Introduccion
sandra11076 de Agosto de 2014
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Estudio Comparativo político – ideológico contemplado en la Constitución de
1961 y 1999
Constitución de la República de Venezuela de 1961
Constitución de carácter federal aprobada el 23 de enero de 1961 por el Congreso de la
República durante la presidencia de Rómulo Betancourt. Estuvo vigente 38 años hasta
que fue derogada por la aprobación de la Constitución de 1999 mediante Referéndum
popular el 15 de diciembre de 1999, Establece el principio de inviolabilidad de la
Constitución.
El país se llamó Republica de Venezuela, conformada por 252 artículos, tiene los 3
mismos poderes; poder ejecutivo, Presidente, ministros, poder legislativo, Congreso
legislativo nacional se divide en--cámara de diputados--cámara de senadores, poder
judicial, corte suprema de justicia, el periodo presidencial de 5 años, por el voto directo
y secreto, estuvo constituida por 19 estados--Anzoátegui, Apure, Barinas, Bolívar,
Carabobo, Cojedes, Falcón, Guárico, Lara, Mérida, Miranda, Monagas, Nueva Esparta,
Portuguesa, Sucre, Táchira, Trujillo, Yaracuy y Zulia
A esta Constitución le fue aprobada la Enmienda N° 1 por el Congreso Nacional, fue
Sancionada el 9 de mayo de 1973, promulgada el 11 del mismo mes y año, y publicada
en la Gaceta Oficial N° 1585 del 11 de mayo de 1973. Su objetivo fue inhabilitar al exdictador
Marcos Pérez Jiménez de ser electo Presidente de la República o desempeñar
cargos parlamentarios ante el Congreso.
En 1983 se aprobó la Enmienda N° 2 Aprobada por el Congreso, fue Promulgada el 16
de marzo del mismo año, contempló varios aspectos innovadores. Entre otros: la
reforma del sistema electoral para los Concejos Municipales y las Asambleas
Legislativas. La enmienda fue sancionada tras dos años de discusiones del proyecto
original, el cual no fue aprobado en su totalidad. Una propuesta de ampliación de los
derechos políticos de los venezolanos por naturalización y permitir la intervención de
los Concejos Municipales por parte del Congreso Nacional fueron rechazadas. La Constitución de 1961, se implantó a raíz de una conmoción de tipo político, que fue
la caída del general Pérez Jiménez, y que abrió las puertas a la democracia
parlamentaria. Sancionada por el Congreso de la República, en Caracas el 23 de enero
de 1961 y promulgada por el presidente Rómulo Betancourt el mismo día. Fue
enmendada en 2 oportunidades: La Enmienda núm. 1, sancionada por el Congreso el 9
de mayo de 1973 y promulgada por el presidente Rafael Caldera el 11 del mismo mes y
año; y la Enmienda núm. 2, sancionada por el Congreso el 16 de marzo de 1983
promulgada el mismo día por el presidente Luis Herrera Camping.
La Constitución de 1999, ha tenido un origen distinto; ha sido el resultado de una
conmoción social debida al deterioro persistente del estado económico del país, en
particular de las clases populares.
Características de la Constitución de 1961:
• La Constitución de 1961 estaba dividida en cuatro partes.
• El preámbulo donde se invoca la protección de Dios y se exalta al Libertador
Simón Bolívar y a los "grandes servidores de la patria".
• La parte dogmática en la cual se establecen como pilares la democracia, la
independencia y el carácter de forma federal del Estado venezolano, entre otros;
• La parte orgánica, que constaba de doce títulos para un total de 252 artículos; y
las disposiciones transitorias compuestas por 23 disposiciones.
• Sólo se reconocía como idioma oficial el castellano y no de las lenguas
indígenas como en la Constitución de 1999.
• El Estado venezolano se divide en: Estados, el Distrito Federal, Territorios
Federales y las Dependencias Federales.
Los Estados se dividen en Distritos y estos en Municipios.
• No existía la doble nacionalidad, por lo tanto el venezolano que obtuviese otra
nacionalidad perdía automáticamente la nacionalidad venezolana.
• Por primera vez en la historia constitucional venezolana no se hace mención al
nombre o número de Estados...
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999
Texto constitucional vigente y único que ha sido aprobado mediante referéndum
popular el 15 de diciembre de 1999 y promulgado por una Asamblea Constituyente el
30 de diciembre de 1999, durante la presidencia de Hugo Chávez. Establece que
Venezuela es un Estado Social de Derecho y de Justicia, Democrático y Federal.
El país cambia de nombre por Republica Bolivariana de Venezuela, tiene 350 artículos,
y ahora tiene 5 poderes públicos--Ejecutivo--Legislativo--Judicial--Electoral—
Ciudadano; poder ejecutivo, presidente, vicepresidente, ministros, poder legislativo,
asamblea legislativa, pode judicial, tribunal, supremo de justicia, poder electoral,
consejo nacional electoral, poder ciudadano, consejo moral republicano y fiscalía
general de la republica, y el periodo presidencial de 6 años, por el voto directo,
universal, secreto y con derecho a votar a todos los ciudadanos mayores de 18 años, está
conformada por 26 estados.
A esta Constitución le fue introducida la Enmienda N° 1 que contempla la modificación
de 5 artículos de la Constitución de 1999 (160, 162, 174, 192 y 230) con el fin de
permitir la reelección inmediata de cualquier cargo de elección popular de manera
continua o indefinida, propuesta por la Asamblea Nacional, y aprobada en Referéndum
popular el 15 de febrero de 2009.
COMENTARIO DE LOS PREAMBULOS
La invocación en ambas Constituciones (1961 y 1999) es al Todopoderoso y a Simón
Bolívar, pero también -ahora- a nuestros antepasados aborígenes. Puede afirmarse que
el Preámbulo, en general, está elaborado bajo la misma direccionalidad filosófica, sólo
que ideas de antes se compendian en frases tales como; “la democratización de la
sociedad internacional”; y se incorporan referencias nuevas a temas como el desarme
nuclear y el equilibrio ecológico. En la Constitución de 1999 se habla de refundar la
República para establecer una democracia, participativa, protagónica, multiétnica y
pluricultural en un Estado de Justicia e igualdad, en esta nueva constitución una de sus
grandes características es la acción protagónica que se le da al pueblo, a éste se le dá
poder para participar.
En el Título I (Principios Fundamentales):
A diferencia de la Constitución de 1961, en la actual aparece el agregado de la
declaratoria de la República de Venezuela como Bolivariana. Su definición como
Estado Federal Descentralizado. La consideración del Gobierno, aparecía democrático,
alternativo y responsable (C.N. 61); ahora como participativo, electivo, descentralizado,
pluralista y de mandatos revocables. Se ratifica el castellano como idioma oficial (C.N.
61) e igualmente en la constitución actual con el agregado que se establece que los
idiomas indígenas son de uso oficial para los pueblos indígenas y deben ser respetados
en todo el Territorio Nacional.
En el Titulo II (Del Espacio Geográfico y la División Política):
Aún cuando se adopta la misma definición del territorio y demás espacios que en la
anterior Constitución, ahora se establece un agregado sutil y diferenciador: Territorio y
Espacio Geográfico correspondiente a la Capitanía General de Venezuela con las
modificaciones resultantes de los tratados celebrados válidamente por la República
(antes); y laudos arbitrales no viciados de nulidad (ahora), para efectos de actualizar las
reclamaciones internacionales sobre los despojos del territorio nacional. Se definen el
espacio insular; los espacios acuáticos y los derechos sobre ellos y sobre el espacio
ultraterrestre supra yacente; así como bienes del dominio público a los yacimientos
mineros e hidrocarburos existentes en estas áreas. Se enuncia como imperativo
constitucional la elaboración de una Política Integral de Fronteras. En materia de
división política (Capitulo II. C.N 99), se mantiene la organización territorial con base
en: estados, dependencias territorios federales y municipios, pero se agrega, en el caso
del Distrito Capital, mediante Ley Especial, la integración de municipios de éste con
municipios del estado Miranda, mediante un sistema de gobierno municipal a dos
niveles. Se hace referencia expresa a una Ley Orgánica que regule lo concerniente a la
división político territorial y que garantice la autonomía municipal y la
descentralización político-administrativa. Las competencias tanto del Poder Público
Nacional, como del Poder Público Estadal y del Poder Público Municipal pasan a ser
definidas (C.N. 99) en el Título IV. (Del Poder Público).
Con respecto al Título III (De los Deberes, Derechos Humanos y Garantías):
En el nuevo Texto Constitucional (1999) el tema de los Derechos Humanos adquiere
una significación y relevancia a tono con la realidad actual, la cual no aparecía en la
Constitución de 1961. En materia de nacionalidad, a diferencia de la anterior
Constitución
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