiempo estimado de ejecución de ciento ochenta (180) días, contados a
partir de la publicación del referido Decreto en Gaceta Oficial, para lo cual estableció una
inversión de Bs.F. 4.041,92 millones, cuyas fuentes de financiamiento provenían
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